El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Este bono busca fortalecer la autonomía económica, favorecer el desarrollo de habilidades y el manejo de herramientas técnicas para enfrentar el mercado del trabajo.
¿Quiénes pueden postular?
Si eres una mujer que tiene entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses), puedes postular a este programa. Para ser elegible, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
- Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
- Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).
Requisitos para ser beneficiaria y recibir el pago
Para ser beneficiaria y recibir el pago del BTM, debes cumplir con los siguientes requisitos adicionales:
- Percibir una renta bruta anual (2025) inferior a $7.948.180.
- En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta brutal mensual inferior a $662.348.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
¿Cómo funciona el pago?
Existen dos formas de pago para el BTM: anual y mensual.
- Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
- Pago Mensual: Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
El monto del bono varía de acuerdo con la renta que recibes, y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud.
¿Cómo se calcula el monto del subsidio?
- A mayor renta, el monto disminuye.
El pago se realiza de las siguientes maneras:
- Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria. * Se recomienda optar por depósito bancario que pago en efectivo.
- Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.
¿Si mi forma de pago es en efectivo, cuánto tiempo tengo para retirar el monto del subsidio?
Se puede postular los 365 días del año.
Beneficios adicionales
Además del bono en dinero, en cada comuna se coordinarán actividades de apoyo adicionales que incluyen diversas capacitaciones, cuidado infantil, nivelación de estudios y alfabetización digital. También se brindará atención de salud odontológica, psicológica y general a las mujeres, junto con apoyo en temas migratorios, atenciones psicosociales y jurídicas, entre otros servicios que buscan fortalecer la autonomía económica y el bienestar integral de las participantes.
¿Qué pasa si tengo un pago suspendido?
En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano. Para ello, sigue estos pasos:
- Debes ingresar a buzonciudadano.sence.cl e ingresar tu RUT y Clave Sence. Si no la tienes, solicítala.
- Completa los datos del formulario de solicitud y atención. Recuerda seleccionar la opción "Pregunta" en el campo "tipo de solicitud".
- En el campo "descripción", escribe el periodo (mes o año) en el que el pago ha sido suspendido.
- Adjunta la documentación requerida. En el campo "documento opcional", adjunta en un solo archivo todos los documentos timbrados y firmados.
- Finaliza tu solicitud. Después de ingresar el código de validación, el sistema entregará un número de solicitud.
Renuncia al Bono
En caso de ser trabajadora, para renunciar al Bono al Trabajo de la Mujer, debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiaria del subsidio. Además, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° e inciso tercero del artículo 4° del decreto N°3, de 2012, que aprueba el Reglamento del artículo 21° de la ley N°20.595, las trabajadoras dependientes e independientes podrán acceder al subsidio por una sola vez, por un plazo de 4 años continuos.
En caso de ser empleador, “Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
¿Qué es la reliquidación? ¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso?
Es la devolución de montos percibidos en exceso generada cuando la suma de pagos provisionales mensuales es superior al monto del subsidio anual. La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos?
Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
Compatibilidad con otros beneficios
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiaria para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por BTM quedará suspendido.
Información para empleadores
Es un beneficio en dinero que entrega el Estado a los empleadores(as) que contratan mujeres de los grupos más vulnerables. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.
¿Qué debo hacer para solicitar montos de una familiar fallecida que fue beneficiaria del BTM?
Para solicitar los montos de una beneficiaria fallecida del BTM, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde, se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible de la usuaria fallecida y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).
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