Una de las ayudas económicas que entrega el Estado es el Subsidio al Empleo Joven (SEJ). Se trata del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), el cual va destinado a los jóvenes y que es entregado de manera anual o mensual. El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio del Estado destinado a este sector de la población para mejorar sus ingresos a través de un aporte monetario.

El beneficio también llega al empleador que realiza la contratación, como una manera de incentivar la incorporación laboral de los jóvenes.

¿Quiénes Pueden Postular al SEJ?

En específico, el beneficio está destinado para jóvenes de entre 18 y 24 años, 11 meses y 29 días, que pertenezcan al 40% de menores ingresos del Registro Social de Hogares (RSH). Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.

Requisitos para Postular al Subsidio al Empleo Joven

Los requisitos para recibir el aporte son los siguientes:

  • Tener entre 18 y 24 años con 11 meses de edad.
  • Ser trabajador dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares.
  • Contar con cotizaciones al día.
  • Contar con licencia de educación media, si se tienen 21 años o más.
  • No trabajar en alguna institución del Estado o empresa con aporte estatal superior al 50%.

Estar incorporado/a en el Registro Social de Hogares (RSH). Ojo, en caso de no estar registrado/a, puedes hacerlo en registrosocial.gob.cl.

¿Cómo Postular al SEJ?

Postular al Subsidio al Empelo Joven es muy fácil. Se puede postular los 365 días del año. Se puede postular al subsidio todos los días del año de manera gratuita y online. También está disponible un sitio validador de requisitos, destinado a confirmar si estás dentro de los beneficiarios.

Para postular al beneficio que entrega el Sence, deberás ingresar a la página del Subsidio al Empleo Joven. Ya en el sitio, deberás apretar en el apartado que dice 'Postula Aquí'. Esto abrirá una nueva pestaña donde deberás registrarte, seleccionando la opción 'trabajador/a' e ingresando los datos solicitados. Una vez que hayas creado la cuenta, deberás acceder nuevamente al apartado de 'Postula Aquí' del sitio del subsidio.

Modalidades de Pago

Existen dos manera de recibir el beneficio: anual o mensual. El pago del Subsidio al Empleo Joven tiene dos modalidades, donde para recibirlo de forma mensual no se debe recibir una renta bruta de $535.148. En tanto, en la modalidad anual no se deben superar los $6.421.781 de renta bruta al año.

  • Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

Pago Mensual

Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago). En el caso del pago mensual, se realiza el último día hábil de cada mes y con un desfase de tres meses.

En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

Pago Anual

El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior. Al solicitar el subsidio, el primer pago se realizará cuatro meses después de la fecha de postulación.

Montos del Subsidio al Empleo Joven

El cálculo para la entrega del Subsidio al Empleo Joven se realiza según la modalidad -anual o mensual- y la cantidad de ingresos. El Subsidio al Empleo Joven tiene dos modalidades de pago: mensual y anual. En la primera, se otorga hasta el 75% del beneficio, mientras que el resto se entrega en el pago anual de agosto.

En relación a la modalidad anual, se realiza de acuerdo a las rentas recibidas el año anterior de enero a diciembre.

Montos Pago Anual

  • Tramo A: Si la renta anual es hasta $2.854.125 se reciben desde $1 a $570.825, dado que a mayor renta, el monto aumenta.
  • Tramo B: Si la renta anual está entre $2.854.125 y $3.567.657 se reciben $570.825, donde el monto se mantiene constante.
  • Tramo C: Si la renta anual va desde $3.567.657 a $6.421.781 se reciben desde $570.825 a $1, dado que a mayor renta, el monto disminuye.

Montos Pago Mensual

  • Tramo A: Si la renta mensual es hasta $237.844 se recibirán desde $1 a $35.677, donde a mayor renta, el monto aumenta.
  • Tramo B: Si la renta mensual va entre $237.844 y $297.305 se recibirá $35.677 de manera constante.
  • Tramo C: Si la renta mensual va desde $297.305 hasta $535.148 se recibirán desde $35.677 a $1, donde a mayor renta, el monto disminuye.

Extensión del Subsidio

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre. Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ. El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.

En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

¿Dónde Solicito la Extensión del SEJ?

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.

Documentación Necesaria

  • Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.

Renuncia al Subsidio

Si eres trabajador/a

“Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.

Si eres empleador

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Otras Consideraciones

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.

En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.

¿Qué hacer en caso de...?

  • ¿Qué debo hacer para solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ? Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).
  • ¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos? Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
  • ¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso? La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

Información Adicional

Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.

Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.

TAG: #Empleo #Subsidio

Lea también: