En Chile, contar con la documentación adecuada es fundamental para el ejercicio efectivo de tus derechos. Uno de los documentos importantes es la credencial que certifica la discapacidad. A continuación, te detallamos los pasos para obtenerla, así como información relevante sobre la credencial de persona cuidadora.

Acreditación de la Discapacidad: Pasos a Seguir

La discapacidad es una realidad que existe independientemente del reconocimiento oficial. Sin embargo, contar con un registro adecuado y completo de las personas con discapacidad es necesario para el ejercicio efectivo de sus derechos. En Chile, el documento oficial que certifica que una persona tiene discapacidad se llama Credencial de Discapacidad. El trámite completo consta de tres etapas: calificación, certificación e inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND).

Etapas del Proceso

  1. Calificación de la discapacidad: Se evalúa el desempeño funcional de la persona, considerando su condición de salud y la interacción con las barreras del entorno.
  2. Certificación de la discapacidad: Es la segunda etapa del proceso.
  3. Inscripción en el RND: COMPIN envía al Servicio de Registro Civil e Identificación los antecedentes necesarios para inscribir al solicitante en el Registro Nacional de la Discapacidad, RND.

¿Cómo realizar el trámite?

  1. Dirígete a la oficina de la COMPIN que corresponde según tu domicilio.
  2. Ingresa con tu RUT y ClaveÚnica.
  3. Adjunta el IVADEC en formato PDF o JPG (puedes tomarle una foto con tu celular).
  4. También puedes incluir exámenes o informes adicionales emitidos por especialistas que confirmen los diagnósticos médicos.

Si estás solicitando la certificación en nombre de otra persona, también necesitas una declaración jurada simple específica para este trámite.

Beneficios de obtener la credencial de discapacidad

  • Visibilización del colectivo: La baja tasa de certificación contribuye a la subrepresentación de las personas con discapacidad al momento de elaborar políticas públicas.
  • Derecho a la atención preferente en salud: Las personas con discapacidad, así como los cuidadores o cuidadoras y las personas mayores de 60 años, tienen derecho a que las instituciones de salud (tanto públicas como privadas) prioricen su atención.
  • Registro Social de Hogares: Los hogares con una o más personas con discapacidad reciben una calificación distinta en el Registro Social de Hogares, puesto que se considera el hecho de que tienden a tener más y mayores gastos.
  • Postulación a becas universitarias: Existen becas específicamente diseñadas para las personas con discapacidad (tales como la Beca de pregrado para Estudiantes en Situación de Discapacidad).
  • Ley de inclusión laboral: En las instituciones públicas, se contrata preferentemente a personas con discapacidad si es que hay varios candidatos/as con iguales méritos para acceder al puesto.

En ocasiones, las políticas públicas también aceptan la pensión de invalidez como un medio de acreditar la discapacidad.

Es importante destacar que la acreditación de la discapacidad está a cargo de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, denominadas COMPIN. Por otra parte, el registro de las personas con discapacidad está a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, el cual administra el Registro Nacional de la Discapacidad (RND). El Registro Civil envía la credencial de discapacidad a todas las personas que ingresan al Registro Nacional de la Discapacidad (RND). Si ya estás inscrito puedes solicitar una copia de tu credencial en el mismo Registro Civil.

Credencial de Persona Cuidadora

Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener tu credencial, debes ingresar al Registro Social de Hogares con tu ClaveÚnica y completar el módulo de Cuidados. Esta información apoyará el diseño e implementación del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados “Chile Cuida”. Una vez disponible la credencial de persona cuidadora, puedes descargar la credencial en su versión digital o solicitar la credencial física en www.ventanillaunicasocial.gob.cl en tu Registro Social de Hogares.

¿Quiénes pueden ser personas cuidadoras?

Son las personas mayores de 18 años que dedican su tiempo a labores de cuidado no remunerado, es decir, que entregan asistencia permanente sin remuneración a personas con discapacidad, dependencia funcional moderada o severa, también a personas con necesidades educativas especiales permanentes que forman parte del Programa de Integración Escolar (PIE), o personas que están matriculadas en un establecimiento de educación especial.

  • Persona cuidadora principal: quienes destinan el mayor número de horas al día a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que lo requieran.
  • Persona cuidadora secundaria: quienes destinan menos horas al día, en relación con la cuidadora principal, a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que lo requieran.

Requisitos y Proceso de Registro

Para registrarte como persona cuidadora debes ingresar al sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl y en tus datos complementarios ingresar al módulo de Cuidados y realizar el trámite. No es necesario ir a una notaría para acreditar la calidad de persona cuidadora.

Requisitos:

  • El primer requisito es que la persona cuidadora y quien requiera cuidados tengan Registro Social de Hogares (RSH).
  • Dependencia moderada, severa o profunda en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.

Si la persona cuidadora tiene ingresos asociados a pensión o por actividades distintas a la labor de cuidados, puede acceder a la credencial. En cambio, si recibe ingresos por las labores de cuidados no puede acceder a la credencial, ya que su objetivo es identificar y visibilizar a las personas cuidadoras que no reciben un pago por ello.

Sí, debes realizar una solicitud por cada persona que cuidas. Actualmente, se pueden ingresar tres personas por cada persona cuidadora. No es necesario tener vínculo familiar ni de consanguinidad con la persona que requiere cuidados.

Sí, es necesario que la persona que requiere cuidados se encuentre en algunos de estos registros administrativos: Registro Nacional de Discapacidad, Programa de Integración Escolar (PIE) permanente, matrícula en establecimiento educacional especial, dependencia moderada, severa o profunda en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.

Si no está en los registros administrativos, la persona que requiere cuidados debe actualizar el módulo salud de tu Registro Social de Hogares en el sitio de la www.ventanillaunicasocial.gob.cl, donde puedes consultar la guía paso a paso que te indica cómo realizarlo. Si no existe registro, no se podrá validar la situación de dependencia o discapacidad y no podrás acceder a la credencial.

La evaluación para determinar las necesidades educativas especiales es realizada por los centros educativos y la información es entregada por el Ministerio de Educación al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

Beneficios de la Credencial de Persona Cuidadora

La credencial entrega acceso preferente a sucursales y oficinas de diversas instituciones públicas como: FONASA, BancoEstado, Serviu, SENAMA, ChileAtiende - IPS, Registro Civil e Identificación, SENADIS, DICREP , Correos de Chile , SENCE, Oficinas del Registro Social de Hogares de las municipalidades del país.

No, en esta primera etapa la credencial tiene como beneficio el acceso preferente a las instituciones con convenio, pero no beneficios económicos.

Una vez que esté disponible la credencial digital de persona cuidadora, ingresa al sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl y estará habilitada la opción para solicitar su credencial física.

Si estás registrada como persona cuidadora principal y secundaria de personas distintas, en la plataforma encontrarás solo una credencial que te reconocerá como cuidadora principal.

No se considera el tramo del Registro Social de Hogares para ser persona cuidadora u obtener la credencial. La actualización de esta información en el Registro tampoco afecta la calificación socioeconómica.

Una vez ingresada la solicitud con la documentación correspondiente, se derivará al municipio de la comuna donde reside la persona que requiere cuidados y se tramitará la solicitud. Se podrá solicitar la Cartola Hogar a través de un ejecutor, presentando un poder legalizado ante notario. En este documento debe quedar explícita la voluntad de la persona mandante para que otro en su nombre y representación pueda realizar la solicitud. El documento notarial tiene una vigencia máxima de 6 meses desde la fecha de emisión.

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