El Seguro de Cesantía es un beneficio crucial en Chile que protege a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) en caso de quedar cesantes. Esta situación puede originarse por causas voluntarias, como una renuncia, o involuntarias, como un despido o el fin de un contrato.

¿Qué es la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?

Todos los empleados afiliados a la AFC poseen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). En esta cuenta se acumula mensualmente un monto de dinero que, en caso de cesantía, puede ser retirado para solventar los gastos durante la búsqueda de un nuevo empleo.

¿Cómo Consultar el Saldo de tu Seguro de Cesantía?

Para conocer el saldo de tu Seguro de Cesantía, debes seguir estos pasos:

  1. Ingresa a la sucursal virtual de la AFC.
  2. Inicia sesión con tu Clave Única o Clave AFC.

Una vez dentro del sitio, podrás revisar la cantidad de dinero acumulado en tu cuenta.

En la misma página web oficial, también podrás ver tu última cotización acreditada, las cotizaciones no pagadas y los rezagos por devolver.

¿Cómo se Financia la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?

Cada afiliado a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante, podrás retirar el dinero en giros mensuales.

La cotización que su empleador paga mes a mes corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador. Si usted tiene contrato indefinido o de trabajador/a de casa particular, en su Cuenta Individual de Cesantía se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de su renta imponible. De esto, 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.

¿Cómo Retirar el Monto del Seguro de Cesantía?

Existen ciertos requisitos para cobrar el dinero, tanto para cesantes voluntarios (renuncia) como para aquellos que fueron despedidos. Las condiciones son las siguientes:

  • Estar cesante y cumplir con cualquiera de las causales de término de relación laboral contempladas en el Código del Trabajo.
  • Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas:
    • Al menos 12 mensuales en caso de haber tenido contrato indefinido.
    • Al menos 6 mensuales si tenía contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio.

Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

Importante: Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro.

Información Adicional

  • Afiliación: Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Debes estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
  • Subsidio de Cesantía: Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, puedes solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
  • Trabajadores de Casa Particular: A partir del 1 de octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular también son parte del Seguro de Cesantía.

Proceso de Solicitud y Pago

Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.

Importante: Si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.

Cartola del Seguro de Cesantía

La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año:

  • Febrero: Cartola anual (movimientos del año anterior).
  • Junio: Cartola cuatrimestral (movimientos de enero a abril).
  • Octubre: Cartola cuatrimestral (movimientos de mayo a agosto).

Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.

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