El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio económico a cargo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence). Este subsidio tiene dos modalidades de pago.

Modalidades de Pago del SEJ

Este beneficio económico tiene dos modalidades de pago y está a cargo del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo. Los pagos mensuales que se calculan según la renta percibida del beneficiado.

  • Pago Mensual: Se puede acceder a adelantos mensuales, que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago). En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
  • Pago Anual: El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

Variación del Monto Según Renta

El monto del subsidio varía según la renta del beneficiario:

  • A mayor renta, el monto aumenta.
  • El monto se mantiene constante.
  • A mayor renta, el monto disminuye.

¿Cómo y Cuándo Postular al SEJ?

Se puede postular los 365 días del año. Durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio. Postular al Subsidio al Empelo Joven es muy fácil.

Requisitos para Postular

¿Quieres verificar si cumples con los requisitos de postulación? ¿Qué requisitos debo cumplir?

Consideraciones Importantes

¡Evita problemas o retrasos con tu pago! Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.

Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual. Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.

El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.

Extensión del SEJ

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.

  • Extensión por Estudios: Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria. El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
  • Extensión por Maternidad: Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

¿Dónde Solicito la Extensión del SEJ?

Revisa el instructivo de solicitudes de extensión. En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

Reintegro de Montos Percibidos en Exceso

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

Renuncia al Subsidio por Parte del Empleador

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Buzón Ciudadano

Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

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