Este artículo proporciona información relevante sobre el proceso de solicitud y los requisitos para el segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones (AFP) en Chile.
¿Quiénes pueden solicitar el retiro?
Sí, todos los pensionados de Vejez, Invalidez definitiva o transitoria y los beneficiarios que reciban pensión de Sobrevivencia, bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado podrán solicitar el retiro. También pueden efectuar el retiro de fondos los menores de 18 años que tengan una cuenta obligatoria o de afiliado voluntario.
Sí, puedes hacer el retiro en ambos casos. Sí, podrás realizar la solicitud de retiro. Podrás realizar la solicitud de retiro al igual que cualquier otro afiliado.
Los afiliados que presenten la solicitud a través de mandatarios, deberán otorgar los mandatos mediante escritura pública o privada, y en este último caso, con la firma autorizada ante Notario u Oficial del Registro Civil en los lugares donde no hubiese Notaría.
¿Cómo y dónde realizar la solicitud?
En caso del tercer retiro: desde las 9 AM del miércoles 28 de abril del 2021 se podrá hacer la solicitud en el sitio web tu10conmodelo.cl. Puedes realizar un seguimiento de tu solicitud en el siguiente link : tu10conmodelo.cl.
Para realizar una corrección deberás cancelar o anular la solicitud para luego ingresar una nueva solicitud.
Si estás cerca de un consulado chileno: los afiliados también, pueden presentar su solicitud de retiro en un Consulado chileno.
Plazos y forma de pago
La AFP tiene un plazo máximo de 15 días hábiles para realizar el pago del retiro, en el medio de pago que hayas indicado al momento de tu solicitud. Si seleccionas Cuenta 2 para recibir tu pago esta se abrirá de manera automática, desde esta cuenta podrás transferir a tu cuenta bancaria sin costo.
En el caso del retiro 2 los pagos se realizan de la siguiente manera, si el retiro es menor o igual a 35 UF, se pagará en una sola cuota hasta 10 días hábiles de ingresada la solicitud, en caso de que el retiro sea mayor a 35 UF este monto se divide en dos cuotas de 50% cada una, pagadas la primera 10 hábiles posteriores al ingreso de la solicitud y la segunda 10 días hábiles posteriores al primer pago.
Consideraciones adicionales
El valor de los fondos de pensiones se expresa en cuotas y en valor cuota. La cantidad de cuotas representa cuántas partes del fondo eres dueño. Mientras que el valor cuota es un valor de referencia que permite medir la rentabilidad que va generando el fondo, en el día a día. Por ejemplo: si un afiliado tiene acumulado $100.000 y el valor de la cuota es de $1.000, entonces el capital de este afiliado se expresa en 100 cuotas.
La ley que autoriza el 3° retiro de fondos cuenta con un mecanismo voluntario en el que podrás solicitar imponer un 1% adicional, al menos por 12 meses en la AFP. En el caso de los Retiros 1 y 2 no hay mecanismos para la reposición de fondos.
Impacto en beneficios de seguridad social
El retiro de ahorros previsionales puede tener un impacto en la obtención de beneficios que se otorgan a través de convenios internacionales de seguridad social, dado que existen países suscritos a estos convenios que contemplan en el acceso a beneficios, un mínimo de meses con aportes previsionales. En ciertos casos estos periodos de cotización pueden ser complementados con los aportes previsionales realizados en Chile.
Deudas y solicitud de retiro
Debes comunicarte directamente con el Poder Judicial. Puedes acudir directamente al Poder Judicial para solicitar que aclaren tu situación de deuda.
Formularios de solicitud
Existen dos formularios de solicitud que dependen del tipo de trabajador que la presente:
- Trabajadores dependientes, al ser el empleador quien debe realizar el pago de las cotizaciones previsionales.
- Trabajadores independientes obligados a cotizar, en este caso quien realizará el cálculo será hecho por Servicio de Impuestos Internos, al momento de determinar las cotizaciones previsionales.
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