Cada año en Chile se discuten los aumentos que debieran aplicarse al salario mínimo (SM). Las principales motivaciones para aumentarlo radican en la alta y creciente desigualdad de ingresos en Chile y acerca de cuál debiera ser un ingreso ético para las familias. Sin duda, el aumento del sueldo mínimo es una buena noticia.

A partir del 1 de enero de 2025 está contemplado un nuevo aumento del sueldo mínimo en Chile. Vale recordar que la última alza se concretó en julio de 2024, que fijó la remuneración mínima mensual en 500.000 pesos para trabajadores entre 18 y 65 años. Tras conocerse que la inflación en Chile en 2024 fue 4,5% de acuerdo al Instituto Nacional de Estadísticas (INE), se fijó la remuneración mínima mensual en 510.500 pesos.

El aumento del sueldo mínimo estipulado para el 1 de enero de 2025 quedó establecido en el Artículo 1 de la ley 21.578, el cual señala: "A contar del 1 de enero de 2025, reajústese el ingreso mínimo mensual para los trabajadores y las trabajadoras mayores de 18 y de hasta 65 años conforme a la variación acumulada por el Índice de Precios al Consumidor, determinada e informada por el Instituto Nacional de Estadísticas entre el 1 de julio de 2024 y el 31 de diciembre de 2024".

Además, el Presidente Gabriel Boric tendrá que enviar al Congreso un proyecto de ley que proponga un nuevo aumento del sueldo mínimo a más tardar en abril de 2025, y que se haría efectivo a partir del 1 de mayo.

Análisis del Aumento y sus Efectos

La aprobación de un nuevo salario mínimo representa un aumento proporcional muy significativo respecto del monto actual. Hasta antes de esta modificación estaba en $350.000, por lo tanto, al llegar a los $380.000 está subiendo 30 mil pesos, lo que aproximadamente es un 9% más. Si uno revisa de forma realista, este monto pareciera ser solo una corrección económica respecto de la inflación, más que hacer una diferencia sustancial en la vida de una persona que gana el sueldo mínimo.

A modo de análisis general, subir el salario mínimo es bueno, pero no se pueden hacer aumentos de golpe, por eso, la forma paulatina en que se propuso este reajuste fue bien valorada por los parlamentarios. Entendemos que la meta que se propuso este gobierno es de $500.000, pero para poder llegar a eso debe hacerse con responsabilidad.

Impacto en las Empresas

En el caso de las empresas el efecto variará según su tamaño. Por supuesto que a las pequeñas y medianas les va a afectar en mayor medida, porque significa un costo mayor en cuanto a las remuneraciones, sobre todo en aquellas pymes que pagan el sueldo mínimo a sus trabajadores.

Para mitigar el impacto de este aumento en las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes), el gobierno ha implementado un esquema de subsidios. Con cada aumento del salario mínimo, también se activan algunas políticas de apoyo para que las pymes puedan hacer frente al alza de los salarios.

Estas fueron algunas de las dudas planteadas durante la Comisión de Hacienda, instancia que escuchó a los ministros de Hacienda y del Trabajo, quienes detallaron el proyecto que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, la asignación familiar y maternal, y el subsidio único familiar. La Comisión de Hacienda conoció los alcances del proyecto que reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, la asignación familiar y maternal, y el subsidio único familiar, el que cursa su segundo trámite constitucional.

El mensaje propone que, durante el año 2025, una primera etapa contempla el aumento del salario mínimo a $529.000 a contar del 1° de mayo de 2025 y una segunda etapa, a partir del 1° de enero de 2026, una nueva alza a $539.000.

Reajuste Especial por Condición de Edad

Desde los ministerios se detalló, además del reajuste del monto del ingreso mínimo, que habrá reajuste especial por condición de edad: a partir del 1º de mayo de 2025, el ingreso mínimo mensual para los y las trabajadoras menores de 18 y mayores de 65 años se elevará, de manera proporcional, a $394.622, y a contar del 1º de enero de 2026 a $402.082 mientras que el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales, a $340.988 a partir del 1º de mayo de 2025, para posteriormente ascender a $347.434 a partir del 1° de enero de 2026.

