Esta guía proporciona información detallada sobre los requisitos y procedimientos para retirar fondos de tu AFP Capital en Chile. Abordaremos las diferentes opciones disponibles, incluyendo el retiro de cotizaciones voluntarias, depósitos convenidos y las condiciones especiales para trabajadores extranjeros.

Retiro de Cotizaciones Voluntarias

Las cotizaciones voluntarias se podrán retirar tanto como trabajador activo y como pensionado.

Régimen Tributario A

Con respecto al régimen tributario A, para cada retiro que afecte a los montos depositados bajo esta modalidad, la AFP o la Institución Autorizada girará desde el saldo registrado como bonificaciones en la cuenta de ahorro previsional voluntario a la Tesorería General de la República un monto equivalente al 15% de aquel retiro o al saldo remanente de tales bonificaciones, si éste fuese inferior a dicho monto. En caso que se retire todo el saldo y el 15% del retiro sea menor al saldo de la bonificación, el valor a devolver a la Tesorería General de la República será toda la bonificación.

Régimen Tributario B

Por otro lado, los retiros de todo o parte de los recursos originados en cotizaciones voluntarias y depósitos de ahorro previsional voluntario acogidos al régimen tributario B, que no se destinen a incrementar o anticipar pensiones, estarán afectos a un impuesto único que se declarará y pagará en la misma forma y oportunidad que el impuesto global complementario. No obstante lo anterior, las AFP y las Instituciones Autorizadas deberán efectuar una retención del 15% a dichos retiros, la cual se tratará según lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley de Impuesto a la Renta y servirá de abono al impuesto único a que están afectos.

La AFP debe informar anualmente al trabajador y al Servicio de Impuestos Internos los montos de ahorros y los retiros efectuados.

Retiro de Depósitos Convenidos

Cabe señalar que los depósitos convenidos sólo se pueden retirar como Excedente de Libre Disposición, cuando el trabajador se pensione o cumpla los requisitos específicos establecidos en el D.L. N° 3.500.

Devolución de Ahorros para Trabajadores Extranjeros

¿Los trabajadores extranjeros pueden solicitar la devolución de los ahorros?

El trabajador extranjero debe llenar en la AFP el formulario Solicitud de devolución de fondos previsionales Ley Nº 18.156, acreditando:

  • Su calidad de profesional o técnico con documentos de estudios especializados o profesionales, legalizados y, cuando corresponda, traducidos oficialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
  • También debe presentar un certificado emitido por la institución de seguridad social de su país a la que se encuentra afiliado, donde conste su obligación de otorgar prestaciones en caso de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
  • Si está pensionado en algún régimen previsional extranjero, debe presentar un certificado emitido por dicha entidad en que se acredite su calidad de pensionado.
  • Por último, debe presentar una copia de su contrato de trabajo en el que se exprese su voluntad de mantener la afiliación al régimen previsional extranjero.

Información Adicional

En abril comienza la Declaración de Impuesto a la Renta. Ingresa a tu sitio privado con tu RUT y clave de acceso, y en simples pasos habrás actualizado tus datos.

Toda persona natural que ejerza una actividad con un ingreso, podrá afiliarse y cotizar como independiente en este sistema previsional.

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