En Chile, la remuneración es una cláusula esencial del contrato de trabajo. El Código del Trabajo regula la remuneración como una cláusula esencial del contrato de trabajo.
En este artículo, exploraremos el marco legal establecido por el Código del Trabajo y responderemos tus dudas sobre si tu empleador en Chile tiene la facultad de bajar tu sueldo sin tu consentimiento, ofreciéndote herramientas legales para proteger tus derechos, incluyendo el autodespido.
Marco Legal y el Contrato de Trabajo
El artículo 7° del Código del Trabajo define el contrato de trabajo como un pacto entre ambas partes, donde el empleador paga una remuneración determinada por los servicios del trabajador. El Código del Trabajo prohíbe cambios unilaterales en las condiciones contractuales, incluido el sueldo.
La forma en que se pagarán las remuneraciones deberá quedar expresada en el contrato, pero los períodos convenidos (semanal, quincenal, etc.) no podrán -en ningún caso- exceder un mes.
¿Qué son las Remuneraciones?
En él, podrás encontrar información sobre qué son las remuneraciones y una descripción de los haberes comunes en ella.
- Remuneraciones Especiales: Corresponde al pago que recibe un trabajador ante alguna condición o razón especial.
- Remuneraciones Fijas: Son aquellas que recibe el empleador en un periodo fijo.
- Remuneraciones Variables: Es aquella remuneración que está sujeta a cambio o bien, no es la misma entre un mes y otro.
- Asignaciones: Son todas aquellas compensaciones que se pagan al trabajador en sus haberes, pero que no constituyen remuneración. De lo anterior se desprende que el empleador no debe aumentar este pago para evitar mayores imposiciones.
En caso de controversia, la jurisprudencia indica que será labor del Inspector del trabajo evaluar si es razonable el monto que un trabajador perciba por concepto de asignaciones (ej.
Esta asignación está diseñada para aquellas personas que perciben ingresos y cotizan en el sistema previsional. La asignación familiar otorga el derecho a peribir, por cada carga familiar acreditada, un monto de dinero.
Este pago se realiza de manera mensual y por parte del empleador, incluido en el pago del sueldo. Para solicitar el beneficio, la persona beneficiaria debe acreditar sus cargas ante una caja de compensación, una AFP, el IPS, entre otros.
Son utilidades aquellas que resulten del balance anual que se presente ante el Servicio de Impuestos Internos para la determinación del Impuesto a la Renta, sin deducir pérdidas anteriores.
Gratificación Legal
Existen dos modalidades de pago de la gratificación legal. Pagar o abonar al trabajador el 25% de las remuneraciones obtenidas durante el año, sin importar la utilidad líquida que obtenga la empresa.
Sí. La gratificación legal proporcional corresponde al pago que reciben aquellos trabajadores que no completaron un año de servicio. El sistema elegido dependerá de lo acordado en el contrato de trabajo.
Componentes del Sueldo
El sueldo base es la cantidad establecida de dinero que se acuerda como pago, pero éste no incluye el resto de los conceptos que componen una remuneración. El sueldo mínimo es lo mínimo legal que se puede remunerar a un empleado.
La cotización al Seguro de Cesantía corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador. Este descuento es pagado por trabajador y empleador, pero sólo lo cuando existe un contrato de trabajo indefinido.
El pago de la semana corrida es un derecho que viene en hacer más justo el lugar de trabajo, especialmente para aquellos que reciben pago por día trabajado o comisiones de la misma naturaleza. El mismo derecho tienen los trabajadores remunerados por sueldo mensual y remuneraciones variables (comisiones o trato). Sin embargo, en este caso, el promedio se calculará sólo en relación a la parte variable de sus remuneraciones.
Supongamos que en la tercera semana el trabajador vende 37 artículos, en este caso corresponde pagar una comisión de $48.100 (37x1.300) y semana corrida de $9.620 (48.100/5) por el domingo. Si en la última semana el trabajador vende 21 artículos, habría que pagarle una comisión de $27.300 (21×1.300) y semana corrida de $13.650 (27.300/2) por el domingo. Total de la semana: $40.950.
Periodicidad y Protección de las Remuneraciones
El artículo 55 del Código del Trabajo señala que los pagos se deben hacer según la fecha o fechas acordadas en cada contrato de trabajo. Comisiones e incentivos variables deberán entenderse devengadas con la misma periodicidad, a menos que por razones técnicas no sea posible.
No obstante, podrán ser embargadas las remuneraciones en la parte donde excedan las 56 UF.
