Estar afiliado a un sistema de seguridad social es vital, incluso si no se cuenta con un empleo formal, ya que en Chile, el sistema de seguridad social está compuesto principalmente por el sistema de pensiones y el sistema de salud.
Opciones de Afiliación Voluntaria a la Seguridad Social
Cuando no se cuenta con un empleo formal, es fundamental considerar las opciones de afiliación voluntaria que permiten acceder a la seguridad social. En Chile, existen diversas alternativas que ofrecen cobertura en salud, pensiones y otros beneficios.
1. Afiliación al Sistema de Salud (FONASA o ISAPRE)
En Chile, las personas que no están vinculadas a un empleador pueden optar por afiliaciones voluntarias a las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE) o al Fondo Nacional de Salud (FONASA). Esta opción es muy importante para acceder a servicios médicos y atención de salud.
- FONASA: Permite acceder a atención en hospitales públicos y clínicas privadas que tengan convenio. Si decidiste pertenecer a Fonasa, la afiliación es automática, cuando eres trabajador dependiente (con contrato de trabajo). Luego de conocer el arancel o valor de la prestación o atención que recibirás, debes saber cuánto te bonificará Fonasa por cada prestación, y por tanto, cuánto deberás pagar tú en cada caso (copago). Es muy importante considerar que las Normas Técnicas del Arancel del FONASA, contemplan topes para algunas de sus prestaciones, que debes tomar en consideración.
- ISAPRE: Ofrece planes de salud más personalizados, pero generalmente a un costo más elevado. Las isapres reciben las licencias médicas y las autorizan o rechazan.
2. Afiliación Voluntaria a una AFP
Es crucial asegurar un futuro financiero. En Chile, si no se tiene un trabajo formal, se puede optar por una afiliación voluntaria a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Esto significa que puedes realizar aportaciones voluntarias a tu cuenta individual.
Si decides cotizar voluntariamente, deberás dirigirte a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) de tu preferencia y solicitar la afiliación como cotizante voluntario. Afiliación como cotizante voluntario: Esta es la opción más común y te permite seguir cotizando a la AFP elegida. El monto a cotizar puede ser flexible. Por ley, el aporte mínimo a la AFP es de un 10% de tu salario imponible.
3. Seguros Adicionales
Además de las cotizaciones de salud y pensiones, algunas AFPs ofrecen productos adicionales como seguros de vida que pueden ser contratados de manera voluntaria. Esto proporciona una capa extra de protección financiera en caso de eventos inesperados.
Cotización Obligatoria para Trabajadores a Honorarios
Está dirigido a los trabajadores a honorarios. A partir del 2012 con la reforma previsional, comenzó la obligación para que los trabajadores a honorarios realicen cotizaciones previsionales para pensiones, seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con la posibilidad de eximirse de dicha obligación para los años tributarios 2013, 2014 y 2015.
A partir de enero 2015, la obligación de cotizar no admitirá excepción y todos los trabajadores a honorarios deberán cotizar para pensiones y accidentes del trabajo. En el caso de cotizaciones para salud la obligación rige a contar del año 2018.
¿Quiénes están exentos de esta obligación?
- Perciban rentas por Participaciones de Sociedad de Profesionales.
- Estén afiliados a Instituciones del Sistema antiguo de Previsión: Capredena, Dipreca e IPS.
- Mujeres que tengan 50 años o más y hombres que tengan 55 años o más, al 1 de Enero de 2012.
- Hayan expresado su opción de no cotizar en el sitio web del SII.
- Pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total.
¿Cuánto debo cotizar?
- 10% para el Fondo de Pensiones administrado por la AFP.
- X % comisión de la AFP.
- 0,95% para el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la ley N° 16.744, más una tasa adicional según cual sea la actividad desarrollada.
Se cotiza según se indica en la siguiente tabla.
• A partir del mes siguiente a su incorporación, debe enterar mensualmente la cotización que el organismo administrador le haya señalado de acuerdo a su actividad. Para acceder a las prestaciones de estos seguros, no es necesario un período mínimo de cotizaciones, pero sí se exige encontrarse al día en el pago de las cotizaciones.
¿Cómo se realiza el cálculo en la Declaración de Renta?
El cálculo se realizará a partir de la información de los pagos previsionales pagados por el trabajador a honorarios, la cual es proporcionada al SII por parte de las AFP (cotizaciones para pensiones) y las Mutuales de Seguridad (cotizaciones para seguro accidentes del trabajo y enfermedades profesionales). Identificar el monto total pendiente de pago por cotizaciones previsionales.Este valor es el resultado de restar al monto total de las cotizaciones previsionales para pagar, los pagos que el trabajador pudiera haber efectuado en su AFP y/o mutual o Instituto de Seguridad Laboral correspondiente.
Afiliación Voluntaria al Instituto de Seguridad Laboral (ISL)
Si eres trabajador o trabajadora independiente, o prestas servicios a honorarios sin retención en la operación de impuesto a la renta, incorporarte voluntariamente al Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Realiza el trámite durante todo el año a través del sitio web del ISL. Importante: tu registro estará vigente hasta que presentes un documento que acredite tu afiliación a alguna de las mutualidades privadas.
Calcula el monto que tendrás que pagar, se usará como referencia el monto de ingreso (por el cual cotizó para su pensión y salud común). Haber pagado, a lo menos, seis cotizaciones, continuas o discontinuas, en los 12 meses anteriores al accidente o al diagnóstico de la enfermedad profesional.
Cotizar a la seguridad social sin trabajo es posible y puede ser beneficioso para tu futuro.
TAG: #Trabajo

