Este artículo te guiará a través de los diferentes métodos para verificar si has recibido tu pensión en Chile, incluyendo la Pensión Garantizada Universal (PGU) y los depósitos en la Cuenta de Ahorro Pensión de Alimentos.

Pensión Garantizada Universal (PGU)

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico del Estado al que puedes acceder si cumples con los requisitos establecidos. Uno de los requisitos fundamentales es tener 65 años cumplidos para poder acceder a este beneficio.

Cómo Consultar si Cumples con los Requisitos para la PGU

A través del sitio web ChileAtiende, puedes consultar si cumples con los requisitos para pedir la Pensión Garantizada Universal (PGU). Solo debes ingresar tu RUN y fecha de nacimiento.

Si deseas acceder al beneficio de inmediato, ingresa tu ClaveÚnica y continúa los pasos que te indique la plataforma hasta terminar el proceso. También puedes consultar en una sucursal ChileAtiende. Recuerda que tienes la posibilidad de agendar tu visita. No olvides llevar tu cédula de identidad.

Cuenta de Ahorro Pensión de Alimentos

En el marco de la implementación de la Ley N°21.389 de Pensión de Alimentos en Chile, desde el 13 de marzo de 2023, se inició el proceso de apertura de Cuenta de Ahorro Pensión de Alimentos por medio de la interconexión entre el Poder Judicial y BancoEstado, creadas por instrucción de una orden de los tribunales competentes.

¡Listo! Tu Cuenta de Ahorro Pensión de Alimentos ya se encuentra activa.

Activación de la Cuenta de Ahorro Pensión de Alimentos

Para poder operar tu Cuenta de Ahorro Pensión de Alimentos (realizar giros, transferencias, entre otros), debes realizar el proceso de activación y firma de contrato. Autoriza con BE Pass.

Posibles Causas de Suspensión de la PGU

La PGU puede suspenderse por diferentes motivos:

  • No cobro de la PGU durante 6 meses continuos.
  • Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria.
  • Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre).

Reactivación del Beneficio Suspendido

Puedes solicitar la reactivación del beneficio en el plazo de 6 meses desde que se emitió la resolución de suspensión.

Qué Hacer en Caso de Rechazo o Suspensión

Importante: Puedes interponer un reclamo ante el IPS, en un plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes) contados desde la notificación del rechazo o suspensión (ver Ley N° 19.880).

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