El artículo 62 bis del Código del Trabajo obliga al empleador a respetar el principio de igualdad en las remuneraciones entre hombres y mujeres por la misma labor. El empleador que por cualquier motivo adeudase un pago de remuneraciones a un trabajador, deberá hacer el pago reajustado en lo que varíe el IPC desde la fecha en que se originó la deuda, hasta la fecha en que efectivamente se pagó.
¿Puede el Empleador Reducir el Sueldo Unilateralmente?
La respuesta corta es: No, salvo que exista tu consentimiento expreso.
El Código del Trabajo prohíbe cambios unilaterales en las condiciones contractuales, incluido el sueldo. El sueldo es una condición esencial del contrato de trabajo y no puede ser reducido unilateralmente. La ley es explícita al regular cómo se realiza la modificación del salario de un trabajador.
El Código del Trabajo define que el contrato de trabajo se puede modificar, de común acuerdo, en todas aquellas materias en que las partes hayan podido convenir libremente.
Sí, tienes el derecho de negarte a cualquier modificación de tu sueldo que no hayas firmado. Si enfrentas esta situación, tú tienes las herramientas legales para defenderte.
Ley N° 20.425 y Descuentos Indebidos
La LEY NÚMERO 20.425, MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO IMPIDIENDO DESCUENTOS INDEBIDOS EN LAS REMUNERACIONES DE LOS TRABAJADORES.
Artículo único.- Agréganse, en el artículo 58 del Código del Trabajo, los siguientes incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo, nuevos:
"Asimismo, no podrá deducir, retener o compensar suma alguna por el no pago de efectos de comercio que el empleador hubiera autorizado recibir como medio de pago por los bienes suministrados o servicios prestados a terceros en su establecimiento.
La autorización del empleador, señalada en el inciso anterior, deberá constar por escrito, así como también los procedimientos que el trabajador debe cumplir para recibir como forma de pago los respectivos efectos de comercio.
En caso de robo, hurto, pérdida o destrucción por parte de terceros de bienes de la empresa sin que haya mediado responsabilidad del trabajador, el empleador no podrá descontar de la remuneración del o de los trabajadores el monto de lo robado, hurtado, perdido o dañado.
La infracción a esta prohibición será sancionada con la restitución obligatoria, por parte del empleador, de la cifra descontada, debidamente reajustada, sin perjuicio de las multas que procedan de conformidad a este Código.".
Asimismo, con acuerdo del empleador y del trabajador, que deberá constar por escrito, el empleador podrá descontar de las remuneraciones cuotas destinadas al pago de la adquisición de viviendas, cantidades para ser depositadas en una cuenta de ahorro para la vivienda y sumas destinadas a la educación del trabajador, su cónyuge, conviviente civil o alguno de sus hijos. Para estos efectos, se autoriza al empleador a otorgar mutuos o créditos sin interés, respecto de los cuales el empleador podrá hacerse pago deduciendo hasta el 30% del total de la remuneración mensual del trabajador. Sin embargo, el empleador sólo podrá realizar tal deducción si paga directamente la cuota del mutuo o crédito a la institución financiera o servicio educacional respectivo.
Sólo con acuerdo del empleador y del trabajador que deberá constar por escrito, podrán deducirse de las remuneraciones sumas o porcentajes determinados, destinados a efectuar pagos de cualquier naturaleza.
¿Qué Hacer si tu Empleador Reduce tu Sueldo sin Consentimiento?
Si tu empleador realiza una rebaja sin tu consentimiento, puedes presentar una denuncia. La inspección fiscalizará y multará a la empresa si corresponde.
- Denunciar a la Inspección del Trabajo: El empleador será fiscalizado y multado.
- Autodespedirte: Basándote en los artículos 171 y 160 n°7 del Código del Trabajo, puedes optar por el autodespido argumentando un incumplimiento grave del contrato. En este caso, el empleador estaría incumpliendo gravemente las obligaciones del contrato.
Si decides firmar un anexo donde aceptas una reducción salarial, este cambio será legal. Si notas irregularidades, consulta a un profesional.
Comisiones y su Reducción
Te has preguntado «¿Me pueden bajar las comisiones?» Si eres un trabajador en Chile cuya remuneración depende en parte de comisiones por ventas o servicios, esta es una duda válida. La remuneración de muchos trabajadores no se compone solamente de un sueldo base, sino también de comisiones generadas por la venta de productos o servicios. La respuesta es NO. Según la legislación chilena, un empleador no puede reducir unilateralmente las comisiones.
