El Sistema de Pensiones en Chile se basa en la capitalización individual, donde cada trabajador afiliado efectúa mensualmente un aporte previsional del 10% de su sueldo, acumulado en una Cuenta de Capitalización Individual. Este fondo aumenta con los aportes del trabajador y la rentabilidad obtenida de la inversión de estos fondos.
La administración de los ahorros es realizada por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que gestionan los aportes para otorgar las prestaciones previsionales. Estas instituciones cobran una comisión a sus afiliados por administrar sus ahorros, un porcentaje del sueldo imponible que varía según la AFP.
La afiliación a una AFP es obligatoria para los trabajadores dependientes. Por ley, la persona será parte de la AFP que gana la licitación que dura 24 meses y luego puede elegir si quedarse o cambiarse a otra; considerando la rentabilidad, monto de la comisión y servicios que te ofrece. Cuando el trabajador es parte del sistema antiguo de pensiones en regímenes administrados por el IPS, el cambio se hace de igual forma que los trabajadores nuevos. Sí, el trámite para cambiarse de AFP es muy simple, se puede hacer a través de la página web o en las sucursales.
Pilares del Sistema de Pensiones Chileno
El Sistema de Pensiones en Chile está integrado por tres pilares que funcionan coordinada e interrelacionadamente:
- Pilar Contributivo u Obligatorio: Administrado por las AFP, los trabajadores aportan mensualmente el 10% de su remuneración imponible, más una comisión por administración, a una cuenta a su nombre en el Fondo de Pensiones.
- Pilar Voluntario: Permite al trabajador hacer un aporte adicional al obligatorio para aumentar su ahorro previsional, con beneficios del Estado.
- Pilar Solidario: Pensado para evitar la pobreza en la vejez, financiado por el Estado, ayuda a quienes se encuentran en el 60% más vulnerable de la población, entregando pensiones y/o aportes a quienes tienen nula o escasa participación en el sistema. Este pilar se financia con los impuestos generales de la nación y los beneficios rigen a partir de los 65 años.
Beneficios del Sistema de Pensiones
El Sistema de Pensiones protege al afiliado ante la vejez y los riesgos de invalidez y muerte. La protección se efectúa mediante el otorgamiento de pensiones, que son pagadas directamente al afiliado por las AFP o una compañía de seguros, o bien, a los componentes del grupo familiar si éste fallece.
El afiliado tiene derecho a recibir una Pensión de Vejez cuando cumple la edad legal, estos es, 60 años en el caso de las mujeres y 65 años para los hombres. Una vez que el afiliado decide pensionarse debe acudir a su AFP y llenar la Solicitud de Pensión y la Declaración de Beneficiarios.
La AFP pone a disposición del afiliado el certificado de saldos y lo envía en forma electrónica al Sistema de Consultas de Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP), un sistema electrónico de interconexión entre las AFP y las compañías de seguros de vida. El afiliado recibe un certificado de ofertas y montos de pensión para que pueda elegir la modalidad que más le acomode. Para estos trámites se puede contratar a un asesor previsional, que cobra una comisión por este servicio. El monto de la Pensión de Vejez se determina como una proporción de los fondos acumulados.
La invalidez puede ser total o parcial, teniendo en consideración la pérdida de la capacidad de trabajar que se haya sufrido. El monto de la Pensión de Invalidez total es equivalente a 70% del promedio de las rentas percibidas por el afiliado durante los últimos 10 años, debidamente actualizadas, de acuerdo con la inflación.
La Pensión de Sobrevivencia se confieren a la viuda o al viudo, a la madre o padre de hijos de filiación no matrimonial, a los hijos, y a falta de los anteriores, a los padres. Estas se financian del mismo modo que la Pensión de Invalidez.
Modalidades de Pensión
- Renta temporal con renta vitalicia diferida: el afiliado opta por transferir parte de los fondos de su cuenta individual a una compañía de seguros de vida, a cambio de una renta mensual a contar de una fecha futura determinada en el contrato.
