Te brindamos información clave sobre el proceso de jubilación para que estés preparado. Cuando pienses en pensionarte o si ya lo estás pensando, seguramente tendrás muchas preguntas y dudas sobre el proceso. Por eso, queremos que tengas disponible toda la información necesaria desde un inicio y conozcas cuáles son los pasos del trámite de pensión, los plazos y qué cosas hay que tener en consideración. Es por esto que a continuación te contamos todo sobre los pasos del trámite de pensión.
Recuerda que el trámite de pensión es completamente gratuito y nuestros asesores estarán presente en cada una de las etapas si así lo necesitas. Además, lo único que necesitas para comenzar es tener tu Cédula de Identidad vigente o un poder notarial en caso de que lo realice una tercera persona por ti.
Pensionarse: Primeros Pasos
Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende.
Si decidiste pensionarte puedes preingresar tu solicitud de Pensión en un formulario o por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. Se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios. Si ingresas la solicitud en nombre del afiliado, indícalo en el formulario. En algunos casos se necesitará más información tuya y un ejecutivo te llamará. Recibirás noticias en un plazo de 1 a 5 días hábiles.
En AFP Capital, te ofrecemos diversas opciones para iniciar el proceso de solicitud de pensión, brindándote flexibilidad y comodidad en todo momento. Los plazos e instancias descritas son parte de la pensión por cumplimiento de edad legal (65 años hombres y 60 mujeres). Estas pueden variar dependiendo del tipo de trámite de pensión que estés iniciando.
Pasos para la Solicitud de Pensión
- Comienza tu proceso de solicitud de pensión de la manera que más te convenga. Puedes acercarte a nuestras sucursales con tu carnet de identidad para recibir atención personalizada. Nuestras sucursales estás disponibles para brindarte atención presencial si así lo prefieres.
- Agenda una videollamada para ingresar tu solicitud de pensión. Agenda una videollamada a través de nuestro Centro de Atención Virtual, donde uno de nuestros asesores te atenderá de manera 100% digital para que puedas ingresar tu solicitud y comenzar con tu trámite de pensión. Si prefieres puedes ir a la sucursal más cercana.
- Bono de reconocimiento. Si cotizaste en el Sistema Previsional antiguo y cumples con los requisitos para obtener el bono de reconocimiento, éste se enviará a liquidar un mes antes de cumplir la edad legal. Si aún no lo solicitas, puedes agendar una videollamada o acercarte a la sucursal más cercana para solicitarlo, solo necesitas tu Cédula de identidad vigente y el certificado de tus imposiciones que puedes solicitar directamente en el IPS.
- Recibe tu Certificado de Saldo. Luego de 10 días hábiles de ingresada tu solicitud de pensión, emitiremos tu Certificado de Saldo, el que mostrará todo el ahorro que acumulaste a lo largo de tu vida laboral, más la rentabilidad que generaron. Este Certificado tiene una validez de 35 días, el cual te enviaremos por correo electrónico para que lo descargues desde Cuprum.cl.
- Solicita las ofertas de pensión. Luego de revisar tu Certificado de Saldo, podrás pedir, a través de una videollamada con nuestros asesores, las opciones que tienes para pensionarte y que te entrega el Sistema de Ofertas y Consultas, SCOMP.
- Ofertas de Pensión. 4 días después de que hayas solicitado las ofertas de pensión, SCOMP las enviará a tu correo electrónico. Estas ofertas tienen una vigencia de 12 días hábiles desde la fecha de emisión.
- Asesoría y aceptación de una oferta. Para seleccionar una de las opciones disponible para ti, vuelve a agendar una videollamada para que te podamos asesorar de la mejor manera. Luego, y si así lo prefieres, podrás elegir la opción y modalidad de pensión que más te acomode y recibirás tu pago de pensión en 10 días hábiles. En el caso de no tomar una decisión, puedes hacerlo en otro momento, siempre y cuando tus ofertas de pensión sigan vigentes.
Después de la Solicitud
Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de vejez. Si la respuesta al requerimiento es positiva, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para dar inicio a la selección de la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).
Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, tus datos deben estar en el listado público del SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Podrás aceptar alguna de las ofertas para pensionarte o rechazarlas.
Una vez pensionado recibirás tu Liquidación de Pensión cada mes, donde verás el saldo que va quedando en tu cuenta después de cada pago de Pensión. En 5 días hábiles tendrás noticias sobre tu solicitud.
Opciones de Pensión
Si estás cercano a cumplir los 60 años en el caso de ser mujer o 65 años en el caso de ser hombre, existen varias alternativas a las que puedes optar para pensionarte, entérate de las diferencias y elige informado.
Las personas interesadas pueden pensionarse en forma anticipada (antes de cumplir el requisito de edad), siempre y cuando logren financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y las rentas declaradas.
La Pensión de Vejez es el beneficio que reciben las personas afiliadas a las AFP. Tú eliges cómo cobrar tu Pensión. Te sugerimos recibirla en una cuenta bancaria a tu nombre para mayor comodidad y más seguridad. Dependerá de varios factores, como tus Ahorros, edad en que decides pensionarte y si tienes beneficiarios.
Pensión de Invalidez
Lo primero a considerar es haber llenado los formularios: Solicitud de Pensión, Solicitud de Calificación de Invalidez y la Ficha de Datos Personales para la Calificación de Invalidez. Datos de tus beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento. Empleados públicos: deben presentar certificado que lo acredite.
Esta comisión te dará órdenes de exámenes e interconsultas médicas a realizarse en las instituciones adscritas a la Superintendencia. Con cobertura de SIS* (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), el costo de los exámenes e interconsultas lo cubre esta.
Tipos de Invalidez:
- Invalidez Total: pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior a 66%. Este dictamen será definitivo y no requiere una reevaluación posterior.
- Invalidez Parcial: pérdida en la capacidad igual o mayor a 50% y menor a 66%. Este dictamen será transitorio por 3 años.
Al recibir el dictamen deberás continuar tu trámite de acuerdo con lo que este indique. Invalidez aprobada y definitiva: se emitirá un Certificado de Saldo. Si tu Pensión es más que la Básica Solidaria, solicita ofertas al SCOMP*. Invalidez parcial: sin cobertura del SIS*, recibirás pensiones mensuales de ahorros de tu cuenta individual.
En 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión. Tienes la opción de no aceptar ninguna oferta.
Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Si eres pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo. Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una Pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base.
Si mueres antes de la edad legal de Pensión o estando pensionado, generarás una Pensión de Sobrevivencia en el caso que tengas beneficiarios de Pensión.
La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.
Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años. La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años. Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez. Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).
Pensión en el Extranjero
Sí, puedes tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero siempre y cuando el país en el que vivas tenga un Convenio Bilateral con Chile. Ingresa acá para conocer si el país donde te encuentras posee Convenio Bilateral.
Información Adicional
En algunos casos podrías acceder al Excedente de Libre Disposición. Si te pensionaste en una AFP tus ahorros se pagarán a tus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no los tienes se entregarán en un solo pago a tus herederos o al Estado, según la ley.
Ten en consideración que, la duración total aproximada es de 3 meses si no tienes bono de reconocimiento y 4 meses, en caso de tenerlo.
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