Hay muchos adolescentes que por diversas circunstancias necesitan ingresar al mundo laboral. En Chile, los adolescentes entre 15 y 17 años de edad pueden trabajar siguiendo una serie de condiciones diseñadas para proteger su salud y desarrollo. La normativa vigente establece como edad mínima legal de ingreso a un empleo los 15 años, y las labores desarrolladas no deben atentar contra la salud, el desarrollo personal del menor, ni interferir en su escolarización (el adolescente debe acreditar que está estudiando o que terminó la enseñanza media).

Requisitos y Condiciones para el Trabajo Adolescente

Para que un adolescente pueda trabajar legalmente, es fundamental que se cumplan ciertos requisitos:

  1. Desarrollar trabajos calificados como trabajo adolescente protegido. Es aquel trabajo que no perjudique el desarrollo, la asistencia regular a clases y que sea seguro.
  2. Contar con la autorización por escrito del padre, madre o de ambos; o de quien tenga el cuidado personal o representación legal; o a falta de ellos, del Inspector del Trabajo respectivo.
  3. Acreditar haber culminado enseñanza media o estar cursando esta o la enseñanza básica. En el caso de estudiantes, deben presentar junto al contrato de trabajo el certificado de alumno regular, el cual deberá actualizarse cada 6 meses.

Jornada Laboral y Restricciones

En cuanto a la jornada laboral, se señala que no podrá superar las 8 horas diarias ni las 30 horas semanales. La jornada laboral no será superior a 30 horas semanales, con un máximo de 6 horas diarias en periodo escolar y 8 horas diarias en periodo de vacaciones. Sin posibilidad de realizar horas extraordinarias. Además, en ningún caso podrá efectuarse de noche.

Importancia del Contrato de Trabajo

En materia de acuerdo laboral, la existencia de un contrato es obligatoria, el que deberá registrarse en la Inspección Comunal del Trabajo respectiva. Un trabajador menor de edad debe trabajar con un contrato de trabajo, sin excepción. Al tomar en cuenta que su período de trabajo no siempre será mayor a 30 días, se recomienda formalizar un contrato de trabajo a plazo fijo. Recomendamos firmemente exigir siempre un contrato laboral por escrito. Este documento debe detallar el período de trabajo, el horario, el sueldo y las condiciones de pago. Además, asegura que el trabajador esté cubierto por las cotizaciones de salud y AFP, y protegido en caso de accidentes laborales. Sí, los menores de 18 años pueden convenir contratos de trabajo de pazlo fijo o indeterminado (indefinidos).

Estadísticas Relevantes

Las cifras nos señalan que 135.485 adolescentes entre 15 y 17 años trabajan, el 67% de los adolescentes trabajadores son hombre y el 33% son mujeres.

La contratación de menores de edad es una práctica que se realiza habitualmente en período de vacaciones, momento donde los jóvenes buscan generar unos ingresos y adquirir experiencia en el mercado laboral. Para los menores de edad, la ley establece restricciones adicionales. Los jóvenes entre 15 y 17 años solo pueden trabajar con la autorización de sus padres o tutores y en actividades que no comprometan su salud o desarrollo. Además, si el trabajo incluye comisiones por ventas, estas deben estar claramente especificadas en el contrato de trabajo.

Excepciones y Protección Adicional

Es importante destacar que la legislación chilena permite ciertas ampliaciones de la jornada laboral en el sector retail durante las fiestas de fin de año, aunque existen excepciones para ciertos establecimientos. La Mesa Regional de Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Trabajador adolescente, coordinada por el Seremi del Trabajo y Previsión Social, realizó una campaña de difusión sobre los Derechos y Responsabilidades del trabajador adolescente en el terminal AGRO de Arica, haciendo un llamado a respetar la legislación existente que protege a los adolescentes trabajadores. La coordinadora de la Oficina de Protección OPD Gobernación Marcela Fernández, valoró que este tipo de campañas existan, y que se realicen en lugares de alta concurrencia de personas.

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