El Estado, a través del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), ofrece valiosos beneficios a los trabajadores y trabajadoras de Chile. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo. El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) otorga un aporte mensual o anual a trabajadoras de entre 25 y 59 años, con renta inferior a $635.651 mensuales.

¿Quiénes pueden postular al Bono al Trabajo de la Mujer?

Para acceder a este beneficio, es fundamental cumplir con ciertos requisitos:

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).

¿Quieres verificar si cumples con los requisitos de postulación?

Requisitos para ser beneficiaria y recibir el pago

Para ser beneficiaria y recibir el pago, debes cumplir con los siguientes requisitos, además de los ya mencionados:

  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.

También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados.

Formas de Pago

Existen dos formas de pago para el Bono al Trabajo de la Mujer: anual y mensual.

Pago Anual:

  • Percibir una renta bruta anual (2025) inferior a $7.948.180.
  • El Pago Anual se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

Pago Mensual:

  • Percibir una renta bruta mensual (2025) inferior a $662.348.
  • Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta brutal mensual inferior a $662.348.
  • Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.

¿Cómo funciona el pago?

Es importante entender cómo funciona el pago del bono:

  • Por su fórmula de cálculo, no estás sujeta a devolución de dinero.
  • Son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.
  • A mayor renta, el monto aumenta. El monto se mantiene constante. A mayor renta, el monto disminuye.
  • Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria.
  • Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.
  • Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

¿Cómo Postular?

Aquellas que quieran solicitarlo deben ingresar a esta página web CLICK AQUÍ, iniciar sesión con su RUT y Clave Única, y seleccionar la opción “trabajadora”. Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala. Se puede postular los 365 días del año.

Información Adicional

  • El Bono al Trabajo de la Mujer se puede recibir de forma mensual durante un máximo de cuatro años consecutivos, siempre y cuando se continúen cumpliendo los requisitos establecidos.
  • Es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Este varía de acuerdo con la renta que recibes, y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud.
  • En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
  • En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
  • En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
  • La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
  • “Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
  • ¡Evita problemas o retrasos con tu pago!

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