Existen diferentes beneficios estatales destinados a las mujeres trabajadoras y también a las dueñas de casa. Dependiendo de tu caso, podrás acceder y solicitar apoyo financiero durante tu embarazo.
Asignación Maternal
La Asignación Maternal es un aporte económico derivado de la Asignación Familiar, dirigido a trabajadoras embarazadas o cónyuges de trabajadores que las acrediten como carga.
¿Quiénes pueden recibir la Asignación Maternal?
- Trabajadoras embarazadas dependientes e independientes.
- Trabajadores dependientes e independientes cuya cónyuge embarazada sea causante de la Asignación Familiar.
Dicho pago se realiza considerando el rango de ingresos del hogar, a través del sueldo percibido por el beneficiario. La Asignación Maternal facilita una suma de dinero mensual.
¿Cómo solicitar la Asignación Maternal?
La solicitud para comenzar a recibir el programa se puede realizar solo a partir del quinto mes de embarazo, sin embargo, una vez asignado, el beneficio se paga retroactivamente hasta completar el periodo de gestación. Dicho trámite se puede realizar en el sitio de IPS en Línea o de forma presencial en una sucursal de ChileAtiende.
Documentos Necesarios:
- Cédula de identidad.
- Certificado médico que acredite el quinto mes de embarazo, emitido por el Servicio de Salud Público o un facultativo privado y visado por la Compin.
- Poder notarial simple, si el trámite lo realiza un apoderado.
- Autorización de carga familiar, si se es carga de un trabajador.
Subsidio Familiar (SUF)
Si estás embarazada y no cotizas en una AFP, y tampoco en una institución de salud (Fonasa o Isapre), puedes acceder al Subsidio Familiar, también conocido como Familiar o SUF. Para recibir el SUF Maternal no puedes contar con otros ingresos o derechos similares (Asignación Familiar, ingreso por concepto de trabajo y/o derecho al prenatal y postnatal, Subsidio Familiar, entre otros).
Si integras el 40% más vulnerable, tienes menos de 18 años, y cumples los demás requisitos, recibirás el Subsidio Familiar (SUF) de forma automática. Recibirás $21.243 por cada carga familiar que acredites.
Recibirás el Subsidio Familiar (SUF) si como persona beneficiaria no estás en condiciones de mantener a tus cargas (causantes). Importante: no deben tener un ingreso igual o superior al valor del Subsidio Familiar.
Una vez que el bebé nazca y en un plazo no superior a tres meses, se realizará la transferencia del beneficio bajo el concepto “recién nacido”, con el propósito que puedas mantener el Subsidio Familiar. Este beneficio dura tres años, contados desde el mes en que comenzó a recibirse.
El pago del SUF está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS).
¿Qué hacer si cambias de SUF a Asignación Familiar o Maternal?
A partir del 1 de noviembre de 2024, si cambias del SUF a la Asignación Familiar o Maternal, mantendrás el mismo monto del SUF. El SUF se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre del año en que el causante cumpla los 18 años.
¿Cómo reclamar el SUF?
Si el alcalde o alcaldesa de tu comuna rechaza tu solicitud, tendrás un plazo de 5 días hábiles (desde que te notifiquen) para reclamar ante la Delegación Presidencial Regional. Para reclamar el derecho o monto del SUF (automático o tradicional), o las fechas de inicio y/o término, puedes presentar un reclamo en la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
Subsidio por Incapacidad Laboral
Durante los períodos en que se hace uso de los descansos o permisos de protección a la maternidad se otorga un subsidio por incapacidad laboral, que es un beneficio previsional en dinero que se paga en reemplazo de la remuneración de la trabajadora o trabajador dependiente del sector privado o en reemplazo de la renta de la trabajadora o trabajador independiente, siempre que cumplan los requisitos que exige la ley.
Los subsidios se devengan por día, desde el primer día de la correspondiente licencia médica si ésta es superior a 10 días o desde el cuarto día si ella fuere igual o inferior a 10 días. La enfermedad debe ser comprobada con certificado médico.
Requisitos para acceder al subsidio por incapacidad laboral:
- Tener tres meses de cotización dentro de los seis meses anteriores a la fecha inicial de la licencia médica.
- Estar al día en el pago de las cotizaciones.
Durante los períodos de incapacidad laboral, la entidad pagadora del subsidio debe enterar en las entidades administradoras de los regímenes de pensiones y salud que corresponda las cotizaciones para pensiones, salud y desahucio que procedan, las que son de cargo del respectivo régimen de salud.
Permiso por Enfermedad Grave de Hijo/a
El permiso por enfermedad grave de un niño o una niña menor de un año es un derecho de las mujeres trabajadoras cuando la salud del hijo o de la hija requiera atención en el hogar con motivo de una enfermedad grave, circunstancia que debe ser acreditada mediante certificación médica.
Si ambos padres trabajan, cualquiera de ellos (a elección de la madre) puede gozar del permiso y subsidio que reemplaza su remuneración, con excepción del período de permiso postnatal parental utilizado en jornada parcial.
TAG: #Trabajo

