El Ministerio del Trabajo y Previsión Social anunció el nombramiento de Camila Covarrubias Retamal como la nueva secretaria regional ministerial (Seremi) de la cartera en la Región de Aysén. Covarrubias asumió el cargo a partir de este mismo martes. La nueva Seremi es psicóloga, titulada de la Universidad Católica del Maule, con una mención en psicología de la salud. En paralelo al desarrollo de sus funciones en Aysén, está cursando un magíster en gerencia pública en la Universidad Tecnológica Metropolitana. Además, Covarrubias es investigadora policial profesional de la Escuela de Investigaciones, según detalló el Ministerio a través de un comunicado. La trayectoria de la autoridad en el sector público se remonta a 14 años atrás, iniciando en el 2010 en el área de la salud en el Servicio Nacional de la Mujer, posteriormente en seguridad como investigadora de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) y finalmente como coordinadora regional de la Subsecretaría de Prevención del Delito de Aysén.
“Agradezco la confianza del gobierno, en particular de la minsitra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, para enfrentar este desafío en la región, para poder seguir trabajando en las 22 iniciativas que tenemos como gobierno en la materia y poder seguir trabajando en materias de derechos laborales”, declaró Covarrubias.
Rol de la Seremi durante la Cuarentena en Coyhaique
La Seremi del Trabajo y Previsión Social y la Directora Regional del Trabajo, se refirieron a los aspectos laborales en el inicio de la Cuarentena de la comuna de Coyhaique. Este viernes 25 de septiembre a las 23 horas, la comuna de Coyhaique ingresó a Cuarentena, Paso 1 en el Plan Paso a Paso del Gobierno para enfrentar la pandemia del Covid 19 que afecta a nuestro país. La Seremi Andrea Ponce invitó a informarse sobre las actividades permitidas durante la Cuarentena.
“Ante las diferentes dudas y consultas de qué hacer y qué no hacer en temas laborales, por la Cuarentena que vamos a vivir en la comuna de Coyhaique, queremos entregarles la siguiente información: primero visitar la página www.gob.cl/pasoapaso en donde podrán encontrar el Instructivo de Desplazamiento. Este documento contiene información importante, como cuáles son los trabajos y las empresas que son esenciales y que pueden seguir funcionando en Cuarentena.
Efectos Laborales y Alternativas
Sobre los efectos laborales, la Directora Regional del Trabajo, Victoria Sierra, recalcó la distinción entre las empresas esenciales y las no esenciales, mencionando las alternativas que entrega el Código del Trabajo. “Para aquellas empresas no esenciales, tenemos que tener en cuenta, que, dado el acto de autoridad que suspende la actividad económica, los empleadores se encontrarán en una situación de fuerza mayor o caso fortuito que suspende los efectos laborales del contrato de trabajo, lo quiere decir que se suspenden las obligaciones y los derechos. Se suspende la obligación del trabajador de concurrir a prestar sus servicios, pero también, la obligación del empleador de pagar por esos servicios porque obviamente no se van a prestar.
¿Qué pueden hacer las partes ante esta situación? Por ejemplo, optar, dado que la ley no lo prohíbe, por un feriado legal que debe ser acordado por el empleador y el trabajador o un feriado colectivo que pudiera ejercer el empleador para un establecimiento o sucursal. Si las partes no quieren optar por ese beneficio legal que está en el Código del Trabajo, pueden optar por la ley de Protección del Empleo, a través de la figura de Suspensión del contrato por Acto de Autoridad y ese trámite deben realizarlo en la página de la AFC, www.afc.cl, ingresando el empleador con su RUT y contraseña para adherir a sus trabajadores a esta suspensión. Aquí es importante recordar que los trabajadores no van a recibir el 100% de su sueldo sino solamente el 70% el primer mes.
Permisos Laborales y Fiscalización
Con respecto a los permisos laborales, la Seremi Andrea Ponce detalló, “También invitarlos a visitar la página www.comisariavirtual.cl en donde encontrarán una serie de permisos dependiendo del caso que ustedes vayan a requerir y específicamente existe uno en materia laboral. Por ello, les pedimos a todos los trabajadores y trabajadoras que sean responsables con aquello, porque el permiso es solo para trabajar. Si los fiscalizan haciendo un trámite o comprando va a tener la sanción correspondiente porque ese permiso sólo era para ir a trabajar.
Sobre la fiscalización, consultas y denuncia, Victoria Sierra afirmó: “Igual es importante señalar que como no pueden funcionar las empresas no esenciales, la Dirección del Trabajo va a estar fiscalizando, en conjunto con PDI y la Subsecretaría de Prevención del Delito, que estas empresas efectivamente tengan cerradas sus puertas porque todos debemos contribuir a que se respete la Cuarentena.
Actividades Esenciales Permitidas Durante la Cuarentena
Entre las actividades consideradas esenciales y que se permite su traslado con credencial y ciertos documentos detallados, están:
- Sector Salud: Profesionales de la salud y laboratorios; Personal de farmacias, laboratorios, empresas químicas y productores de medicamentos; Funcionarios del Servicio Médico Legal.
- Personal de Emergencias: Bomberos y personal de prevención y combate de incendios; ONEMI, sus servidores y funcionarios públicos en todos sus niveles; Cuerpo de Voluntarios de los Botes Salvavidas; Personas que se desempeñen como gásfiter y electricistas (con acreditación SEC).
- Sector Transportes: Personal que se desempeña en el transporte público; Transportistas de bienes; Personal esencial de las empresas que se desempeñen en actividades asociadas a la logística de cargas; Personal que trabaja en los aeropuertos del país.
