En Chile, el contrato de trabajo es una pieza fundamental que rige la relación laboral entre un empleador y un trabajador. También llamado contrato laboral, es un documento que contiene todo lo referente al acuerdo entre un empleado y un empleador. Firmar este documento es útil para ambas partes, ya que deja claro desde el primer momento lo que ambos tienen que dar y lo que van a recibir.

Por otro lado, al empleador le permite tener la seguridad de que el empleado conoce cuáles son sus obligaciones y que está de acuerdo con cumplir los términos del contrato. Además, aunque es importante y necesario que conozcas al detalle que es un contrato laboral y para qué sirve, ten en cuenta que se trata de un documento obligatorio, es decir, independientemente de que sepas como funciona o no, puedes recibir una sanción si no lo utilizas o si no lo haces constar por escrito.

Cláusulas Esenciales de un Contrato de Trabajo

Las cláusulas de un contrato de trabajo son las que describen con exactitud cuáles serán los derechos y obligaciones de los empleados y de la empresa. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código del Trabajo, el contrato debe contener cláusulas que son consideradas esenciales y que no pueden faltar como, por ejemplo:

  1. Lugar y fecha del contrato. Esta cláusula describe la fecha y el lugar donde se celebró el contrato.
  2. Identificación de los contratantes. En esta parte se señala quiénes son las partes que firman el contrato, con indicación de la nacionalidad, domicilio y dirección de correo electrónico de ambas partes, si la tuvieren y fechas de nacimiento e ingreso del trabajador.
  3. Determinación de las labores a realizar. El contrato laboral debe especificar de forma clara y precisa cuál será el trabajo que realizará el trabajador, y por el cual recibirá un salario. Se deben señalar dos o más funciones específicas que sean alternativas o complementarias. De igual forma, hay que especificar el lugar o la ciudad dónde se realizará el trabajo.
  4. Remuneración acordada. Como es lógico, toda prestación de servicios debe ser recompensada con una suma de dinero periódica por parte del empleador llamada remuneración. Debe incluir la indicación del monto, forma y período de pago. Existen diferentes clasificaciones de la remuneración. Además de las clasificaciones, también existen varios tipos de remuneraciones:
    • Sueldo: Es una cantidad de dinero fija que recibe el empleado por trabajar.
    • Sobresueldo: Es el pago de las horas extraordinarias de trabajo y debe ser un recargo del 50% sobre el sueldo del empleado.
    • Participación: Este tipo de remuneración es una modalidad en la que el empleado recibe una parte de las utilidades de la empresa como pago de sus servicios, en reemplazo de un salario normal.
    • Gratificación: Se trata de una parte de las utilidades que el empleador otorga al trabajador.
  5. Plazo del Contrato. Se debe indicar el plazo del contrato, que puede ser indefinido, de plazo fijo o plazo indeterminado (es decir, por obra o faena).
  6. Duración y distribución de la jornada ordinaria de trabajo. Una de las cláusulas de un contrato de trabajo que debes colocar es la duración de la jornada de trabajo y su distribución. La cual debe indicar su duración, esto es, las horas semanales que laborará el dependiente, su distribución, es decir, los días de la semana en que prestará los servicios (no menos de cinco ni más de seis días), el horario de trabajo (hora de inicio y de término de la jornada diaria) y, por último, el tiempo destinado para la colación, tiempo que no es imputable a la jornada ordinaria. De igual forma, el empleado tiene derecho a descansar mínimo un día a la semana y máximo dos, generalmente sábado y domingo. Aunque, por lo general, se considera que el domingo es un día de descanso, puedes pedirle a un empleado que trabaje ese día -pagándole horas extras- pero solo dos al mes. En cuanto al descanso, la ley obliga que la jornada laboral se divida en dos períodos con un descanso en el medio para que los empleados puedan descansar y comer.

Tipos de Contrato de Trabajo en Chile

En Chile, existen varios tipos de contrato de trabajo, cada uno con características específicas que se adaptan a diferentes necesidades laborales:

  • Contrato Indefinido: Es el contrato más común y estable.
  • Contrato a Plazo Fijo: En este caso, el contrato tiene una duración predeterminada, que puede ser por un período máximo de un año.
  • Contrato por Obra o Faena: Este contrato se utiliza cuando el trabajo a realizar tiene una duración determinada o se relaciona con un proyecto específico. Es considerado como un tipo de contrato de trabajo por faena, pero con la particularidad de que está limitado a trabajos de construcción.
  • Contrato de Trabajo de Temporada: Es un contrato destinado a cubrir necesidades temporales de producción o servicio, que se repiten en ciertas épocas del año.
  • Contrato a Tiempo Parcial: En este tipo de contrato, el trabajador presta sus servicios por un número de horas inferior a las de un contrato a tiempo completo. En estos tipos de contratos laborales se incluyen los que son a tiempo parcial hasta indefinidos.
  • Contrato de trabajo a trato: El contrato de trabajo a trato consiste en un tipo de relación laboral que se remunera en base a la producción del trabajador.

Cláusulas Adicionales y Pactos Especiales

Hay muchas otras cláusulas de un contrato de trabajo adicionales que las empresas pueden incluir para añadir una restricción o aspecto que consideren importante.

  • Pacto de Limitación de Esfuerzo Productivo: Este pacto no puede tener una duración superior a seis meses para trabajadores regulares y de dos años para técnicos. Esta cláusula limita el esfuerzo productivo de un empleado a una sola empresa durante un período de tiempo determinado, generalmente como compensación a la formación o especialización que ha recibido de esa empresa.
  • Pacto de No Concurrencia: El empleado que esté de acuerdo con este pacto puede trabajar con varias empresas simultáneamente siempre que no exista competencia desleal entre ellas. Este pacto suele ser uno de los más comunes que puedes encontrar en cualquier contrato de trabajo, tanto que se le podría llamar uno de los esenciales, aunque no sea obligatorio.

Consideraciones Adicionales

Además de contener las cláusulas esenciales que puedes ver más arriba, en un contrato de trabajo deben existir una serie de hechos que configuren la situación jurídica de la relación laboral. Teniendo esto en cuenta, es totalmente válido un contrato de trabajo de palabra en el que las partes, si bien no firman ningún documento, llegan a un acuerdo. Por otro lado, si el empleado se niega a firmar el contrato, el empleador tiene el derecho de enviar al empleado a la Inspección del Trabajo.

Contratos Electrónicos y Teletrabajo

El avance tecnológico ha requerido actualizar las leyes, permitiendo la celebración de contratos electrónicos bajo la presente ley, con reglas específicas para asegurar su validez y legalidad. El teletrabajo ha ganado popularidad, requiriendo contratos adaptados a su naturaleza.

Término del Contrato

Existen diversas formas en que un contrato de trabajo puede llegar a su fin:

  1. Ambas partes pueden decidir poner fin al contrato laboral de forma consensuada.
  2. El trabajador puede renunciar notificando al empleador por escrito con al menos 30 días de antelación.
  3. El empleador puede rescindir el contrato laboral argumentando causas económicas, estructurales o de fuerza mayor.

Obligaciones del Empleador

El empleador está obligado a registrar los contratos en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT) dentro de los 15 días hábiles siguientes a su celebración.

Resolución de Disputas

En caso de disputas, esta interpretación busca resolverlas de manera justa según las especificaciones del artículo correspondiente de la ley y las cláusulas de un contrato de trabajo.

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