Se reajusta a los valores de la Asignación Familiar y Maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares, mediante la modificación de la ley Nº 18.987, ajustando al alza sus tramos y se modifica la ley 18.020 que establece el subsidio familiar para personas de escasos recursos, reajustando su valor en la misma proporción.

Implicancias en el Empleo

La instancia especializada conoció los detalles de la norma, a través de las exposiciones de los ministros de Hacienda, Mario Marcel, y de Trabajo y Previsión Social, Giorgio Boccardo. Los legisladores hicieron notar que “nos preocupan las implicancias como lo que está ocurriendo con la formalidad e informalidad laboral; que el reajuste no signifique mayor desempleo; sumado a que la economía del mundo está con turbulencias”.

El ministro Marcel realizó una exposición que contó con comparación analítica y cómo inciden los salarios mínimos en la economía a nivel internacional, justificados bajo argumentos de equidad. Recordó que los sectores más intensivos con salario mínimo son: construcción y comercio y aclaró que el salario mínimo chileno se encuentra ubicado en la medianía de los países de América Latina.

Sobre la relación del “aumento del monto con el empleo en particular, uno pensaría que, dado que se aplica solo a trabajadores formales, si fuera un aumento desproporcionado, habría movilidad desde el empleo formal al informal, pero lo que ha ocurrido es lo contrario”. Al respecto, agregó que, según cifras del INE, “en las últimas mediciones, el empleo informal está en mínimos histórico en 25,8%”.

Además, recalcó que “el aumento que se propone, básicamente compensa por lo que sería la pérdida de poder adquisitivo durante el próximo año, producto de la inflación”. Marcel indicó que, por la coyuntura especial por los efectos de los aumentos arancelarios de Estados Unidos y la guerra comercial con China, “para nuestro país, los efectos serían menores que para el resto del mundo”.

Observatorio de Ingresos y Costo de la Vida

El ministro del Trabajo destacó que el proyecto fue propiciado por un protocolo de acuerdo que se firmó con la CUT y detalló las medidas en apoyo a las Mipyme. Agregó que en el contexto del protocolo se creó el Observatorio de Ingresos y Costo de la Vida de las y los Trabajadores, “espacio técnico y donde las partes pueden ir discutiendo las cifras durante todo el año”, valoró. “Se ha estimado necesario dar permanencia a dicho observatorio creada por acuerdo tripartito.

Aumento en la Gratificación Legal

El aumento del sueldo mínimo conlleva a su vez un alza en la gratificación legal. Este es un beneficio obligatorio que las empresas deben otorgar a sus trabajadores. Lo que busca es distribuir parte de las utilidades generadas entre sus empleados. El artículo 50 del Código del Trabajo establece que el pago de la gratificación legal corresponde al 25% del sueldo mensual, con un tope de 4.75 ingresos mínimos mensuales (IMM).

La fórmula para calcular la gratificación es esta:

IMM x 4.75 / 12 = gratificación mensual

510.500 x 4.75 / 12 = 202.072

El monto máximo mensual que por ley las empresas deben pagar a sus trabajadores por concepto de gratificación es de 202.072 pesos, en caso de que el cálculo del 25% del sueldo del mes supere dicha cifra.

Veamos un ejemplo: supongamos que un trabajador de tu empresa tiene un sueldo de 700.000 pesos mensuales. El 25% de 700.000 serían 175.000. Como el cálculo del 25% no supera el monto máximo de gratificación legal (202.072), entonces dicho empleado recibirá 175.000 pesos por este concepto.

Vamos con otro caso: un empleado tiene un sueldo de 900.000 pesos. El 25% de 900.000 son 225.000, una cifra superior al tope establecido por ley para el pago de la gratificación mensual. Por ende, la empresa solo tendrá que pagar los 202.072 pesos.

Es importante tener en cuenta siempre que con cada aumento del salario mínimo, también sube la gratificación legal, que es, como explicamos unos párrafos más arriba, el equivalente al 25% del sueldo, con un tope de 4.75 IMM.

La ministra del Trabajo, Jeannette Jara, destacó que este aumento es un reflejo de la posibilidad de mejorar las condiciones laborales cuando hay voluntad política y diálogo efectivo. El aumento del salario mínimo es un avance significativo en la promoción del trabajo digno y la mejora de la calidad de vida de los trabajadores chilenos.

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