La Cámara de Diputados de Chile ha aprobado la reforma a las pensiones acordada entre el Gobierno y la oposición, modificando aspectos claves del sistema previsional del país.
Desde 1981, el sistema se basa en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), instituciones que administran los ahorros de las personas a través de la capitalización individual. El proyecto, que busca solucionar el problema de las bajas jubilaciones, modifica algunos elementos del sistema actual, aunque mantiene algunas de sus bases.
¿Qué Pasará con las AFP en la Reforma?
La iniciativa no pone fin a las AFP, tal como lo proponía el proyecto original ingresado por el Ejecutivo en noviembre de 2022. Aunque la capitalización individual seguirá vigente, se establecerán algunos cambios en su funcionamiento. Por ejemplo, se fijará nuevo sistema de carteras de referencias y de premios y castigos para las administradoras en base a la rentabilidad de los fondos.
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, ha dicho que a pesar de la continuidad de las AFP, la propuesta acordada con la oposición avanzará directamente al establecimiento de un sistema de pensiones mixto en Chile. “Las AFP se van a concentrar en lo que saben hacer, que es la administración de inversiones. Al mismo tiempo, se les exigirá mucho más en términos de rendimiento y competencia”, ha dicho la autoridad el pasado domingo en una entrevista al programa Mesa Central de Canal 13.
Licitación de Stock
La licitación de stock es una licitación pública de la cartera de nuevos afiliados que ingresan al sistema de capitalización individual en una AFP. Según lo descrito por la Superintendencia de Pensiones, la ley establece que esa cartera se adjudique a la administradora que cobre la comisión más baja por gestionar los ahorros previsionales obligatorios de las personas.
En el proyecto despachado desde el Congreso se propone una licitación cada dos años para los grupos de afiliados que ya estén dentro de las AFP, los que son seleccionados de manera aleatoria, y que equivalen al 10% de los afiliados del sistema. Ganará la subasta la administradora que oferte la menor comisión. Solo podrán participar las administradoras que tengan menos del 25% de los afiliados del sistema.
Distribución de la Cotización Adicional
El acuerdo también ha establecido una nueva cotización con cargo a los empleadores. El nuevo aporte llegará al 8,5% de las cotizaciones, del cual un 7% corresponde a la renta imponible y el resto, el 1,5%, el que ya existe para cubrir el seguro de invalidez y sobrevivencia.
La distribución completa de este monto corresponde al 4,5% para capitalización individual; y un 4% que será administrado por el Seguro Social. Del porcentaje que se desprende del Seguro Social, un 2,4% cubrirá las contingencias de invalidez y sobrevivencia y la compensación a mujeres que, por tener mayor expectativa de vida, han recibido montos menores en su jubilación respecto a los hombres. El 1,5% restante financiará un beneficio por año cotizado, el cual será transitorio y con el que se pretende aumentar algunas pensiones.
Aumento de la PGU
La Pensión Garantizada Universal (PGU), el aporte estatal entregado a los pensionados que reciben bajas pensiones, tendrá un alza escalonada en su monto si es que la reforma a las pensiones es despachada por el Congreso durante esta semana. De acuerdo al cronograma, el monto del pago -que en febrero llegará a 214.296 pesos (217 dólares)- alcanzará los 250.000 pesos (254 dólares) inicialmente para los mayores de 82 años, para alcanzar a los mayores de 65 años al mes 30 después de promulgada la ley.
Reemplazo de los Multifondos
El actual sistema previsional dispone de cinco fondos (A, B, C, D y E), los que son administrados por las AFP como alternativas de inversión. Cada fondo se diferencia por el nivel de riesgo y rentabilidad. La reforma propone reemplazar estos multifondos por los denominados Fondos Generacionales, que acompañarán a los afiliados a lo largo de los años.
El proyecto establece al menos 10 fondos generacionales desde donde los afiliados no podrán moverse, ya que su ubicación dependerá de su edad.
Próximos Pasos para la Aprobación del Proyecto
Una vez despachada la iniciativa desde el Congreso, el proyecto deberá pasar por el Tribunal Constitucional (TC), el órgano que controla el cumplimiento de la Constitución chilena. Algunos diputados del Partido Republicano y del Partido Social Cristiano, de la derecha dura, habían anunciado una reserva de constitucionalidad para las normas acordadas por el oficialismo y Chile Vamos. Una vez superado este paso, la nueva ley quedará en condiciones para ser promulgada.