Cualquier cambio en las condiciones contractuales, incluyendo las comisiones, debe ser producto de un acuerdo mutuo y reflejado por escrito. El empleador no puede modificar las comisiones unilateralmente porque esto va en contra de los principios fundamentales del contrato de trabajo establecidos en el Código del Trabajo.
La única forma legal en que el empleador puede bajar tus comisiones es mediante un acuerdo escrito, formalizado en un anexo de contrato. Si decides aceptar una rebaja en las comisiones, debes formalizarlo mediante un anexo de contrato. Este procedimiento protege tanto al empleador como al trabajador. La clave es no firmar ningún anexo de contrato.
Las comisiones no son solo una cifra en tu salario; representan un compromiso contractual que no puede ser alterado sin tu consentimiento explícito y por escrito. No, el empleador no puede reducir las comisiones unilateralmente. Primero, revisa tu contrato de trabajo.
Ejemplo Práctico
Ana, trabajadora en una empresa de retail, fue notificada verbalmente sobre una rebaja en su sueldo debido a “ajustes presupuestarios”. Sin embargo, nunca firmó un anexo de contrato. Al notar el descuento en su liquidación, denunció el hecho ante la Inspección del Trabajo.
Aprendizaje: No firmes ningún documento sin revisarlo cuidadosamente y asegúrate de exigir tu copia.
¿Qué Pasa con la Ley de 40 Horas Laborales?
Este viernes 26 de abril comenzará la implementación de la Ley de 40 Horas Laborales, la cual busca disminuir de manera progresiva la jornada laboral de los trabajadores para así mejorar su calidad de vida.
Impacto en el Sueldo
La aplicación de la Ley de 40 Horas Laborales en ninguna circunstancia podrá representar una disminución de las remuneraciones de las trabajadoras y los trabajadores beneficiados.
La ministra del Trabajo, Jeannette Jara, explicó que “la ley establece claramente que no se puede afectar el monto de la remuneración, lo dice de manera expresa y por eso la ley se aplica con una gradualidad de 5 años para permitir a las empresas adaptarse en ese proceso“.
Jornada de Trabajo y Horas Extraordinarias
El Código del Trabajo la define como el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato. Se considera también jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no sean de su responsabilidad.
La jornada ordinaria de trabajo estaba fijada en 45 horas. Con la reforma aprobada en 2023, la duración de la jornada ordinaria de trabajo no deberá exceder de 40 horas semanales.
Existe la posibilidad de promediar la jornada. La ley da la opción de que empleador y trabajador acuerden que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de cuatro semanas con un tope de 45 horas semanales. Si el trabajador está sindicalizado, se requerirá acuerdo previo con el sindicato para implementar esta modalidad.
Las partes podrán acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado. En tal caso, podrán pactarse hasta cinco días hábiles de descanso adicional al año.
El empleador tiene el deber de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias.
Consideraciones Especiales
También establece cambios en la jornada de las trabajadoras y trabajadores de casa particular. En el caso de quienes trabajan puertas afuera se aplicará la reducción a 40 horas. Quienes laboren puertas adentro continuarán con el descanso mínimo de 12 horas diarias. Se aplicará una compensación de dos días de descanso mensual adicional.
¿Qué Pasa si tu Empleador Quiere Bajar tu Sueldo a Pesar de la Ley?
En este caso, si tu empleador decide bajarte el sueldo, está incumpliendo la ley, por lo que puedes presentar un reclamo en la Inspección del Trabajo o demandar el cumplimiento de la ley a tu empresa ante los Tribunales del Trabajo.
Acciones Legales y Protección
Si tu empleador realiza una rebaja sin tu consentimiento, puedes presentar una denuncia. La inspección fiscalizará y multará a la empresa si corresponde.
En Chile, el empleador puede despedirte, pero deberá justificarlo bajo una causal legal de despido. Si el despido no se ajusta a derecho, puedes demandar por despido injustificado y exigir indemnizaciones.
Tu empleador puede despedirte, pero deberá pagarte las indemnizaciones correspondientes. Además, podrías demandarlo por despido injustificado, lo que podría aumentar tus compensaciones.
Renegociación y Acuerdos Mutuos
En situaciones de crisis, muchas empresas buscan renegociar condiciones laborales. Buscar un acuerdo mutuo para ajustes salariales temporales. Para que sea legal, la reducción de sueldo debe ser aceptada por ambas partes y reflejarse en una modificación contractual firmada.
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