La pensión solidaria en Chile ha experimentado cambios importantes para mejorar el ingreso de los adultos mayores. Este artículo explica los requisitos y los incrementos aplicados a las pensiones del Pilar Solidario, además de detallar el Aporte Previsional Solidario (APS).
Incrementos en las Pensiones del Pilar Solidario
Beneficiarios Mayores de 80 Años
¿Qué incremento se aplicó a las pensiones del llamado Pilar Solidario para los mayores de 80 años? Los datos concretos sobre este incremento específico no se proporcionan en el texto, pero los siguientes puntos ofrecen información sobre otros grupos de edad.
Beneficiarios entre 75 y 79 Años
La pensión básica solidaria de vejez y la pensión máxima con aporte solidario, para beneficiarios de 75 a 79 años de edad se incrementa en 30% respecto de sus valores vigentes a noviembre de 2019.
Beneficiarios Menores de 75 Años
La pensión básica solidaria de vejez y la pensión máxima con aporte solidario para los beneficiarios menores de 75 años de edad se incrementan en 25%.
Se alcanzará el 1 de enero de 2021 un aumento acumulado de 40% más el reajuste del IPC anual.
Pensión Básica Solidaria (PBS)
¿Qué es la Pensión Básica Solidaria?
El artículo no describe directamente qué es la Pensión Básica Solidaria. Sin embargo, menciona quiénes pueden solicitarla y dónde hacerlo.
¿Quiénes pueden solicitar una Pensión Básica Solidaria?
El artículo no especifica los requisitos para solicitar la Pensión Básica Solidaria.
¿Dónde solicitarla?
El artículo no indica dónde se puede solicitar la Pensión Básica Solidaria.
Aporte Previsional Solidario (APS)
¿Qué es el Aporte Previsional Solidario?
El Aporte Previsional Solidario es un suplemento que entrega el Estado a los que habiendo cotizado en algún sistema previsional, tienen pensiones inferiores a la pensión máxima con aporte solidario. Este beneficio se entrega desde julio de 2008.
¿Quiénes pueden solicitar el Aporte Previsional Solidario?
Este beneficio monetario mensual, te permitía aumentar tu pensión si cumplías con los requisitos establecidos en la Ley N° 20.255. Si embargo, con la Reforma de Pensiones, a partir de septiembre de 2025 el IPS realizará una reevaluación para calcular valor de los beneficios y entregarte la alternativa de mayor monto, según la edad que tengas.
Si eres una persona beneficiaria de APSV y no recibes una pensión vitalicia, solicita la asesoría durante todo el año en una sucursal ChileAtiende.
Una vez que el IPS haya comparado tu actual pensión final (pensión base más complemento solidario) y la suma de pensiones recibidas, la Pensión Garantizada Universal (PGU) y el bono compensatorio (este último si te corresponde), te notificará si es más favorable que renuncies al APSV y solicites la PGU.
El IPS tiene hasta el último día hábil de octubre de 2025, 2026 y 2027 (dependiendo de la edad que tengas) para notificarte que la PGU es más conveniente para que consideres la opción de renunciar al APSV.
| Grupo de Edad | Incremento en la Pensión |
|---|---|
| 75 a 79 años | 30% (respecto a noviembre de 2019) |
| Menores de 75 años | 25% (aumento acumulado de 40% al 1 de enero de 2021 más reajuste del IPC anual) |
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