Las vacaciones son quizás uno de los momentos más esperados del año para los colaboradores. Usualmente son tomadas en verano, sin embargo, hoy en día es cada vez más normal que en las organizaciones los colaboradores puedan tomar sus días libres en cualquier época.

Esto aplica para quienes llevan un año o más trabajando en una misma organización, pero entonces, ¿qué pasa con las vacaciones de aquellos colaboradores que llevan menos de un año?

Cálculo de Vacaciones Proporcionales

Para calcular las vacaciones proporcionales, por periodos menores a un año, es un proceso muy simple.

Por cada mes trabajado el colaborador cuenta con 1.25 días hábiles de vacaciones. Para calcular cuántos días te corresponden, puedes seguir estos pasos:

  1. Divide la cifra de 1.25 por los días totales del mes (30 o 31). En este caso tomaremos 30 días: 1.25 / 30 = 0.04167.
  2. Multiplica el resultado por los días trabajados. Por ejemplo, si trabajaste 25 días: 25 x 0.04167 = 1.04 (aproximadamente 1 día).

Este cálculo es útil incluso si la relación laboral termina antes del año o 6 meses.

Ejemplo Práctico: Si se trabajaron 6 meses y 10 días > 6 x 1,25 + 10/30 x 1,25 = 9 días.

Vacaciones Legales en España

En España, las vacaciones son un derecho laboral con el que cuentan las personas que trabajan. Por ley, los colaboradores que cuenten con un año o más de servicio, tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones, siendo un derecho remunerado. Para validar las vacaciones, se deben tomar seguidos los 15 días.

Si el colaborador tiene más de 10 días hábiles de vacaciones, se pueden tomar en partes con acuerdo previo. Según indica el artículo 70, el colaborador no podrá acumular vacaciones por más de dos periodos consecutivos. El artículo 69 por su parte establece que los días sábados son inhabilitados y no se toma como día de vacaciones.

¿Quiénes no tienen derecho a un feriado o a vacaciones?

  • No podrán disfrutar sus días naturales de vacaciones aquellos colaboradores que tienen vacaciones y además, una licencia médica.
  • Los colaboradores que trabajen en empresas o actividades que solo operen en ciertos periodos del año no tendrán vacaciones.

Vacaciones Progresivas

El beneficio de feriado progresivo o vacaciones progresivas, consiste en el derecho de todo trabajador a sumar un día de vacaciones. Esto por cada 3 nuevos años trabajados para su actual empleador, siempre y cuando cuente con 10 años trabajados (120 cotizaciones previsionales) para el actual o anteriores empleadores.

Los días de feriado progresivo se agregan de forma permanente al feriado anual del trabajador, incrementándose en un día cada 3 nuevos años, mientras se mantenga con el mismo empleador. En el caso de cambiar de empleador este adicional de feriado se pierde y el tiempo laborado sólo sirve para justificar y/o complementar la base de los 10 años (120 períodos cotizados) laborados para uno o varios empleadores, teniendo derecho al feriado progresivo luego de tres años continuos.

¿Cómo hago efectivas las vacaciones progresivas?

Para hacer efectivo el feriado progresivo y acreditar los años trabajados, el trabajador requiere presentar al empleador un certificado de cotizaciones, el cual se solicita en la AFP respectiva. Los días progresivos son susceptibles de negociación individual o colectiva, es por ello que se podría compensar en dinero en función de un acuerdo con el empleador. Con este consejo podemos solicitar a nuestro empleador días extra a los que tenemos derecho y, de común acuerdo, extender nuestro descanso.

Gestión y Control de Vacaciones

En general, una adecuada gestión y control de vacaciones requería una intensa labor que llevaba horas de trabajo. No hace falta ir muy lejos porque el desarrollo y uso de estos programas es de años recientes. Son muchas las dificultades que han enfrentado las empresas para cuadrar horarios.

Los métodos de cálculo de los días de vacaciones y sus respectivos pagos y remuneraciones están establecidos en el Código del Trabajo a partir del art. 67. La ley dispone que durante las vacaciones, el trabajador gozará de su sueldo íntegro, tal y como lo percibirá si estuviese efectivamente trabajando.

Tipos de Sueldo y Vacaciones

  • Sueldo Variable: Ocurre cuando el trabajador percibe remuneraciones que varían dependiendo de su esfuerzo, producción o cualquier circunstancia. La conforma el promedio ganado en los últimos 3 meses.
  • Sueldo Fijo y Variable: Ocurre si el trabajador tiene a la vez sueldo fijo y sueldo variable.

Vacaciones Proporcionales y Anticipadas

Un trabajador puede usar la figura de vacaciones proporcionales. Como caso típico de esta figura está el empleado que solicita el disfrute de sus vacaciones 6 meses después de cumplir el año de servicio. En estos casos, el empleador y el trabajador pueden acordar el cálculo de vacaciones proporcionales con el disfrute de los 15 días correspondientes del año que le corresponde, más la proporción de los 6 meses que han transcurrido desde que venció el año.

El empleador y el trabajador también pueden acordar el disfrute anticipado de un período de vacaciones. Por ejemplo, luego de meses, el trabajador puede disfrutar del plazo proporcional correspondiente a los 6 meses laborados.

El Problema de las Largas Jornadas Laborales

Según un interesante reportaje publicado en Publico.es, aproximadamente la mitad de los asalariados en España continúa trabajando más de 40 horas a la semana, incluso después de cuatro décadas de establecerse esa jornada como máxima. En 1983, el Congreso español aprobó una ley que reducía la jornada semanal en ocho horas y ampliaba el período mínimo de vacaciones pagadas a 30 días.

Sin embargo, a pesar de esta medida, los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) revelan que casi la mitad de los asalariados en España, es decir, 7,97 millones de personas de un total de 17,21 millones al cierre de 2022, trabajan más de 40 horas semanales. Además, se observa una distribución deficiente en términos de conciliación laboral, ya que más de un tercio de los asalariados (5,8 millones) trabajan los sábados y casi uno de cada cuatro (4,3 millones) lo hacen los domingos. También se ha registrado un aumento del empleo a tiempo parcial, lo que genera jornadas laborales interminables.

El vicesecretario general de Política Sindical de la Unión General de Trabajadores (UGT), Fernando Luján, sostiene que superar las 40 horas semanales constituye un fraude y un incumplimiento de la ley. A pesar de los avances en los convenios, que ya incluyen semanas de 32 horas en promedio, según datos proporcionados por Luján, existe cierta resistencia al cumplimiento de la jornada pactada. El reportaje destaca que el movimiento obrero, la pujanza de la clase media y la evolución del sistema social y económico hacia la sociedad de consumo son los principales factores que han impulsado la reducción de la jornada laboral.

Dato Número
Asalariados que trabajan más de 40 horas semanales 7.97 millones
Total de asalariados en España (cierre de 2022) 17.21 millones
Asalariados que trabajan los sábados 5.8 millones
Asalariados que trabajan los domingos 4.3 millones

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