Para los pensionados del IPS que residen en el extranjero, es crucial realizar anualmente la certificación de supervivencia. Esto puede hacerse acudiendo a una notaría para obtener una Fe de Vida Notarial, que luego debe ser apostillada para que sea legalmente válida en Chile.
Si eres trabajador dependiente y te trasladas desde Chile a un país con convenio vigente para un trabajo temporal, tienes derecho a la liberación del pago de cotización. Este trámite se realiza en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP), al menos un mes antes del viaje. Es importante recordar que si no realizas este trámite, deberás regirte por la ley previsional del país donde trabajarás, y cada convenio tiene sus propios plazos de desplazamiento y prórroga.
Trámites y Solicitudes de Pensión
Para solicitar la pensión, debes ingresar al sitio web de la Superintendencia de Pensiones (SP) con tu ClaveÚnica. Si estás afiliado a una AFP, el trámite se realiza directamente en dicha institución.
El usuario puede solicitar a la red consular intervención sobre su trámite previsional de acuerdo a convenio cuando, transcurrido un plazo de seis meses, el organismo de enlace chileno no haya dado respuesta al requerimiento de su contraparte.
Si se es pensionado del IPS y se encuentra residiendo en el extranjero, debe realizar anualmente la certificación de supervivencia a través de la sucursal virtual de IPS, en el siguiente sitio.
En el extranjero, debe dirigirse al organismo de enlace del país de residencia con el cual Chile suscribió el Convenio de Seguridad Social.
Debe realizarlo en Chile, directamente con el organismo previsional correspondiente. Debe consultar la posibilidad de delegar a un apoderado en Chile para que lo represente ante ese organismo.
Pensión Garantizada Universal (PGU)
Sí, la PGU reconoce y complementa los ingresos de actuales y futuros pensionados. Además, continuarás recibiendo la Bonificación de Salud con la PGU.
Puedes optar a la PGU si tienes más de 65 años y no hay impedimento respecto a trabajar, ni es requisito estar pensionado.
El monto que recibirás de PGU dependerá de la pensión autofinanciada que recibas. Tiene reajustes automáticos el 1° de febrero de cada año. Este reajuste se basa en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
Efectivamente, si además del beneficio de la PGU tienes una parte de tu pensión autofinanciada con tus propios ahorros o por cualquier otro concepto, entonces recibirás dos pagos.
Podrás revisarlo directamente en el sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS).
Consideraciones Importantes
Si proporcionas datos o antecedentes falsos, incompletos o erróneos intencionadamente, serás sancionado con la pena establecida en el artículo 467 del Código Penal y deberás restituir al IPS las sumas indebidamente percibidas. Si el beneficiario no cobra la PGU durante 6 meses continuos, el beneficio se suspende.
Es un beneficio que fue pagado por única vez desde el año 2015, de acuerdo a la Ley N° 20.874 y se pagó a la gran mayoría de las personas que cumplían los requisitos. Actualmente, la solicitud se encuentra vigente únicamente para las personas que nunca han solicitado el beneficio y que cumplen los requisitos según lo establecido en esa Ley.
Chile cuenta con 27 convenios de Seguridad Social vigentes y uno multilateral iberoamericano. Cada país establece disposiciones, requerimientos y beneficios distintos.
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