En Chile, el cese de la pensión alimenticia, también conocida como pensión alimentaria, es el término de la obligación legal de mantener económicamente a una persona dependiente, generalmente un hijo. Este cese se autoriza a través de un proceso judicial cuando determinadas circunstancias justifican el fin de estos pagos.
Causas para el Cese de la Pensión Alimenticia
El derecho a la pensión alimenticia puede cesar por varias causas:
- Que el dependiente cumpla 21 años (o 28 si está estudiando).
- Que el dependiente sea autosuficiente.
- El matrimonio del dependiente.
- Que el dependiente obtenga sus propios ingresos.
- Cuando el beneficiado comete una falta grave ("injuria atroz").
- El fallecimiento del pagador o del beneficiario, ya que el derecho a reclamarla no es transmisible.
Circunstancias que Pueden Desencadenar el Cese
Para comprender mejor cuándo puede producirse el cese del pago de la pensión alimenticia en Chile, es importante profundizar en las distintas circunstancias que pueden dar lugar a este cambio.
La primera situación que puede desencadenarlo es cuando el beneficiario de la pensión alimenticia, también llamado "alimentario", pierde su condición de dependiente. Suele tratarse de un cambio vital importante para el beneficiario, como alcanzar los 21 años de edad, alcanzar los 28 años en caso de estar estudiando, lograr la independencia económica o casarse.
Otra situación se produce cuando hay un cambio significativo en la capacidad económica del pagador, hasta el punto de que continuar con esos pagos pondría en peligro sus propias necesidades. Esto podría deberse a la pérdida del empleo, a una reducción drástica de los ingresos o a cargas financieras imprevistas.
Por último, la extinción de la pensión alimenticia también puede tener lugar cuando se produce un cambio en las necesidades económicas del beneficiario, que hace que el pago ya no sea necesario.
Proceso para Solicitar el Cese de la Pensión Alimenticia
¿Se requiere de una resolución judicial para que cause efectos legales el cese de alimentos? Para cesar legalmente la pensión alimenticia, se debe presentar el acuerdo arribado entre las partes o una demanda ante el tribunal solicitando el cese y aportando pruebas que lo justifiquen.
Si no se puede llegar a un acuerdo mutuo (que debe ser autorizado por el tribunal), la mediación puede ser una herramienta útil. En este proceso, un tercero neutral ayuda al pagador y al beneficiario a llegar a un acuerdo sobre el cese de la pensión alimenticia. Si se llega a un acuerdo durante la mediación, no será necesario interponer una demanda.
En los casos en que no se llegue a un acuerdo mutuo, se puede interponer una demanda de cese de alimentos.
Requisitos Legales para la Demanda de Cese
Puede solicitarse cuando desaparecen los elementos que originaron la pensión: el vínculo legal, la necesidad del alimentario o la capacidad económica del alimentante.
Mientras subsistan las condiciones vigentes en el momento en que se concedió la pensión alimenticia, se mantiene la obligación alimentaria. La obligación cesa entonces, en el momento en que, por ejemplo, en el que su hijo o hija ha cumplido los 21 años y no continúa estudiando, ha cumplido los 28, o si actualmente es usted quien tiene el cuidado personal de su hijo, etc. Es importante recalcar que esta terminación no ocurre automáticamente.
Para que proceda, debe presentarse una demanda ante el juzgado de familia, siempre con el respaldo de un abogado de pensión de alimentos.
Pasos para Iniciar el Proceso de Cese de Pensión de Alimentos
- Consulte a un abogado: El primer paso es hablar con un experto en derecho de familia.
- Solicite la mediación particular o licitada: En Chile, existe la mediación previa obligatoria para poder cesar la pensión alimenticia, por lo que puede elegir la mediación pública que es gratis, o la particular (donde le cobrarán entre 50 mil pesos a 80 mil). Se recomienda la última, debido a que es mucho más eficiente y expedita.
Mediación: Un Trámite Obligatorio
La mediación es obligatoria en los procesos de alimentos, relación directa y regular, sea para modificarlos, aumentar o cesar dichas materias.
Aunque la mediación previa es un trámite obligatorio para solicitar el cese, no es obligatorio que asista a la sesión. Al manifestar su decisión de no participar, el mediador puede emitir igualmente el certificado de mediación frustrada, documento necesario para presentar la demanda ante el juzgado de familia.
El Proceso Judicial de Cese de Pensión
Para cancelar o modificar los pagos de pensión alimenticia, a menudo debe demostrar que ha habido un cambio en las circunstancias que justifica un ajuste o una interrupción.
- Asesoría y preparación de la demanda de cese de pensión de alimentos: Se encargan de redactar y presentar su demanda por cese. Para ello, será necesario que nos proporcione antecedentes como:
- Certificados actualizados (de nacimiento, alumno regular, etc.).
- Información económica relevante.
- Dirección actual del alimentario, ya que es indispensable para notificar la demanda correctamente.
- Audiencias judiciales: El procedimiento incluye dos etapas:
- Audiencia preparatoria: donde se identifican los puntos de prueba.
- Audiencia de juicio: donde se presentan los antecedentes y se argumenta ante el juez por qué corresponde el cese.
- Resolución del tribunal: La decisión del tribunal se basará en las pruebas presentadas Si permite el cese, se emitirá una nueva orden judicial reflejando el cambio.
¿Qué ocurre si fallece el pagador?
La pensión alimenticia termina con la muerte del pagador. El derecho a reclamarla no es transferible.
Preguntas Frecuentes sobre el Cese de la Alimentación
- En términos jurídicos, ¿qué significa “cese de pensión de alimentos”?
Es el derecho a pedir el cese del pago de la pensión alimenticia, el cual puede ser de común acuerdo por intermedio de una mediación o transacción.
- ¿Quién es elegible para el cese de alimentos?
En general, dependerá de la edad del alimentario (a quien usted paga la pensión de alimentos) y si este estudia. En los otros casos se deberán analizar en profundidad para poder elaborar la estrategia probatoria para su caso y poder demandar.
- ¿Cuáles son algunas consecuencias de lograr el cese de la alimentación?
No tendrá que pagar la pensión. Pero recuerde que dicho procedimiento se podrá realizar siempre que usted no tenga deuda de alimentos. Si no tiene seguridad sobre su situación, puede revisar cómo saber deuda de pensión alimenticia a través de los canales oficiales disponibles. En caso de deuda, deberá indicar antecedentes para que el tribunal pueda conceder la demanda, como una situación médica o laboral.
- ¿El cese de alimentación es automático cuando el hijo cumple 18 años?
No. La pensión no se extingue automáticamente al cumplir la mayoría de edad. De hecho, puede extenderse hasta los 21 años, e incluso hasta los 28 si el alimentario sigue estudiando una profesión u oficio. Es necesario solicitar formalmente el cese ante el tribunal.
- ¿Puedo dejar de pagar la pensión mientras se tramita el cese?
No. Mientras no exista una resolución judicial que autorice el cese, la obligación de pago se mantiene vigente. Suspender el pago sin autorización puede generar una deuda y eventuales sanciones legales.
- ¿Qué ocurre si el tribunal rechaza mi solicitud de cese?
Si el tribunal considera que no se cumplen los requisitos, rechazará la solicitud y la obligación de pagar la pensión continuará.
Teniendo en cuenta estas estrictas normas, es esencial contar con asesoría y representación especializada en materia de cese de pensión alimenticia.
El juzgado de Familia debe declarar inadmisible cualquier petición de extinción de la pensión alimenticia si el solicitante está inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensión Alimenticia.
La obligación de pensión alimenticia para los hijos cesa con la reconciliación de los padres.
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