Corría el mes de febrero del año 1937 y en Chile se promulgaba la Ley que dio origen al hoy llamado sueldo mínimo. Se llamaba Sueldo Vital, entendiéndose este como “el necesario para satisfacer las necesidades indispensables para la vida del empleado, alimentación, vestuario y habitación; y también las que requiera su integral subsistencia” (Ley 6020, disponible en Ley Chile.cl). Han pasado exactos 74 años y hoy el concepto se encuentra absolutamente desnaturalizado.
El mínimo no es vital. Se llama mínimo, pero, ¿Mínimo para qué? De acuerdo a la última encuesta CASEN 2009, las personas que ganan el salario mínimo se sitúan en los grupos socioeconómicos más pobres, con un promedio de 3,73 personas por hogar y sólo 0,9 trabajando.
El Poder Adquisitivo del Salario Mínimo
En este contexto, parece realista verificar el poder de compra del salario mínimo suponiendo que será distribuido en una familia de 4 personas que depende del trabajo de sólo una de ellas. Considerando la actual línea de la pobreza, equivalente a 2 canastas de alimentos y que a precios actuales bordea los $70.000, un salario mínimo de $172.000 sólo cubre un 61% de la línea de la pobreza para una familia de 4 personas.
Por ejemplo, una familia de 4 personas que no tiene deudas y recibe subsidio íntegro para pagar su cuenta de agua potable y 100% de gratuidad en prestaciones de salud, con $172 mil al mes, sólo podría pagar un arriendo de una pieza, comprar 1 kilo de pan al día, la persona que trabaja podría tomar micro o metro ida y vuelta todos los días, pagar una cuenta de luz básica y comprar 10 litros de leche y 5 litros de parafina.
Salario Mínimo y Pobreza
Así pues, para el caso chileno puede verse que estos salarios tienen un nexo indiscutible con la pobreza, con el fenómeno de los “trabajadores pobres”. Y es que aquí las evidencias sobran: del total de pobres e indigentes, el 20% trabaja, porcentaje no menor considerando que se trata de cerca de 500 mil personas. Es un insulto al trabajo y contra de la pregonada igualdad.
En esta tremenda y obviamente injusta realidad, el salario mínimo tiene un rol protagónico: 7 de cada 10 trabajadores pertenecientes a los hogares más pobres de Chile (el 1° decil), gana el mínimo o menos. Otra fatídica conclusión, posible de detectar a través de un ejercicio econométrico con la CASEN, indica que, entre 2006 y 2009, la probabilidad de ser pobre aumenta en un 21% (ceteris paribus) cuando se gana el mínimo o menos. En tal sentido y de continuar la tendencia seguimos a tranco firme por la ruta de la injusticia.
Los datos son elocuentes, no aceptemos el chantaje del riesgo de desempleo ni de las presiones inflacionarias (ver Informe Fundacion SOL), Chile es el país más desigual de la OCDE, y el único de este club dónde el salario mínimo es un salario de hambre que no cubre las canastas de necesidades básicas para una familia promedio.
Actualización del Salario Mínimo en Chile
El sueldo mínimo actual en Chile es $529.000, un aumento respecto a los $510.636 del año 2025. Este ajuste responde a la Ley 21.578, que establece que el ingreso mínimo mensual debe ajustarse de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) registrada entre julio y diciembre de cada año.
El sueldo mínimo también varía según la edad del colaborador. A partir del 1 de enero de 2025, este valor subió a $397.845. La normativa actual establece que, antes de abril de 2025, el Presidente de la República debe presentar al Congreso Nacional un proyecto de ley para proponer un nuevo ajuste del ingreso mínimo mensual.
Sueldo Líquido y Subsidios
El sueldo líquido es el monto que finalmente recibe el colaborador después de los descuentos legales. Si el trabajador o trabajadora recibía el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no podrá recibirlos junto con el subsidio para el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). En esos casos, solo recibirá el subsidio para el IMG.
Sin embargo, si por los otros subsidios habría recibido más, se le pagará la diferencia a favor en el proceso de liquidación del año siguiente. La verificación de los requisitos para acceder al subsidio va a considerar la base de información histórica del subsidio, es decir, se considerará la información más actualizada, ingresada por el empleador y/o trabajador. El cálculo del subsidio se realiza todos los meses, por lo tanto, puede variar si es que, por ejemplo, se modificó el monto de la remuneración pactada en tu contrato.
Multas y Sanciones por Incumplimiento
La Dirección del Trabajo en Chile puede imponer multas significativas a las empresas que no cumplan con el salario mínimo. A continuación, se detallan algunas de las consecuencias:
- Multa por trabajador afectado: Las multas pueden aplicarse por cada trabajador afectado.
- Demandas laborales: Los empleados tienen el derecho de demandar a su empleador si no se les paga el sueldo mínimo.
- Inspecciones y auditorías: La Dirección del Trabajo puede llevar a cabo inspecciones y auditorías en las empresas para asegurar que se cumpla con la ley de sueldo mínimo.
- Costos adicionales: Las multas y sanciones representan un costo económico adicional significativo para las empresas.
- Pérdida de reputación: No cumplir con las leyes laborales puede dañar la reputación de una empresa.
- Costos legales: Las demandas laborales pueden generar costos legales elevados.
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