El Sistema de Pensiones en Chile
El Sistema de Pensiones en nuestro país otorga una pensión al afiliado en caso de vejez e invalidez, y a su familia, pensiones de sobrevivencia. La administración de los ahorros es realizada por instituciones llamadas AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones), que tienen como rol gestionar los aportes para otorgar las prestaciones previsionales.
¿En qué consiste el Sistema?
El actual Sistema de Pensiones se basa en la capitalización individual. Esto significa que cada trabajador afiliado efectúa mensualmente un aporte previsional del 10% de su sueldo que es acumulado en una Cuenta de Capitalización Individual, que aumenta de acuerdo a los aportes que realiza el trabajador y a la rentabilidad obtenida con la inversión de sus fondos. Estas instituciones cobran una comisión a sus afiliados por administrar sus ahorros, que es un porcentaje del sueldo imponible y varía de acuerdo a cada AFP.
La afiliación a una AFP es obligatoria para los trabajadores dependientes. Por ley, la persona será parte de la AFP que gana la licitación que dura 24 meses y luego puede elegir si quedarse o cambiarse a otra; considerando la rentabilidad, monto de la comisión y servicios que te ofrece. Cuando el trabajador es parte del sistema antiguo de pensiones en regímenes administrados por el IPS, el cambio se hace de igual forma que los trabajadores nuevos.
Pilares del Sistema de Pensiones
El Sistema de Pensiones en Chile está integrado por tres pilares que funcionan en forma coordinada e interrelacionada: el Contributivo u Obligatorio, el Voluntario y el Solidario.
- Pilar de Ahorro Contributivo u Obligatorio: en el Sistema de Capitalización Individual es administrado por las AFP y los trabajadores aportan mensualmente el 10% de su remuneración imponible, más una comisión por administración, la que va de manera íntegra a una cuenta a su nombre en el Fondo de Pensiones.
- Pilar Voluntario: es aquel que permite al trabajador hacer un aporte adicional al obligatorio con el fin de aumentar su ahorro previsional, con beneficios del Estado.
- Pilar Solidario: está pensado para evitar la pobreza en la vejez a través de financiamiento estatal, ayuda a quienes se encuentran en el 60% más vulnerable de la población, entregando pensiones y/o aportes a aquellas personas que tienen nula o escasa participación en el sistema y por lo tanto no pueden autofinanciar una pensión o esta es insuficiente. Este pilar se financia con los impuestos generales de la nación y los beneficios rigen a partir de los 65 años.
Beneficios del Sistema de Pensiones
El Sistema de Pensiones protege al afiliado ante la vejez y los riesgos de invalidez y muerte. La protección se efectúa mediante el otorgamiento de pensiones, que son pagadas directamente al afiliado por las AFP o una compañía de seguros, o bien, a los componentes del grupo familiar si éste fallece.
El afiliado tiene derecho a recibir una Pensión de Vejez cuando cumple la edad legal, estos es, 60 años en el caso de las mujeres y 65 años para los hombres. Una vez que el afiliado decide pensionarse debe acudir a su AFP y llenar la Solicitud de Pensión y la Declaración de Beneficiarios.
La AFP pone a disposición del afiliado el certificado de saldos y lo envía en forma electrónica al Sistema de Consultas de Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP), un sistema electrónico de interconexión entre las AFP y las compañías de seguros de vida. El afiliado recibe un certificado de ofertas y montos de pensión para que pueda elegir la modalidad que más le acomode. Para estos trámites se puede contratar a un asesor previsional, que cobra una comisión por este servicio.
El monto de la Pensión de Vejez se determina como una proporción de los fondos acumulados.
La invalidez puede ser total o parcial, teniendo en consideración la pérdida de la capacidad de trabajar que se haya sufrido. El monto de la Pensión de Invalidez total es equivalente a 70% del promedio de las rentas percibidas por el afiliado durante los últimos 10 años, debidamente actualizadas, de acuerdo con la inflación.
