El Bono de Escolaridad es un beneficio importante para los trabajadores públicos en Chile. Este artículo detalla los requisitos y el proceso para acceder a este bono, incluyendo los plazos de declaración y la documentación necesaria.
¿Qué es el Bono Escolar?
De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 13 de la Ley N° 21.647, se concede un Bono de Escolaridad no imponible ni tributable por cada hijo, entre cuatro y veinticuatro años, que sea carga familiar reconocida para los efectos del D.F.L. N° 150 de 1981 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Este beneficio se otorgará por los hijos reconocidos como cargas familiares y siempre que se encuentren cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza pre básica del 1er Nivel de Transición, 2do.
Requisitos para el Bono Escolar
- Ser reconocido como carga familiar para efectos del D.F.L.
- El hijo debe tener entre cuatro y veinticuatro años.
- El hijo debe estar cursando estudios regulares en los niveles de enseñanza pre básica del 1er Nivel de Transición, 2do.
Proceso de Declaración del Bono Escolar
Para que el MINEDUC transfiera los recursos para pagar estos bonos, se debe ingresar con el perfil del establecimiento en el sitio comunidad escolar, y seleccionar el link Procesos de Bonos y Aguinaldos, luego de lo cual se despliega aplicativo para estos efectos, en el cual se debe indicar los tramos de renta de sus trabajadores sólo para aquellos de Plantas o a Contrata.
Pasos Previos al Uso del Aplicativo
Antes de comenzar a registrar la información en el sistema, asegúrese de actualizar los datos de los trabajadores en SIGE en los módulos de Idoneidad Docentes y Asistentes de la Educación, ya que esta información se integrará automáticamente al aplicativo. Si es necesario agregar a un funcionario no registrado, debe ingresarlo previamente en SIGE y luego sincronizar los datos en el aplicativo de bonos mediante la pestaña Sincronizar Personas.
Carga de Información de Cargas Familiares
En aplicativo se ha pre-cargado la información de cargas familiares de acuerdo a registros de la SUSESO. Los datos que aparecen de las cargas familiares fueron entregados por la entidad antes mencionada. Para incorporar nuevas cargas debe ingresar datos de la carga (RUN; Nombres, Ap. Paterno, Ap. Materno).
Además, debe informar del tipo de Educación del Alumno (Escolar o Superior), debiendo Subir Certificado de alumno en el caso de Ed. La información se valida en línea con registro civil. En caso de que la información de las cargas sea errónea, se desplegará un mensaje indicando que los datos no concuerdan con los proporcionados por el Registro Civil, en cuyo caso se debe cotejar la información con la cedula de Identidad o certificado de Nacimiento.
Es importante que verifique que las cargas familiares de sus trabajadores se encuentren actualizadas ante la respectiva institución previsional (Cajas de Compensación, IPS, otro), ya que la información ingresada en el aplicativo será validada con aquella que entreguen estas instituciones a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
Pasos para Agregar Nuevas Cargas Familiares
- Ingresar RUN, nombres, apellido paterno y apellido materno.
- La validación de los datos se realizará en línea con el Registro Civil.
- En caso de error en la carga de datos, aparecerá un mensaje indicando la inconsistencia. Verifique los datos con la Cédula de Identidad o el Certificado de Nacimiento.
Plazos de Declaración
Se ha habilitado el sistema de captura de datos para el pago del Bono Escolar y Bono Adicional correspondiente a marzo de 2025. El plazo para realizar la declaración es desde el 27 de febrero hasta el 11 de marzo a las 12:00 hrs.
Acceso al Sistema
Para acceder al sistema, los sostenedores deben ingresar al sitio Comunidad Escolar utilizando el perfil del establecimiento. Luego, deben seleccionar el enlace Procesos de Bonos y Aguinaldos, donde podrán acceder al aplicativo correspondiente.
Consideraciones Finales
Recuerde imprimir el comprobante de declaración. Si detecta algún error, podrá corregirlo mediante la opción Rectificar en el aplicativo. Cada rectificación requerirá una nueva declaración. Este es el único medio habilitado para realizar la declaración.
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