El Seguro de Cesantía es un beneficio estatal fundamental para los trabajadores en Chile que quedan cesantes. Este artículo detalla los beneficios, requisitos y el proceso para activar el Seguro de Cesantía, incluyendo casos especiales y el acceso al Fondo de Cesantía Solidario (FCS).

¿Qué es el Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a). Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.

La afiliación al Seguro de Cesantía es permanente e irrenunciable.

Requisitos para Acceder al Seguro de Cesantía

Para acceder al Seguro de Cesantía, es esencial cumplir con ciertos requisitos:

  • Estar cesante.
  • Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002.
  • Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”. Ingresa con tu ClaveÚnica. También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación).

Importante: Si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

Causales de Término de Contrato que Permiten Acceder al Seguro

Las causales de término de contrato que permiten acceder al Seguro de Cesantía incluyen:

  1. Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art. ).
  2. Vencimiento del plazo de contrato (Art. ).
  3. Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. ).
  4. Ajustes por necesidades de la empresa (Art. ).
  5. Caso fortuito o fuerza mayor (Art. ).
  6. Necesidades de la empresa (Art. ).
  7. Quiebra del empleador (Art. ).

¿Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía?

Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados.

Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.

Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.

Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.

Beneficios Adicionales y el Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario.

Se trata de un beneficio adicional, que consiste en dos pagos con cargo al Fondo de Cesantía Solidario. Se activa siempre que el beneficiario permanezca cesante y se hayan agotado sus fondos, independiente del tipo de contrato que tuvo.

Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años. Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.

Se habla de alta cesantía cuando ocurre la siguiente situación: la Tasa Nacional de Desempleo supera en un 1% la tasa promedio de los últimos 4 años. En estos casos, si permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del FCS, podría cobrar 2 pagos adicionales.

Importante: La AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.

Beneficios en Zonas Afectadas por Catástrofes o Alertas Sanitarias

Trabajadores cesantes que se hayan encontrado desempeñando sus funciones dentro de la zona decretada como estado de excepción de catástrofe, zona de catástrofe o de alerta sanitaria:

  • Áreas declaradas en estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública: estado que se decreta para situaciones críticas causadas por la acción humana o de la naturaleza y que debe ser firmado mediante un decreto supremo por el Presidente de la República, junto a los ministros del Interior y Defensa.
  • Zonas afectadas por catástrofe según la Ley 16.282: sismos o catástrofes que provoquen daños de consideración en las personas o en los bienes.
  • Alerta sanitaria que implique la paralización de actividades: ejemplo de ello es lo ocurrido con la pandemia del Coronavirus entre los años 2020 y 2021.
  • Para contrato indefinido o trabajador(a) de casa particular: se requieren 8 cotizaciones. Debe presentar el contrato de su último trabajo para acreditar la dirección laboral donde desarrollaba sus funciones.
  • Nuevos beneficiarios: si el afiliado no ha cobrado su Seguro de Cesantía y cumple con los requisitos de acceso, recibirá el mejoramiento de los primeros dos pagos del beneficio.

Para hacer efectivo el beneficio es muy importante que usted tenga claridad sobre cuál es la dirección de lugar de trabajo. Actualice sus datos accediendo a la Sucursal Virtual de afiliados con su ClaveÚnica o clave AFC.

Bolsa Nacional de Empleo (BNE)

Bolsa Nacional de Empleo (BNE): debe tener activa su cuenta en la BNE y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas. Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS.

Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.

Otros Aspectos Importantes

  • Primer pago al 70% promedio de sus remuneraciones: últimas si tuvo contrato fijo y últimas 10 en caso de indefinido.
  • Aporte a AFP: 10% de aporte a la pensión mientras esté cobrando el Seguro de Cesantía. Este es un beneficio vigente desde el 1 de mayo, por lo que sus pagos a partir de esa fecha contemplan este aporte.
  • ¡Importante! Me arrepentí de la opción de financiamiento. El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.
  • Es un fondo común, propiedad de todos(as) los(as) afiliados(as) de AFC Chile.

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

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