Calcular el sueldo proporcional por días trabajados en Chile es un procedimiento esencial para entender cuánto corresponde a un trabajador que no ha completado el mes laboral. Este cálculo se utiliza comúnmente al momento de renunciar o cuando un trabajador es despedido. Te enseñaremos a realizar este cálculo paso a paso, además de explicarte los fundamentos que sustentan este procedimiento.
Pasos para Calcular el Sueldo Proporcional
- Identifica los días trabajados: Cuenta cuántos días efectivamente trabajaste en el mes.
- Calcula el sueldo diario: Divide tu sueldo mensual entre 30.
- Multiplica por los días trabajados: Finalmente, multiplica el sueldo diario por la cantidad de días que trabajaste.
Fórmula
Divide el sueldo mensual por 30 y multiplícalo por los días efectivamente trabajados.
Ejemplo Práctico
Imagina que tu sueldo mensual es de $900.000 y trabajaste 15 días en el mes. Aplicando la fórmula: ($900.000 / 30) * 15 = $450.000. Por lo tanto, tu sueldo proporcional por esos 15 días sería de $450.000.
Consideraciones Adicionales
Es fundamental tener en cuenta que el cálculo puede variar si el trabajador tiene bonos, horas extras o descuentos que deban ser considerados. Siempre se recomienda revisar el contrato de trabajo y las normativas laborales vigentes para asegurar que se está realizando el cálculo de manera correcta.
Calcular el sueldo diario es fundamental para quienes necesitan conocer su remuneración proporcional por días trabajados en un período determinado. A la hora de realizar el pago de remuneraciones, siempre surgen dudas, confusiones e incluso errores. Muchos se confunden y dividen el sueldo por días hábiles o total del mes, pero es mucho más sencillo.
Lo primero que debes saber es el valor diario del trabajo del trabajador. Para obtener el valor diario, debes dividir su sueldo en base a 30 días. No importa si el mes tiene 31 o 28 días, el cálculo de sueldo diario se realiza en base a 30 días. Una vez obtenido el valor diario, podrás hacer descuentos o pagar remuneraciones según casos de inasistencia.
¿Cómo se calcula el pago de la remuneración cuando existen inasistencias?
Lo primero que debes saber, es que hay 3 tipos de inasistencias: Licencia Médica, Fracción de Mes o Ausencia. Todas se pagan en base al sueldo diario. El problema está en la forma en que se pagan; ¿Se descuentan días o se consideran los días que trabajó una persona?
- Licencia Médica: En caso que el trabajador se ausente por licencia médica, se debe pagar remuneración según días trabajados.
- Fracción de mes: Esto quiere decir que el trabajador ingresó a la empresa a mediados de mes. El pago de su remuneración se considera según días trabajados. Para entender mejor, se tiene la siguiente fórmula:
Sueldo Base Calculado = (Sueldo Base / 30) x Días Trabajados
Suponiendo un sueldo fijo de $500.000, trabajador ingresó el día 10:
- Sueldo Base Calculado (Marzo) = ($500.000 / 30) x (22) = $366.667
- Sueldo Base Calculado (Abril) = ($500.000 / 30) x (21) = $350.000
- Sueldo Base Calculado (Febrero) = ($500.000 / 30) x (19) = $316.667
- Ausencia: Por último, cuando un trabajador se ausenta del trabajo, se le descontará al trabajador los días de ausencia que tuve en su trabajo. Para entender mejor, se tiene la siguiente fórmula:
Sueldo Base Calculado = (Sueldo Base / 30) x (30 - Ausentismo)
Suponiendo un sueldo fijo de $500.000, trabajador se ausentó 3 días:
Sueldo Base Calculado = ($500.000 / 30) x (30 - 3) = $450.000
Este cálculo se realiza de la misma forma ya sea un mes de 31, 30 o 28 (29) días.
Con cada fin de mes se viene el pago de remuneraciones para todos los colaboradores dentro de la empresa. Existen distintos tipos de remuneraciones, así como el sueldo, sobresueldo, comisión, participación y gratificación. De este resultado, se obtiene el sueldo líquido final que se paga a todo trabajador contratado.
Es muy importante distinguir entre Haberes Imponibles y Haberes No Imponibles. Los Haberes No Imponibles se refieren a aquellos que son gastos propios del trabajador para la empresa, por ejemplo: movilización, colación, viáticos, caja chica, desgaste de herramientas o indemnización por parte de la empresa.
Una vez que ya obtengas la suma de los haberes, es hora de restar los descuentos legales. Para terminar bien el proceso de remuneración es importante considerar "Otros Descuentos" y los Aportes Patronales.
Cálculo de Horas Extras
Para calcular el valor de las horas extras, en el caso de un trabajador contratado por 44 horas semanales y con sueldo mensual, debe dividirse su sueldo en 30 y multiplicarse por 28, dividiendo luego el resultado por 176. El valor obtenido corresponde al valor de la hora ordinaria. Por último, al resultado obtenido se le debe aumentar el 50%, multiplicándose por 1,5.
Para determinar el valor de la hora extraordinaria de un trabajador remunerado con sueldo diario para una jornada de 44 horas distribuida en seis días, debe multiplicarse el sueldo diario por el número de días de la semana en que debe prestar servicio (6), agregándose al producto obtenido lo pagado por concepto de semana corrida, y luego dividir el producto obtenido por el número de horas ordinarias que comprende su jornada semanal. El resultado debe incrementarse en un 50%. A igual valor se llega si se multiplica el sueldo diario incrementado por la semana corrida por el factor 0,2045454.
Descuento por Ausencias
Uno de los errores más comunes es cómo se calcula el pago de remuneraciones en caso de inasistencia al trabajo. Sea cual sea la inasistencia, lo primero que debes tener en cuenta es el valor diario del trabajo de la persona en cuestión. No importa si el mes tiene 31 o, en caso de febrero, que tiene 28.
Cuando el trabajador tiene una remuneración fija mensual, para determinar el descuento por un día no trabajado debe dividirse tal remuneración por 30, cualquiera sea la cantidad de días que contemple un determinado mes. La Dirección del Trabajo ha señalado que cuando el trabajador ha pactado una remuneración fija mensual, para determinar el descuento por un día no laborado debe dividirse tal remuneración por 30.
En este caso el colaborador se ausenta por alguna enfermedad física o sicológica, se debe pagar remuneración según días trabajados. Quiere decir que el trabajador ingresó a la empresa a mediados de mes. El pago de su remuneración se considerará según días trabajados. Aquí se le descontará a la persona el día o días de ausencia que tuvo en su trabajo.
Aspectos Importantes en el Pago de Remuneraciones
- Flexibilidad en la Jornada: Si tienes un acuerdo de horario especial con tu trabajador, o si ocurren cambios en la jornada laboral, que no se te olvide considerar esto.
- Sueldo Real: No se te olvide ver cuál es el sueldo base real antes de calcular el valor de la hora ordinaria.
- Horas Extras: Las horas que excedan la jornada ordinaria deben calcularse con un recargo, usualmente del 50% sobre el valor hora ordinaria.
Ley Sanna
La Ley Sanna va a cargo del empleador y se paga junto con el porcentaje del pago de la mutual. Pero... ¡Ojo! El no pagar la mutual, no significa que tampoco se deje de pagar la Ley Sanna. Esta última debe pagarse siempre.
Seguro de Cesantía
El pago del seguro de cesantía varía según el tipo de contrato de trabajo. En el caso de ser contrato indefinido, el 2,4% se paga por parte del empleador y un 0,6% por parte del trabajador.
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