En Chile, tanto chilenos como extranjeros están obligados a cotizar para su pensión en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). La afiliación es la relación jurídica que se produce entre un trabajador y el Sistema de Pensiones.

Afiliación por Primera Vez al Sistema de Pensiones

Las personas que se afilien por primera vez al sistema deben incorporarse a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que se adjudicó la licitación para la administración de cuentas de capitalización individual, por ofrecer la comisión más baja del sistema. Desde el 1 de octubre de 2023 y hasta septiembre de 2025, AFP Uno cobra la comisión más baja: 0,49% de la remuneración o renta imponible de la persona.

Los dependientes que inician labores por primera vez deberán realizar esta incorporación dentro de los 30 días siguientes al inicio de labores. Deben suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP licitada. Tienen plazo hasta el último día del quinto mes siguiente a la suscripción de la solicitud para formalizar la afiliación a través del pago de la primera cotización.

¿Cómo Afiliarse?

Debe suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP que se haya adjudicado la licitación, en el momento que desee, con anterioridad o simultáneamente al primer pago de cotizaciones.

Afiliación Voluntaria a una AFP

Toda persona que no ejerza una actividad remunerada puede afiliarse a una AFP y enterar cotizaciones en una Cuenta de Capitalización Individual. También pueden cotizar como afiliados voluntarios los trabajadores independientes que no perciban rentas del artículo 42 Nº 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Debe suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación». Tiene plazo hasta el último día del quinto mes siguiente a la suscripción de la solicitud, para formalizar la afiliación a través del pago de la primera cotización.

Los trabajadores dependientes, independientes y aquellos que deseen incorporarse como voluntarios al sistema deberán incorporarse por 24 meses a la AFP que se adjudicó la licitación (actualmente AFP Uno). Si ya está afiliado a una AFP y desea cotizar como afiliado voluntario, deberá cotizar en la AFP donde registra su cuenta de cotizaciones obligatorias.

El afiliado voluntario podrá elegir el o los tipos de fondos en los que desea mantener su cuenta personal, manifestando su opción en la Solicitud de Incorporación. Se debe enterar la cotización de afiliado voluntario y la cotización adicional, incluido el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia. El pago puede ser mensual o mediante un solo pago por los 12 meses. No hay edad mínima para ser afiliado voluntario, por lo que los niños también pueden ahorrar para su pensión.

Multifondos: Eligiendo la Mejor Opción para tu Futuro

Durante el proceso de incorporación a la AFP se debe elegir el multifondo en el que se acumularán los ahorros previsionales. Existen cinco alternativas: A, B, C, D o E. El Fondo A es el que tiene mayor rentabilidad esperada, pero al mismo tiempo mayor variabilidad por tener mayor proporción de inversión en renta variable. Mientras que el Fondo E es el con menor variabilidad y rentabilidad esperada.

Comisiones de las AFP

Entre 0,49% y 1,45% de comisión de AFP. Desde el 1 de octubre de 2023 y hasta septiembre de 2025, AFP Uno cobra la comisión más baja: 0,49% de la remuneración o renta imponible de la persona.

Requisitos especiales para técnicos o profesionales extranjeros

Los técnicos o profesionales extranjeros que deseen afiliarse a una AFP en Chile deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Acreditar la calidad de técnico o profesional extranjero a través del título técnico o profesional debidamente apostillado o legalizado por el Consulado de Chile del país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile.
  2. Acreditar, mediante el Certificado respectivo, el encontrarse afiliado a un régimen de previsión o de seguridad social fuera de Chile, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que otorgue prestaciones, a lo menos, en casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte. La afiliación al sistema previsional extranjero debe ser anterior a la fecha de celebración del contrato de trabajo en Chile.
  3. Que en el contrato de trabajo respectivo el trabajador exprese: contar con un régimen previsional fuera de Chile y su voluntad de mantenerlo.

Documentación Necesaria

Título técnico o profesional: Debe encontrarse debidamente apostillado o legalizado ante el Consulado de Chile del país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Si se encuentra en un idioma distinto del español, debe contar con la traducción respectiva.

Tabla Resumen de Multifondos

Fondo Rentabilidad Esperada Variabilidad Proporción Inversión en Renta Variable
A Mayor Mayor Mayor
E Menor Menor Menor

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