En AFP Capital, los trabajadores y pensionados afiliados al sistema de pensiones pueden solicitar el retiro de fondos de su cuenta individual de cotizaciones obligatorias.
¿Quiénes Pueden Solicitar el Retiro de Fondos?
- Trabajadores activos y pensionados.
- Quienes poseen una cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario.
- Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.
- Pensionados de Capredena y Dipreca, afiliados al D.L.
- Pensionados en retiro programado que se encuentran en el extranjero acogidos a convenio de seguridad social.
¿Cómo Solicitar el Retiro?
Para solicitar el retiro de fondos, es necesario ingresar al sitio privado de AFP Capital con tu RUT y clave de acceso.
Si es la primera vez que accedes o necesitas recuperarla, puedes solicitarla siguiendo las instrucciones en el sitio web.
Proceso de Solicitud
- Actualiza tus datos en el sitio privado.
- Revisa el estado de tus solicitudes.
- Si no puedes realizar la solicitud personalmente, puedes designar un mandatario. Se requiere un mandato simple más una declaración jurada.
- En caso de beneficios para enfermos terminales, se requiere una declaración jurada adjunta y un certificado médico para validar la condición.
- Para la revisión del expediente y autorización de la solicitud, se necesita una autorización para el Consejo Médico, que tiene un plazo de 7 días para emitir su dictamen.
¿Cómo se Calculará el Monto del Retiro?
- Al momento de la solicitud, AFP Capital calculará el monto correspondiente al 10% del saldo y lo expresará en cuotas.
- El valor de la cuota experimentará las variaciones propias del mercado.
- El monto máximo de retiro tiene un tope de 150 UF (aproximadamente $4.300.000) y un mínimo de 35 UF (aproximadamente $1.000.000).
- El monto del retiro se calculará sobre el total de los fondos acumulados en la cuenta individual de cotizaciones obligatorias, sin hacer diferencia o excepción alguna.
¿Cómo se Realizará el Pago?
El pago de los fondos se puede realizar de las siguientes maneras:
- Transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en AFP Capital. Si no tienes una, se creará automáticamente.
- Depósito en una cuenta bancaria de la cual el afiliado sea el titular (cuenta corriente, vista o de ahorro), o en cuentas de instituciones financieras como cooperativas de ahorro y crédito. Deberás informar el N° de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad.
- Depósito en una cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación.
Plazos para el Pago
Una vez que AFP Capital entrega el comprobante de solicitud de retiro, el plazo para el pago de los fondos es de hasta 10 días hábiles.
Si la solicitud es aprobada, tienes el resto de los días hasta el décimo día hábil para pagar el retiro de los fondos.
¿Qué Hacer Si la Solicitud es Rechazada?
Si la solicitud de retiro de fondos es rechazada, AFP Capital debe explicar claramente las razones. Deberás corregir los errores o datos entregados e ingresar una nueva solicitud.
Posibilidad de Retractarse
Existe la posibilidad de retractarse, pero debes comunicarlo a AFP Capital antes de recibir el primer pago.
Impacto en Otros Beneficios Previsionales
- El retiro de fondos no está afecto a ningún tipo de comisión o descuento.
- El beneficio del retiro de fondos de pensiones no excluye la posibilidad de solicitar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) como la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).
- Los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal.
- El retiro de los fondos de pensiones no afectará el número de períodos cotizados para el cálculo de pensión bajo la legislación chilena.
Retiro y la Pensión Garantizada Universal (PGU)
- Si ya cuentas con el beneficio de la PGU, esta Ley no tendrá impacto.
- Si tienes una pensión ajustada a la Pensión Básica Solidaria, la PGU se sumará al monto entregado.
- El monto de la PGU no contemplará ningún descuento.
Situaciones Específicas
- Pensionados por Invalidez: Las personas pensionadas por invalidez en retiro programado y que, además, reciben APSI, al retirar saldo de su cuenta verán que el porcentaje que ellos financian con su saldo disminuirá.
- Pensión de Sobrevivencia: Quienes estén recibiendo pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado pueden solicitar el retiro de fondos.
- Renta Vitalicia: Quienes están pensionados por renta vitalicia generalmente no pueden hacer el retiro, a menos que tengan saldo en la AFP que se pague como pensión adicional en la modalidad de retiro programado.
- Exonerados Políticos: Sí, pueden acceder a la PGU.
Consideraciones Adicionales
- Las cotizaciones voluntarias se podrán retirar como trabajador activo y como pensionado.
- Los aportes no realizados oportunamente no pueden ser cubiertos en forma posterior.
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