- Otras actividades esenciales: Ministros de culto; Personal que preste servicios en residencias destinadas a niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, y de personas con discapacidad o en situación de calle; Feriantes y Pescadores artesanales.
El Permiso Único Colectivo es necesario para el desplazamiento por sectores o localidades que se encuentren en cuarentena territorial, para asistir al trabajo de manera presencial o para la realización de otros trámites propios del cumplimiento de sus funciones. Las personas deberán portarlo, junto a su cédula de identidad, debiendo presentarlos siempre ante la autoridad fiscalizadora al momento del control.
Servicios de Utilidad Pública
- Personal de suministro de energía y de las centrales de operaciones.
- Personal de suministro de agua potable, centrales de operaciones, tratamiento de aguas servidas y riles.
- Personal de suministro de gas y centrales de operaciones.
- Funcionarios de las estaciones de servicio y distribuidoras de combustible.
- Personal que cumple labores esenciales para el funcionamiento de las autopistas.
- Personal de empresas que presten servicios para el mantenimiento, reparación y funcionamiento de sistemas informáticos y/o tecnológicos, servicios de telecomunicaciones, data center y centrales de operaciones.
- Personal que trabaja en reactores nucleares.
- Personal de bancos e instituciones financieras, cajas de compensación, transporte de valores, empresas de seguros generales para efectos del pago de siniestros que deban realizarse de manera presencial, empresas de seguros que pagan rentas vitalicias y otras empresas de infraestructura financiera crítica.
- Personal de Isapres, AFP´s y del Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión.
- Personal de servicios funerarios, cementerios y contratistas de las mismas.
- Trabajadores de empresas recolectoras de basura, de transporte de residuos, fosas sépticas, rellenos sanitarios, limpieza y lavado de áreas públicas y personal contratado por empresas e instituciones que transporten y procesen materiales reciclables, embalajes y envases.
- Prestadores de servicios en empresas de correos.
- Personal esencial para el funcionamiento de las Notarías.
- Personal esencial para la facilitación del comercio exterior del país.
- Personal que preste servicios para la construcción, mantenimiento, reparación y funcionamiento de infraestructura pública.
- Personal que preste servicios destinados a la producción, elaboración y entrega de alimentos a instituciones públicas y a aquellas que prestan servicios para las mismas.
- Personal esencial para la mantención y reparación de ascensores.
- Cuadrillas de respuesta a emergencias de empresas de transporte, distribución de gas, empresas de transmisión y distribución de electricidad, telecomunicaciones, agua potable, saneamiento y control de plagas.
- Trabajadores esenciales para el funcionamiento de empresas mineras, proveedores y contratistas de las mismas.
- Personal de servicios veterinarios y aquel que preste servicios para el cuidado animal en bioterios, zoológicos, hipódromos, estaciones experimentales, campus universitarios y otras instituciones públicas o privadas que posean o alojen animales.
- Personas que presten servicios en hoteles con huéspedes.
- Plantas de revisión técnicas.
Otros Permisos y Sectores
- Seguridad: Conserjes y funcionarios de seguridad de edificios, condominios y otro tipo de propiedades; Empresas de seguridad.
- Prensa.
- Alimentos y comercio de bienes esenciales de uso doméstico: Personal de supermercados, panaderías, mercados, centros de abastecimiento; Trabajadores de almacenes de barrio, locales de expendio de alimentos, ferreterías; Personal de empresas de agro alimentos y productores silvoagropecuarios.
- Educación: Asistentes de la educación y Docentes que estén cumpliendo turnos éticos; Personal esencial para el soporte y mantenimiento tecnológico de las instituciones educacionales.
- Servicio Público: Funcionarios y servidores públicos municipales, de Gobiernos Regionales, Autoridades de Gobierno, funcionarios de los ministerios y de los servicios públicos centralizados y descentralizados.
- Permiso Repartidores: Para repartidores que prestan servicios de distribución de alimentos, medicamentos y otro tipo de bienes esenciales de uso doméstico por medio de plataformas de delivery. Vigencia por un sólo día hasta las 24:00 horas.
Avances en la Reducción de la Jornada Laboral
El seremi del Trabajo y Previsión Social, Rodrigo Díaz, explicó los avances que ha tenido hasta el momento el proyecto de ley sobre la reducción de la jornada laboral. Díaz destacó el avance del proyecto, siendo el primero y fundamental, el acuerdo unánime en la modificación de las horas de jornada laboral.
“En la Comisión de Trabajo del Senado se aprobó poder modificar en el Código del Trabajo 40 por 45, por lo tanto, ya podemos hablar de 40 horas, lo que es el corazón de esta reforma", dijo la autoridad. También indicó que en el artículo 22 se realizó una modificación que solamente va a quedar para los cargos de alta gerencia.
"Ahora, vamos a poder hablar de la jornada laboral de 4x3, esto significa que se reconoce una jornada de trabajo de cuatro días, con diez horas y con tres días de descanso”, detalló. La autoridad laboral de la Región de Aysén, recalcó el diálogo existente y el reconocimiento a las particularidades de los sectores productivos, más aún con la gradualidad acordada.
“Este sistema va a proteger el empleo, porque tiene gradualidad, lo que va a permitir que las empresas se vayan acomodando a este sistema. En cinco años, va a estar la modificación total, por lo tanto, hay tiempo", sostuvo. Díaz recalcó que la reforma va a reconocer las distintas áreas productivas, los distintos procesos productivos, minero, agrícola, entre otros, eso va a permitir ir avanzando, siendo otro tema el apoyo a las pymes.
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