Todas las personas tienen derecho a acceder a una pensión por vejez. Es un monto de dinero que se entrega a quienes jubilan y depende de los ahorros personales en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
Si está próximo a cumplir la edad de jubilación (60 años para mujeres y 65 para hombres, a menos que pueda hacerlo antes si tiene fondos suficientes en su AFP o a pensionarse por trabajo pesado), debe tener en consideración el monto de dinero que tiene en la cuenta obligatoria de su AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) para calcular su pensión.
Si decidiste pensionarte puedes preingresar tu solicitud de Pensión en un formulario o por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. En ProVida queremos que tu solicitud sea ágil y segura. Por eso puedes solicitar tu Pensión por videollamada o solicitando el preingreso en el formulario.
Se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios. Si ingresas la solicitud en nombre del afiliado, indícalo en el formulario. En algunos casos se necesitará más información tuya y un ejecutivo te llamará. Recibirás noticias en un plazo de 1 a 5 días hábiles. En 5 días hábiles tendrás noticias sobre tu solicitud.
La Pensión de Vejez es el beneficio que reciben las personas afiliadas a las AFP. Dependerá de varios factores, como tus Ahorros, edad en que decides pensionarte y si tienes beneficiarios.
Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, tus datos deben estar en el listado público del SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). Podrás aceptar alguna de las ofertas para pensionarte o rechazarlas.
Si trabajas con contrato, debe comunicarle al empleador la voluntad de iniciar la jubilación. Se recomienda verificar que el pago de sus cotizaciones y seguro de cesantía estén al día por parte del empleador, para que la AFP efectúe las gestiones que sean necesarias para la cobranza y recaudación de los fondos que se deban.
Una vez pensionado recibirás tu Liquidación de Pensión cada mes, donde verás el saldo que va quedando en tu cuenta después de cada pago de Pensión.
Tú eliges cómo cobrar tu Pensión. Te sugerimos recibirla en una cuenta bancaria a tu nombre para mayor comodidad y más seguridad.
Si cobra su pensión en el Instituto de Previsión Social (IPS), puede solicitar un pago a su CuentaRUT del BancoEstado o acudir presencialmente a la Caja de Compensación Los Héroes o a una oficina ChileAtiende, algunas de las cuales tienen agendamiento online. Además, puede modificar su forma de pago.
Las personas que no poseen fondos en ningún sistema de previsión, podrán acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), que entrega el Estado.
Para acceder a la PGU, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionados.
- Debes pertenecer al 90% con menores ingresos del país.
- En caso de estar pensionado, debes tener una pensión menor a $702.101.
- Por otro lado, quienes tienen ingresos entre $702.101 y $1.114.446 tienen la posibilidad de acceder a una PGU de monto variable.
- Estar en el 80% más vulnerable, según el instrumento de focalización que el IPS aplica para el Sistema de Pensiones Solidarias, para lo cual es indispensable estar registrado en el Registro Social de Hogares (RSH).
- Contar con una estimación de pensión autofinanciada menor a la pensión superior ($1 millón, aprox.).
Importante: la PGU se reajusta en febrero de cada año, según el IPC.
Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar una jubilación por invalidez, llamada pensión de vejez anticipada por trabajo pesado, que es un beneficio mensual y de por vida. Permite a los y las imponentes del antiguo Sistema de Reparto acceder a un monto de dinero mensual, permanente y de por vida. Se puede tramitar en línea y la persona solicitante o su representante debe adjuntar la resolución o dictamen de invalidez emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
Durante este período, de forma exclusiva y preferencial, podrán optar a la pensión anticipada para enfermos terminales: los afiliados, pensionados o beneficiarios de pensión de sobrevivencia que hayan activado las Garantías Explicitas en Salud (GES) para el Problema de Salud Nº 4, solo por cuidados paliativos en cáncer avanzado; y a su vez, para un grupo de diagnósticos específicos por cuidados paliativos en cáncer avanzado. En esta etapa transitoria, este beneficio se puede solicitar a través del sitio web, call center y sucursales de la AFP a la cual la persona en condición de enfermo terminal está afiliada. Solicítelo e infórmese sobre los pasos a seguir en su respectiva AFP.
Además, el plan AUGE-GES considera problemas de salud que, pese a no ser específicos del adulto mayor, se presentan con mayor frecuencia en este grupo: alzheimer y otras demencias, tratamiento médico (para personas de 55 años y más) con artrosis de cadera y/o rodilla leve o moderada, cataratas, hipertensión arterial esencial y diabetes mellitus tipo 2.
No. De acuerdo con la ley, solo podrás retirar la plata que ahorraste a través de pagos mensuales de Pensión cuando te jubiles. En algunos casos podrías acceder al Excedente de Libre Disposición.
Si te pensionaste en una AFP tus ahorros se pagarán a tus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no los tienes se entregarán en un solo pago a tus herederos o al Estado, según la ley.

