La rebaja de pensión de alimentos se entiende como la acción que permite reducir el monto que se paga mensualmente por concepto de manutención de los hijos.
Es un procedimiento legal que permite disminuir la pensión alimenticia que debe pagar una persona mensualmente (que esté en condición de alimentante), por concepto de obligación en virtud de parentesco consanguíneo, matrimonio o divorcio, está obligado a ello por ley de dar alimentos al o a los alimentarios (descendientes), lo cual fue fijada o aprobada judicialmente.
Esto basado en una reducción de la cantidad de alimentos que se otorgan al alimentado. Esto se lleva a cabo cuando el deudor de alimentos no puede proporcionar el monto completo de los alimentos debido a sus circunstancias financieras.
Frente a la cantidad de dudas diarias que recibimos de padres y madres que pagan alimentos, queremos dedicar este espacio a responder las interrogantes más frecuentes sobre la rebaja de la pensión alimenticia. De todas formas, es importante entender que se trata de una medida excepcional y que no ocurre por arte de magia.
¿Por qué se da la rebaja de pensión alimenticia?
Según el Artículo 329 del Código Civil Chileno, Ley N° 14.908, la cantidad de la rebaja depende de las necesidades del alimentado y de las posibilidades y circunstancias domésticas del deudor.
Tal como señala el artículo 332 del Código Civil, la pensión de alimentos se debe otorgar en la medida que continúen las condiciones que dieron origen a su fijación. Para que la rebaja de pensión alimenticia proceda, debes acreditar cómo han cambiado en el tiempo aquellas condiciones que sirvieron de base para que se fijaran alimentos.
- Este actualmente desempleado.
- Tenga un nuevo trabajo pero por cualquier condición, esté por contrato ganando menos salario en comparación con el salario que tenía cuando se fijó la pensión alimentaria.
- Forme otra familia y tenga nuevos hijos.
- Una discapacidad puede ser una causa para solicitar una rebaja en la pensión alimenticia.
También se puede solicitar una rebaja en el monto de la pensión de alimentos si la persona que paga alimentos se encuentra trabajando en un lugar donde su remuneración es menor.
Es muy común que, con el nacimiento de otro hijo o hija, se genera una carga financiera mayor. En este caso es fundamental acreditar la necesidad y urgencia de realizar estos gastos e inversiones.
- El alimentario tenga más de 21 año y no se encuentre Este trabajando.
- Recibe una herencia.
- Recibe algún tipo de renta.
Las circunstancias siempre cambian y por eso podemos demandar la rebaja de la pensión alimenticia, fundado en ciertas modificaciones, qué se tuvieron a la vista al momento de decretar la pensión actualmente vigente, esto quiere decir que las circunstancias deben variar y por tanto deben ser circunstancias calificadas, como por ejemplo que tú estés desempleado, que tengas un diagnóstico o enfermedad, que debas enfrentar nuevos gastos o que tengas un nuevo hijo, estos cambios en las circunstancias te permitirán rebajar la pensión alimenticia decretada por una mediación o por una sentencia.
Proceso para solicitar la rebaja de la pensión alimenticia
Para rebajar la pensión de alimentos se debe seguir el mismo camino que tomó la otra parte para regularizar un monto de pensión.
Mediación Familiar
La Mediación Familiar es una instancia prejudicial donde ambas partes realizan una negociación guiada con un mediador o mediadora. El primer paso que exige la ley es que ambos padres se sometan a una mediación. En efecto, la mediación es un trámite obligatorio en este procedimiento.
Para solicitar una mediación, debes agendar una hora en un Centro de Mediación. Solamente en la etapa de la mediación puedes prescindir de un abogado.
Acuerdo en la Mediación
Si las partes llegan a un acuerdo, el mediador o mediadora remitirá las bases del acuerdo al tribunal de familia. Con esos antecedentes, el tribunal dictará una nueva resolución ordenando la modificación del monto de la pensión. En caso de llegar a un acuerdo, pone término a este problema.
La transacción y el Acta de Mediación deben ser presentados ante el Juzgado de Familia para que sea aprobado y así tenga la misma fuerza que una sentencia judicial ejecutoriada. Así, en caso de que la persona obligada no cumpla, podrá exigir el cumplimiento forzado de ese acuerdo ante tribunales, mediante el despacho de una orden de arresto u otros apremios, entre otras medidas.
