Este sitio contiene las convocatorias del Sistema de Alta Dirección Pública, según lo establecido en la Ley N°19.882 y Ley N° 20.955. Este portal reúne la oferta laboral de ministerios y servicios públicos, considerando los siguientes tipos de convocatorias: Ingreso a la Planta Funcionaria, Jefe de Departamento y niveles jerárquicos equivalentes, cargos a Contrata y procesos de selección para cubrir vacantes en calidad de honorarios, reemplazos y aquellos sujetos a las normas del Código del Trabajo, o de otros estatutos especiales. Ud. revisa aquí las ofertas de empleos disponibles en instituciones públicas, según tu perfil profesional y cargo de interés.

Requisitos Generales para Ingresar a la Administración Pública

Los requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública están señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

  1. Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
  2. Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
  3. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  4. Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
  5. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
  6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

Inhabilidades

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

  1. Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
  2. Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
  3. Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
  4. Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
  5. Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.

Requisitos Específicos para Cargos de Alta Dirección Pública

Los requisitos para ejercer un cargo de Alta Dirección Pública son:

  • Estar en posesión de un título de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocidos por éste.
  • Acreditar experiencia profesional no inferior a 5 años, sin perjuicio de otros requisitos que pueda exigir la ley para cargos determinados.

En conformidad con lo previsto en el artículo 12° de la ley Nº 18.834 sobre el Estatuto Administrativo, precepto que regula los requisitos de ingreso a la Administración Pública Chilena, quien postule a un cargo adscrito al Sistema de Alta Dirección Pública, además de cumplir estas exigencias legales, debe ostentar la calidad de ciudadano/a.

Proceso de Postulación y Evaluación

Postulación

Las personas interesadas en postular deben hacerlo únicamente a través del Portal de Empleos Públicos, para lo cual deberán registrarse previamente como personas usuarias de éste y completar el Curriculum Vitae del Portal (en el menú MI CV, en VER CV) y adjuntar los documentos solicitados en documentos requeridos para postular. Los documentos señalados en el punto anterior deben estar adjuntos en el mismo Portal de Empleos Públicos, en la opción “Adjuntar Archivos”. Las personas postulantes son responsables de la completitud y veracidad de la información que presentan. Las personas postulantes que no adjunten los antecedentes solicitados quedarán fuera del proceso.

Documentación Requerida

Los documentos antes señalados se deben ingresar en el mismo Portal de Empleos Públicos, en la opción “Adjuntar Archivos”, donde deberá adjuntar cada uno de los documentos que se exige sean presentados al momento de formalizar su postulación al cargo, con lo cual, quedarán con un ticket. Se deja establecido en estos lineamientos que, la nómina de postulantes idóneos resultantes de este proceso de selección servirá para cubrir nuevas vacantes que requiera el Servicio.

  • Copia de certificado de nivel educacional requerido en el perfil de cargo.
  • Copia de certificados que acrediten doctorado, magíster, diplomados o capacitación en materias señaladas en el perfil del cargo.
  • Declaración jurada simple firmada, en formato contenido en las presente Bases en anexo sugerido, que acredite lo señalado en el artículo 12 DFL 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N.º 18.834, y que no se encuentra afecto a las inhabilidades contempladas en artículo 54 del DFL N.º 1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N.º 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
  • Copia de certificados de experiencia, en formato contenido en la presente Base en anexo sugerido. Para estos efectos, será de exclusiva responsabilidad del postulante, verificar que los certificados se encuentren correctamente emitidos, y permitan que la comisión de selección pueda comprobar, mediante este documento, las funciones que realizó previamente.

Etapas de Evaluación

  1. Fase II:
    • Copia de certificado de nivel educacional requerido en los requisitos obligatorios del perfil de cargo.
    • Declaración jurada simple, que acredite lo señalado en el artículo 12 DFL 29 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N.º 18.834, y que no se encuentra afecto a las inhabilidades contempladas en artículo 54 del DFL N.º 1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N.º 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
  2. FASE III:
    1. Revisión, selección y evaluación de los documentos presentados por los postulantes, indicados en la Fase de difusión y postulación, que acrediten los estudios de especialización, capacitación y otras actividades de perfeccionamiento, asociados al perfil del cargo.
    2. Revisión, selección y evaluación de los documentos de los postulantes indicados en la Fase de difusión y postulación, que acreditan su experiencia en relación con el perfil del cargo.

