El Seguro de Cesantía es un derecho que ampara a los trabajadores en Chile en caso de quedar cesantes. Este seguro proporciona un respaldo económico durante la búsqueda de un nuevo empleo. A continuación, te explicamos cómo cobrarlo y cuáles son los requisitos.
¿Quiénes pueden acceder al Seguro de Cesantía?
- Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002.
- Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Requisitos para Postular al Seguro de Cesantía
Debes cumplir tanto los requisitos generales para postular como los específicos para ser beneficiario. Entre estos últimos, se considera tener las cotizaciones al día en la AFP.
¿Cómo y dónde solicitar el Seguro de Cesantía?
Puedes presentar tu solicitud en el sitio web de AFC Chile o en cualquiera de sus sucursales. Si cumples con los requisitos, puedes ingresar tu solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. Agenda el día y hora que más te convenga. Completa el formulario y recibirás novedades de tu trámite entre 1 a 5 días hábiles.
También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.
Si no tienes ClaveÚnica, pídela.
Documentación Necesaria
Para cobrar tu Seguro de Cesantía, deberás acreditar tu condición con tu finiquito, carta de despido, renuncia u otros documentos que acrediten el término de la relación laboral. Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
¿Qué es la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.
Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
Para hacer uso de él, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años. Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.
¿Qué ocurre si no cumples con los requisitos?
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Afiliación Voluntaria
Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Información Adicional
La AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
Para más información revisa el sitio de la AFC Chile. Puedes postular durante todo el año.
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