El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es una iniciativa del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) que busca incentivar la contratación de jóvenes en Chile. A continuación, se abordan diversos aspectos importantes sobre este subsidio.
Denuncias y Reclamos
¿Qué es una Oficina de Denuncias?
Es un canal virtual en el que puedes notificar irregularidades, faltas o delitos cometidos en capacitaciones y otros ámbitos del Sence.
¿Qué entiende el Sence por denuncia? ¿Es lo mismo que efectuar un reclamo?
El Sence considera una denuncia como la notificación de irregularidades, faltas o delitos. Es diferente a un reclamo, que generalmente se refiere a una queja o solicitud de corrección de un servicio.
¿Quiénes pueden realizar una denuncia?
Cualquier persona mayor de 18 años que tenga conocimiento de irregularidades, faltas o delitos que le afecten de manera personal, colectiva o a un tercero puede realizar una denuncia.
¿Mi denuncia es confidencial? ¿Debo tener Clave Sence para realizar una denuncia?
Sí, es necesario tener Clave Sence para realizar una denuncia.
¿Puedo denunciar por otra persona?
Sí, puedes denunciar por un tercero, dato que en el formulario de denuncia deberás indicar.
¿Quién debe hacer la denuncia si el afectado es un menor de edad?
En caso de que la víctima sea un menor de edad, la denuncia podrá ser efectuada por un adulto mayor de 18 años.
¿En cuánto tiempo será respondida la denuncia que realicé?
Sence dispone de un plazo de 1 a 90 días corridos para darte una respuesta al caso que has denunciado. El plazo va a depender del contexto de la denuncia. Si la denuncia requiere de una fiscalización, nuestro Servicio extenderá el plazo de respuesta hasta 90 días corridos como máximo.
¿Puedo subir evidencia de la denuncia que ingresaré?
Sí, usted puede subir evidencias en diferentes formatos en el formulario de denuncias.
Subsidio al Empleo Joven: Aspectos Clave
¿Cómo y cuándo postulo al SEJ?
Durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.
Requisitos
- Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual.
- En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.
Pagos del Subsidio
Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.
- Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
- El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
- El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
Le recordamos que el pago provisional mensual se efectúa con un desfase de tres meses. El monto del Subsidio al Empleo Joven y el Bono al Trabajo de la Mujer depende de la Renta Bruta Mensual percibida. Si la renta es variable, el monto de su subsidio también varía.
Renta Bruta Mensual
En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
Edad Límite
El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.
Extensión del Subsidio
Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.
¿Dónde solicito la extensión del SEJ?
Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.
- Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.
- El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
- Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
Renuncia al Subsidio
“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
Reintegro de Montos Percibidos en Exceso
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Consideraciones Finales
Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
Recuerda que Postular al Subsidio al Empelo Joven es muy fácil. Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
Para más información, ingrese a www.subsidioempleojoven.cl y www.bonotrabajomujer.cl.
¿Tiene consultas? Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

