¿Te encuentras en el proceso de retirar los fondos AFP siendo extranjero y no sabes por dónde empezar? El proceso puede parecer complejo, pero no tienes que hacerlo solo. Retirar los fondos AFP siendo extranjero es un proceso que requiere atención al detalle y conocimiento de la legislación chilena. ¿Necesitas ayuda profesional para retirar tus fondos AFP? Completa nuestro formulario y recibe asesoría especializada.
Aunque todos los ciudadanos que hacen vida en Chile deben cotizar para su pensión a través de una AFP, hay una excepción que permite a los técnicos y profesionales extranjeros pedir la devolución de los fondos previsionales depositados.
En Chile, tanto ciudadanos chilenos como extranjeros están obligados a cotizar para su pensión a través de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). La Ley N° 18.156, con su modificación en la Ley N° 18.726, establece el marco legal para que los trabajadores extranjeros puedan solicitar la devolución de sus fondos previsionales.
Requisitos para Solicitar el Retiro de Fondos de AFP
¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir para solicitar el retiro de fondos de AFP?
- Acreditar la calidad de técnico o profesional extranjero a través del título técnico o profesional debidamente apostillado o legalizado por el Consulado de Chile del país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile.
- Acreditar, mediante el Certificado respectivo, el encontrarse afiliado a un régimen de previsión o de seguridad social fuera de Chile, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que otorgue prestaciones, a lo menos, en casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte. La afiliación al sistema previsional extranjero debe ser anterior a la fecha de celebración del contrato de trabajo en Chile.
- Que en el contrato de trabajo respectivo el trabajador exprese: contar con un régimen previsional fuera de Chile y su voluntad de mantenerlo.
Documentación Necesaria
Debe llenar en la AFP el formulario Solicitud de devolución de fondos previsionales Ley Nº 18.156, acreditando:
- Su calidad de profesional o técnico con documentos de estudios especializados o profesionales, legalizados y, cuando corresponda, traducidos oficialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
- También debe presentar un certificado emitido por la institución de seguridad social de su país a la que se encuentra afiliado, donde conste su obligación de otorgar prestaciones en caso de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
- Si está pensionado en algún régimen previsional extranjero, debe presentar un certificado emitido por dicha entidad en que se acredite su calidad de pensionado.
- Por último, debe presentar una copia de su contrato de trabajo en el que se exprese su voluntad de mantener la afiliación al régimen previsional extranjero.
Detalles sobre los Documentos
- Título técnico o profesional: Debe encontrarse debidamente apostillado o legalizado ante el Consulado de Chile del país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Si se encuentra en un idioma distinto del español, debe contar con la traducción respectiva.
- Certificado de afiliación a un régimen de previsión o de seguridad social fuera de Chile: Debe encontrarse debidamente apostillado o legalizado ante el Consulado de Chile del país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
De acuerdo a la Circular N° 553 de 1988, se entiende por técnico a los trabajadores que posean conocimientos de una ciencia o arte, que puedan ser acreditados mediante documentos justificativos de estudios especializados o profesionales debidamente legalizados y, en su caso, traducidos oficialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
Proceso y Tiempos de Espera
Por lo general, las AFP toman 5 días hábiles para analizar la solicitud y la documentación presentada. De estar todo en orden, el pago toma cerca de 3 días hábiles más .
Otros Aspectos Importantes
Los retiros de recursos originados en cotizaciones obligatorias y depósitos convenidos si pagan impuestos.
Representación Legal
Sí, mediante un representante legal con poder notarial especial.
¿Qué Pasa Si Se Trabajó Como Empleado Fiscal?
Los fondos de pensión permanecerán en la Cuenta Obligatoria hasta que se cumpla la edad legal (60 años Mujer, 65 años Hombre) para suscribir una Solicitud de Pensión de Vejez, según fuere el caso.
Notificación de la AFP
Recibirás una notificación explicando los motivos.
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