La Pensión de Sobrevivencia se confieren a la viuda o al viudo, a la madre o padre de hijos de filiación no matrimonial, a los hijos, y a falta de los anteriores, a los padres. Estas se financian del mismo modo que la Pensión de Invalidez.
Opciones de Pensión
- Renta temporal con renta vitalicia diferida: el afiliado opta por transferir parte de los fondos de su cuenta individual a una compañía de seguros de vida, a cambio de una renta mensual a contar de una fecha futura determinada en el contrato.
- Retiros programados: el afiliado opta por mantener los fondos de su cuenta individual en la AFP, o bien, transferidos a la Administradora de Fondos de Pensiones de su elección y efectuar retiros mensuales con cargo a ésta.
- Retiros programados con renta vitalicia inmediata: el afiliado opta por mantener un porcentaje de su fondo en su cuenta en una AFP y con ello obtener el pago de una pensión por retiro programado.
Las inversiones se rigen por normas legales de diversificación contempladas en el D.L. 3.500, que reducen el riesgo de los fondos.
Financiamiento de la Administración del Sistema
A través del cobro de comisiones que determinan libremente las Administradoras sobre la base de criterios objetivos, con carácter uniforme para todos los afiliados, debiendo ser anunciadas públicamente. En la actualidad se encuentran operando en Chile un total de siete Administradoras de Fondos de Pensiones.
Las Administradoras son instituciones que deben constituirse legalmente como sociedades anónimas, rigiéndose por los cuerpos legales que regulan esta clase de sociedades. El capital mínimo para la formación de una AFP es el equivalente a 5.000 Unidades de Fomento, el cual aumenta en relación con el número de afiliados incorporados a la Administradora, hasta alcanzar 20.000 Unidades de Fomento.
Sí, el trámite para cambiarse de AFP es muy simple, se puede hacer a través de la página web o en las sucursales.
El Fondo de Pensiones que administra la AFP es un patrimonio separado, distinto y completamente independiente del capital de la Administradora.
Las AFP están obligadas, en forma individual, a obtener cierta rentabilidad mínima para sus fondos. Los recursos de los Fondos de Pensiones sólo pueden invertirse, para obtener una adecuada rentabilidad y seguridad, en valores expresamente establecidos por la Ley.
Uno de los principales problemas que impacta de manera negativa el ahorro para la vejez de los trabajadores chilenos es el NO pago de las cotizaciones previsionales por parte de sus empleadores. Por otra parte está la subcotización, que se produce cuando el empleador paga las cotizaciones por una parte de sueldo y no por el total.
Los Fondos de Pensiones han contribuido de manera importante al desarrollo del mercado de capitales. Un estudio de Vittorio Corbo y Klauss Schmidt-Hebbel demuestra que la reforma previsional explica en un tercio el mayor crecimiento económico que el país ha experimentado desde 1980 en adelante.
Lo anterior ha permitido el financiamiento a largo plazo de viviendas, empresas y proyectos de inversión. A modo de ejemplo, con las emisiones de bonos se ha financiado la ampliación de las redes de comunicaciones; la construcción de plantas de celulosa, cemento, coke, yodo; el financiamiento de contratos de leasing de bienes de capital; la construcción de centros comerciales, etc. Además, invirtiendo en cuotas de fondos de inversión, se ha posibilitado la apertura, desarrollo y expansión de empresas cerradas y se han financiado obras de infraestructura pública, como carreteras, puertos, aeropuertos, plantas de tratamiento de aguas, etc.
Críticas y Desafíos Pendientes
El debate sobre las AFP en Chile ha sido intenso y polarizado, con críticas que apuntan a que el sistema entrega pensiones de miseria a costa del esfuerzo de millones de trabajadores. Se argumenta que, incluso con un mayor nivel de cotización, las rentabilidades vienen bajando, lo que dificulta la obtención de pensiones adecuadas.
Desde mi punto de vista eso fue un problema político, en una situación gravísima como la pandemia, donde muchas familias por varios meses quedaron sin ingresos, y se pensaba que probablemente solo un 10 o un 15% de las familias chilenas tenían problemas de pobreza, y eran muchas más. Se llegó muy tarde con las ayudas, y las ayudas que llegaron en una primera etapa, en el 2020, fueron muy escuálidas.