Fracaso de la Mediación
Si la mediación se frustra, puedes iniciar la vía judicial para rebajar los alimentos.
Vía Judicial
Para solicitar una rebaja de la pensión alimenticia, según el Código Civil Chileno, Ley N° 14.908, debe presentarse una solicitud en un tribunal de familia. La solicitud debe estar acompañada de una documentación que demuestre las circunstancias financieras del deudor de alimentos.
El tribunal de familia evaluará los documentos presentados para determinar si se concede la rebaja. Si se concede la rebaja, se emitirá una nueva orden de pago con la cantidad reducida.
No debemos olvidar que las pensiones alimenticias siempre podrán ser analizadas por el juez de familia competente al domicilio donde vive el alimentario o en el tribunal donde se decretaron esos alimentos.
Documentación necesaria
Para solicitar una rebaja de la pensión alimenticia en Chile, según el Código Civil Chileno, Ley N° 14.908, debe presentarse una solicitud en un tribunal de familia, junto con los siguientes documentos:
- Declaración jurada de ingresos y gastos del deudor de alimentos
- Estado patrimonial del deudor de alimentos
- Declaración de circunstancias familiares del deudor de alimentos
- Recibos de pago de alimentos anteriores
- Declaración del alimentado con respecto a sus necesidades
El tribunal de familia evaluará la demanda y decidirá si se concede la rebaja solicitada. El tribunal de familia examinará los documentos presentados para determinar si se concede la rebaja.
Rebaja Provisoria
Además, el abogado puede solicitar una rebaja provisoria de los alimentos, mientras no se logre una sentencia definitiva. La rebaja provisoria de pensión de alimentos es una solicitud que permite rebajar el monto de la pensión mientras dure el juicio. Quien ha sido demandado siempre podrá oponerse a la rebaja provisoria.
Acuerdo Extrajudicial
Si las dos partes están de acuerdo en la rebaja de pensión de alimentos, es posible suscribir un acuerdo extrajudicial. Este debe ser escriturado y firmado por ambos, autorizado ante Notario o el Jefe de la Corporación de Asistencia Judicial. Este acuerdo se denomina transacción.
En todas estas situaciones, el documento suscrito deberá presentarse ante el Juzgado de Familia.
Apelación
La apelación debe contener el agravio que le produce a la parte, el rechazo y los fundamentos de derechos en que se apoya la apelación.
Consideraciones Adicionales
Para garantizar las mejores posibilidades de éxito, quienes deseen una rebaja de la pensión alimenticia deben comunicarse con Abogaley® Law Firm para una evaluación de la viabilidad de su caso.
Fluctuaciones de la capacidad económica
Solicitar una rebaja cuando la capacidad económica del obligado experimente un cambio significativo, como una disminución de sus ingresos o un aumento de sus gastos. Documente y proporcione evidencia de estos cambios financieros para fortalecer su caso.
Variaciones en las necesidades de pensión alimenticia
Buscar una rebaja cuando las necesidades que inicialmente justificaron el acuerdo de pensión alimenticia hayan disminuido, como menores gastos de manutención. Los cambios en el estilo de vida, la salud u otros factores relevantes pueden influir en la evaluación de las necesidades de pensión alimenticia.
Cambios en la situación laboral
Si la situación laboral del deudor cambia, ya sea por desempleo temporal o por la obtención de un nuevo empleo con ingresos sustancialmente menores, puede ser motivo para solicitar una rebaja.
Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos
Recuerda que no podrás rebajar la pension alimenticia si debes alimentos en una causa Z, ya que la ley 21.484 establece en su artículo 1° que el tribunal deberá declarar inadmisible la demanda de rebaja o cese de pensión en el caso que la persona se encuentre con inscripción vigente en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos salvo que se presentaron antecedentes calificados para ello en concordancia con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo tercero.
¿Es legalmente posible la rebaja de alimentos?
Sí, la demanda de rebaja de alimentos se puede hacer cumplir legalmente a través de los tribunals de familia. Esto incluye medidas cautelares como la solicitud de rebaja provisoria, que pueden utilizarse para detener la producción o el consumo de alimentos, así como daños y perjuicios, que pueden utilizarse para compensar cualquier pérdida sufrida como resultado de la demanda de rebaja de alimentos.
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