- Retiros programados: el afiliado opta por mantener los fondos de su cuenta individual en la AFP, o bien, transferidos a la Administradora de Fondos de Pensiones de su elección y efectuar retiros mensuales con cargo a ésta.
- Retiros programados con renta vitalicia inmediata: el afiliado opta por mantener un porcentaje de su fondo en su cuenta en una AFP y con ello obtener el pago de una pensión por retiro programado.
Inversión de los Fondos de Pensiones
Los recursos previsionales de afiliadas y afiliados se invierten a través de un esquema de multifondos de pensiones. Corresponde a las cinco alternativas de inversión (Fondos de Pensiones) que ofrecen las AFP a sus afiliados para invertir sus ahorros obligatorios y/o voluntarios.
La ley establece los tipos de instrumentos en los cuales se pueden invertir los ahorros previsionales de los trabajadores, así como las operaciones y contratos que se pueden celebrar. Las inversiones se rigen por normas legales de diversificación contempladas en el D.L. 3.500, que reducen el riesgo de los fondos.
El Fondo Tipo A tiene una mayor proporción de sus inversiones en renta variable, la que va disminuyendo progresivamente en los Fondos B, C y D. La creación de los Fondos Tipos B, C, D y E es de carácter obligatorio para las AFP. Asimismo, el afiliado puede en cualquier momento solicitar cambio de tipo de fondo de una o más de sus cuentas personales.
Los Instrumentos de Renta Variable son títulos representativos de propiedad o capital de una sociedad o empresa, como las acciones que se transan en la Bolsa de Valores. Los instrumentos de Renta Fija son aquellos títulos que al momento de la inversión entregan una rentabilidad conocida en un período determinado. Sin embargo, durante ese período su rentabilidad varía de acuerdo con su valor de mercado.
Administración del Sistema
La administración del sistema se financia a través del cobro de comisiones que determinan libremente las Administradoras sobre la base de criterios objetivos, con carácter uniforme para todos los afiliados, debiendo ser anunciadas públicamente. En la actualidad se encuentran operando en Chile un total de siete Administradoras de Fondos de Pensiones.
El D.L. Las Administradoras son instituciones que deben constituirse legalmente como sociedades anónimas, rigiéndose por los cuerpos legales que regulan esta clase de sociedades. El capital mínimo para la formación de una AFP es el equivalente a 5.000 Unidades de Fomento, el cual aumenta en relación con el número de afiliados incorporados a la Administradora, hasta alcanzar 20.000 Unidades de Fomento.
El Fondo de Pensiones que administra la AFP es un patrimonio separado, distinto y completamente independiente del capital de la Administradora. Las AFP están obligadas, en forma individual, a obtener cierta rentabilidad mínima para sus fondos. Los recursos de los Fondos de Pensiones sólo pueden invertirse, para obtener una adecuada rentabilidad y seguridad, en valores expresamente establecidos por la Ley.
Uno de los principales problemas que impacta negativamente el ahorro para la vejez de los trabajadores chilenos es el NO pago de las cotizaciones previsionales por parte de sus empleadores. Por otra parte está la subcotización, que se produce cuando el empleador paga las cotizaciones por una parte de sueldo y no por el total.
Los Fondos de Pensiones han contribuido de manera importante al desarrollo del mercado de capitales. Un estudio de Vittorio Corbo y Klauss Schmidt-Hebbel demuestra que la reforma previsional explica en un tercio el mayor crecimiento económico que el país ha experimentado desde 1980 en adelante. Lo anterior ha permitido el financiamiento a largo plazo de viviendas, empresas y proyectos de inversión.
A modo de ejemplo, con las emisiones de bonos se ha financiado la ampliación de las redes de comunicaciones; la construcción de plantas de celulosa, cemento, coke, yodo; el financiamiento de contratos de leasing de bienes de capital; la construcción de centros comerciales, etc. Además, invirtiendo en cuotas de fondos de inversión, se ha posibilitado la apertura, desarrollo y expansión de empresas cerradas y se han financiado obras de infraestructura pública, como carreteras, puertos, aeropuertos, plantas de tratamiento de aguas, etc.
TAG:

