La Cuenta 2 o Cuenta de Ahorro Voluntario es una cuenta de ahorro que se contrata en las AFP y cuyos fondos son invertidos por ellas. Es una cuenta de ahorro que permite cumplir tus objetivos de mediano y largo plazo, como educación, viajes, vivienda, imprevistos, entre otros. Enfocados en tus sueños, nos esforzamos por ser la AFP que realmente te entiende.

Si aún no estás en ProVida, cámbiate sin costo y empieza a ahorrar. Si ya estás afiliado a Provida, desde tu ProVida App puedes abonar o hacer giros de tus ahorros. Ahorra a tu ritmo, una vez o mensual desde $2.000. Podrías recibir tu dinero en menos de 24 hrs. (2)

Características y Beneficios de la Cuenta 2

Tus Cuentas de Ahorro Voluntario, como Cuenta 2, son flexibles, tú decides cuándo comenzar a ahorrar y cuándo dejar de hacerlo. Es una Alternativa de Ahorro para lo que tú quieras, ya que es flexible, rentable y de bajo costo.

Beneficia tu Declaración de impuestos a la Renta con Cuenta 2. Es un beneficio tributario que permite no pagar impuestos mientras la rentabilidad de la suma de los giros realizados durante el año no supere las 30 UTM ($2.067.690 aprox). Podrás estar libre del pago de impuestos si la rentabilidad total de tus giros anuales no supera las 30 UTM.

Sin embargo, los trabajadores dependientes con un solo empleador que solo tengan ingresos provenientes del trabajo, así como los pequeños contribuyentes (mineros, talleres artesanales, suplementeros, etc.), estarán exentos del Impuesto Global Complementario.

Funcionamiento de la Cuenta 2

Se pueden efectuar depósitos en forma directa en la AFP o por intermedio del empleador. En este último caso, se le autoriza para que descuente mensualmente por planilla una cantidad fija o un porcentaje de su remuneración imponible. Procesada la información, la AFP hará llegar una copia de dicho formulario al empleador. Desde ese momento, el depósito comienza a obtener la rentabilidad del fondo de pensiones elegido. Quien opte por un fondo más riesgoso o con mayor proporción de renta variable.

Por normativa, los depósitos de ahorro voluntario son acreditados en la respectiva cuenta y se encuentran disponibles para ser retirados a contar del día 11 hábil del mes siguiente al de la fecha del depósito. Luego, se procede a abonar las cuentas personales respectivas, en el tipo de fondo en que se encuentra la cuenta, utilizando el valor cuota del día anteprecedente a la fecha de acreditación.

Para ello, en cada retiro de Ahorro Voluntario que se realice, la administradora determinará la parte de capital y de rentabilidad real que se ha retirado. Luego, al inicio del año siguiente, la administradora debe enviar al afiliado un certificado anual con todos los movimientos realizados para los efectos de la Declaración de Impuesto a la Renta.

Retiros de la Cuenta 2

Los retiros de ahorro pueden realizarse en cualquier sucursal, centro de servicios, sucursal móvil de la administradora o a través de su sitio web. La solicitud debe especificar, entre otros datos, el monto en pesos o cuotas del saldo disponible de la Cuenta de Ahorro Voluntario que se desea retirar y el régimen tributario del que se realizarán los retiros.

Si la solicitud de retiro se realiza en sucursales móviles el pago se efectuará en forma diferida (cuarto día hábil siguiente de suscrito el formulario). También es posible realizar retiros mediante poder notarial a terceros, siempre que esta persona no sea funcionaria de la AFP.

Consideraciones Adicionales

Las administradoras pueden cobrar una comisión porcentual sobre el saldo administrado, establecida libremente por cada una de ellas con carácter uniforme para todos sus afiliados. A partir del 1 de octubre de 2008, las comisiones por la administración de las cuentas de ahorro voluntario solo podrán ser establecidas como un porcentaje del saldo mantenido en ellas. (1).

El afiliado podrá traspasar todo o parte de los fondos de su Cuenta de Ahorro Voluntario a su Cuenta de Capitalización Individual, con el objetivo de cumplir los requisitos para pensionarse. Asimismo, los pensionados podrán utilizar todo o parte del saldo de su Cuenta de Ahorro Voluntario para incrementar el monto de su pensión. Estos traspasos no se considerarán dentro de los 24 giros disponibles a realizar en un año.

A través de un mandato especial, el afiliado independiente puede autorizar a la Administradora para que esta realice retiros mensuales de su Cuenta de Ahorro Voluntario, con el fin de cubrir sus cotizaciones obligatorias para el Fondo de Pensiones y el 7% de salud (Fonasa o Isapre). Esos retiros están exentos de impuesto y no se contabilizan dentro de los 24 giros disponibles a realizar durante un año.

Debe solicitarse el bloqueo temporal de la cédula de identidad, por teléfono o por vía electrónica, a través de la web del Servicio de Registro Civil e identificación. Ese bloqueo estará vigente durante dos días hábiles posteriores. Por otra parte, se puede solicitar un bloqueo definitivo a través de la misma entidad, que no podrá ser revertido. Concretado esto, el trabajador debe dar aviso por escrito a la administradora.

El saldo de la Cuenta de Ahorro Voluntario de un afiliado fallecido constituye herencia, a menos que se hubiese pensionado y hubiera optado por traspasar dicho saldo a su Cuenta de Capitalización Individual.

La Rentabilidad es variable por lo que nada garantiza que las rentabilidades pasadas se repitan en el futuro.

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