El seguro es un contrato por el cual el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima, a abonar, dentro de los límites pactados, un capital u otras prestaciones convenidas, en caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura. El seguro brinda protección frente a un daño inevitable e imprevisto, tratando de reparar materialmente, en parte o en su totalidad, las consecuencias.

Definiciones Clave

  • Asegurado: Persona titular del interés sobre cuyo riesgo se toma el seguro.
  • Asegurador: Persona natural o jurídica dedicada a la comercialización o venta de seguros por cuenta de una compañía.
  • Beneficiario: Persona señalada en la póliza de seguro, que recibe la indemnización o prestación convenida. Es la persona designada por quién contrata el seguro, para recibir el capital establecido.
  • Tomador: Es la persona que contrata el seguro. Generalmente, en los seguros individuales el tomador lo adquiere por cuenta propia, constituyéndose él mismo en contratante y asegurado a la vez. Por el contrario, cuando el seguro es por cuenta ajena, significa que el tomador o contratante es distinto del asegurado.
  • Póliza: El documento o póliza suscrito con una entidad de seguros. En él se establecen las normas que regulan la relación contractual de aseguramiento entre ambas partes (asegurador y asegurado), especificándose sus respectivos derechos y obligaciones. Es el contrato que establece las condiciones bajo las cuales se asegura un riesgo.
  • Corredor de Seguros: Persona natural o jurídica, auxiliar del comercio de seguros, autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), responsable de la intermediación de seguros y del asesoramiento en su contratación con cualquier compañía de seguros. Persona natural o jurídica, auxiliar del comercio de seguros, autorizada por la Superintendencia de Valores y Seguros para la intermediación de seguros y de su asesoramiento.
  • Siniestro: Acontecimiento o hecho previsto en el contrato, cuya ocurrencia genera la obligación de indemnizar al asegurado. La probabilidad de ocurrencia de un siniestro.
  • Indemnización: Pago que realiza la aseguradora al asegurado o beneficiario en caso de ocurrir un siniestro cubierto por la póliza. Documento suscrito por el asegurado y el asegurador, en el que se certifica el pago de la indemnización.

El Riesgo en los Seguros

El riesgo es el grado de posibilidad de que ocurra algún suceso al azar. En seguros, se estudia la probabilidad de ocurrencia de siniestros para, a partir de estos datos, fijar las tasas (éstas se relacionan con la prima de seguro). Significa que un evento tiene una ocurrencia incierta. Vale decir, puede que ocurra o no. La probabilidad de ocurrencia de un suceso, por ejemplo, un accidente, se determina de mejor manera si existe un gran número de sujetos en estudio.

La declaración del asegurado en la propuesta o solicitud de seguro, respecto de su estado de salud y enfermedades preexistentes, para que el asegurador decida sobre la aceptación y tarificación de su riesgo. Es el interés económico que una persona tiene frente a la ocurrencia de un riesgo.

Elementos que Afectan el Riesgo

  • Agravación del Riesgo: Es la modificación o alteración posterior a la celebración de un contrato, ante el aumento de la posibilidad de ocurrencia o peligrosidad de un evento, afectando un determinado riesgo.
  • Deducible: Es una parte del riesgo, establecido en la póliza, que el contratante debe cancelar antes que su seguro cubra el resto del siniestro. Dicha suma no es indemnizada por la compañía. Es un beneficio establecido en la póliza, mediante el cual se exime al asegurado del pago del deducible (aplica sólo a aquellas pólizas que lo contemplan expresamente, con tope de 5 UF). Para hacer efectivo este beneficio, debe existir un tercero claramente identificado (nombre, dirección y teléfono del conductor, patente, marca, y color del vehículo del tercero) y definitivamente culpable (se declaré culpable, no respete un letrero Pare o Ceda el Paso, o el tercero choca por atrás).
  • Interés Asegurable: Requisito que debe concurrir quien desee la cobertura de determinado riesgo, reflejado en su deseo sincero de que el siniestro no se produzca, ya que a consecuencia de él se originaría un perjuicio para su patrimonio. Este principio se entenderá más fácilmente si se tiene en cuenta que lo que se asegura, es decir, el objeto del contrato, no es la cosa amenazada por un peligro fortuito, sino el interés del asegurado en que el daño no se produzca.

Tipos de Seguros

Existen diversos tipos de seguros diseñados para cubrir diferentes riesgos. Algunos de los más comunes incluyen:

  • Seguro de Transporte: Aquel por el que una entidad aseguradora se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercaderías. Aquel en que la entidad aseguradora se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños ocurridos durante el transporte de mercaderías.
  • Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP): Aquel seguro que deben contratar todos los propietarios de vehículos motorizados en circulación, destinado a indemnizar a las personas que resulten lesionadas en un accidente en que participe el vehículo de su propiedad. Es aquel seguro que deben contratar todos los propietarios de vehículos motorizados en circulación, destinado a indemnizar a los terceros lesionados por el auto asegurado.
  • Seguros de Vida: Constituye uno de los valores garantizados en las pólizas de seguros de vida que generan reservas. Aplicable a los Seguros de Vida Individual con ahorro que generan reservas.

Otros Conceptos Relevantes

  • Buena Fe: Al igual que en cualquier contrato, este principio es fundamental a la hora de contratar un seguro. Para el asegurado, supone el cumplimiento de sus obligaciones, tales como entregar una completa, clara y oportuna información del riesgo asegurable, evitar la ocurrencia de un siniestro, intentar disminuir los daños una vez ocurrido un siniestro y pagar oportunamente la prima.
  • Salvamento: Los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero que, en razón del siniestro, se transfieren a la aseguradora hasta el monto de la indemnización que abone. Es la transferencia de los derechos que corresponden al asegurado a un tercero, en razón del siniestro, al asegurador, hasta el monto de la indemnización que abone.
  • Propuesta: Documento elaborado por una compañía de seguros o por un corredor, que contiene alternativas de cobertura y tarifa para el seguro solicitado por una persona o empresa, con excepción del caso de seguros de Rentas Vitalicias del D.L. Es la oferta que la entidad aseguradora realiza directamente o a través de sus agentes de ventas, o por intermedio de un corredor de seguros, para celebrar un contrato de seguro de renta vitalicia del D.L.

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