El SCOMP es una herramienta clave en el proceso de jubilación en Chile, ya que ofrece una visión clara de las alternativas disponibles para los afiliados y sus beneficiarios. El SCOMP es un sistema de consultas y ofertas de montos de pensión regulado por el D.L. 3.500, de 1980.
¿Cómo funciona el SCOMP?
A través de este sistema, los afiliados pueden recibir ofertas tanto de renta vitalicia como de retiro programado, facilitando la comparación entre ambas opciones. Para cumplir con su objeto la empresa ha desarrollado un software que proporciona una plataforma ágil y confiable que permite a las AFP, Cías. de Seguros, Asesores Previsionales y a los afiliados al sistema, realizar de una manera rápida los trámites asociados a la obtención de una pensión.
En ese sentido, un informe que realizó la Superintendencia de Pensiones a raíz de las dos décadas de vida que cumple el Scomp, revela que hubo avances luego de su creación, en cuanto a que se puso límites a las comisiones de intermediación, que se establecieron en 2% en la renta vitalicia y en 1,2% en el retiro programado; y además se pusieron nuevos requisitos, más exigentes, para la jubilación anticipada. Esto, considerando que al cierre del año pasado se contabilizaban 799.174 pensionados por esta vía.
En estas dos décadas desde su creación, el año que registra la mayor cantidad de personas que se han pensionado por Scomp fue 2022, sumando 87.875 personas. En tanto, el año pasado hubo 84.057 nuevos pensionados que aceptaron ofertas utilizando dicha plataforma.
Supervisión y Regulación
Para operar, el SCOMP debe contar con autorización conjunta de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y la Superintendencia de Pensiones (SP). El SCOMP es supervisado por la CMF y la Superintendencia de Pensiones.
Sanciones
La CMF puede aplicar sanciones si alguna de las compañías involucradas incumple la normativa, que van desde censuras y multas hasta la suspensión de operaciones.
Participantes en el Proceso de Pensión
En el proceso de pensión intervienen diversos actores:
- Afiliado: El pensionable.
- Causante de pensión: (fallecido).
- Asesores previsionales: Quienes actúan de forma independiente con distintas Compañías de Seguros de Vida.
- Agentes de venta de Rentas Vitalicias: Quienes actúan de manera directa para la Compañía de Seguros de Vida en la cual trabajan.
Las personas que estén próximas a pensionarse podrán contratar los servicios de un Asesor Previsional, quien deberá orientarte en todos los pasos previos a tu pensión.
Renta Vitalicia vs. Retiro Programado
El Retiro Programado es una modalidad de pago en que la AFP es quien paga tu pensión. El monto es recalculado cada año.
Es importante destacar que la venta de rentas vitalicias está prohibida.
Aspectos Adicionales
- El proceso de pensión se hará obligatorio en 35 días corridos.
- La sociedad “Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión S.A.”, se constituyó el 23 de agosto de 2004.
- El objeto exclusivo de la sociedad es el desarrollo, explotación, y administración del Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión que establece el Artículo 61 bis del D.L. 3500 y otorgar y administrar las prestaciones y beneficios que dicha norma establece.
Mejoras y Oportunidades
Al respecto, también se han introducido mejoras al Scomp en el último tiempo. Por otro lado, entre las oportunidades de mejora que menciona la Superintendencia de Pensiones para este sistema, se encuentra "disminuir el límite mínimo que permite acceder a Scomp, para facilitar el acceso al mercado de rentas vitalicias de pensionados con menor saldo".
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