Prueba Técnica y Entrevista

Las personas postulantes que avancen la primera etapa del proceso solo desarrollarán una prueba técnica relacionada a los conocimientos solicitados para el cargo, en la medida que avancen a la etapa 10 o más personas postulantes o cuando sea requerido expresamente por las características del cargo. La persona postulante deberá obtener una nota mínima o superior al 70% del puntaje total de la prueba. No avanzarán a la siguiente etapa las personas postulantes que no obtengan el puntaje mínimo requerido.

Se citará a quienes hayan aprobado la etapa anterior, siempre que se haya aplicado una prueba técnica. De no ser así, las personas postulantes avanzarán directamente a esta fase tras la etapa de evaluación curricular. La comisión de selección estará conformada por las personas funcionarias del Instituto de Seguridad Laboral designadas para este fin. Para aprobar esta etapa, las personas postulantes deben obtener al menos el 70% del puntaje total en la entrevista.

Luego se realizará un ranking ponderando los resultados de las etapas previas aprobadas.

Evaluación Psicolaboral

En esta etapa se evaluará la adecuación de la persona postulante para el desempeño del cargo conforme a las competencias indicadas en el perfil.

Consideraciones Adicionales

  • El proceso de selección podrá ser declarado desierto por falta de personas postulantes idóneas, entendiéndose aquellas personas que no cumplan con el perfil y/o los requisitos establecidos.
  • Las personas postulantes que presenten alguna discapacidad que les produzca impedimento o dificultades en la aplicación de los instrumentos de selección que se administrarán, deberán informar en su postulación, para adoptar las medidas pertinentes, de manera de garantizar la igualdad de condiciones a todas las personas postulantes que se presenten en este proceso de selección.
  • Es de exclusiva responsabilidad de la persona postulante revisar su casilla de correo electrónico constantemente durante el periodo del proceso de selección (bandeja principal, o spam a razón de los diferentes sistemas de seguridad de cada computador), puesto que todas las notificaciones del mismo serán enviadas a la dirección entregada por la persona al momento de la postulación.
  • En caso de que la persona postulante no pueda asistir a alguna de las etapas del proceso o no envíe la información solicitada, quedará automáticamente fuera del proceso.
  • Durante el inicio de la prueba técnica, se informará previamente el tiempo asignado para completarla.

Servicio Civil y Alta Dirección Pública

El Servicio Civil es un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente o Presidenta de la República a través del Ministerio de Hacienda. El Consejo de Alta Dirección Pública tiene como principal misión regular los procesos de selección de candidatos/as a cargos del Sistema de Alta Dirección Pública o de aquellos que deben seleccionarse con su participación y conducir los concursos destinados a proveer los cargos de las jefaturas superiores de servicio.

El Sistema de Alta Dirección Pública (SADP) tiene como objetivo dotar a las instituciones del Estado -a través de concursos públicos y transparentes- de directivos/as con probada capacidad de gestión y liderazgo para ejecutar de forma eficaz y eficiente las políticas públicas definidas por la autoridad. En la actualidad los cargos que se eligen con apoyo de la Alta Dirección Pública son más de 5 mil.

Portales Web de Interés

  • Portal de Empleos Públicos: Es un portal web, cuyo objetivo es facilitar y dar mayor transparencia a la difusión de la oferta de empleos que realizan los servicios públicos que lo utilizan, para la publicación de sus convocatorias, permitiendo optimizar las postulaciones de funcionarios/as públicos/as y de la ciudadanía.
  • Portal de Directores de Establecimiento Educacional: Es un portal web cuyo objetivo es facilitar y dar mayor transparencia a la difusión de la oferta de Director/a de Establecimiento Educacional que realizan los municipios para la publicación de sus convocatorias, permitiendo optimizar las postulaciones de la ciudadanía a las mismas, a través de la postulación en línea a las convocatorias disponibles.

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