Desde octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular se incorporaron de manera automática y obligatoria al Seguro de Cesantía. Este seguro proporciona un respaldo económico en caso de pérdida del empleo. A continuación, se detallan los requisitos y el proceso para acceder a este beneficio.

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Cada afiliado a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.

Requisitos para acceder al Seguro de Cesantía

Para acceder al Seguro de Cesantía, es fundamental cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Estar cesante.
  2. Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.

Si cumple estos requisitos, solicite su Seguro de Cesantía desde su celular o computador en 3 simples pasos, ingresando a la Sucursal Virtual de afiliados de www.afc.cl.

Causales de término de contrato

Las causales de término de contrato que permiten acceder al Seguro de Cesantía son:

  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art. ).
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. ).
  • Ajustes por necesidades de la empresa (Art. ).
  • Caso fortuito o fuerza mayor (Art. ).
  • Necesidades de la empresa (Art. ).
  • Quiebra del empleador (Art. ).

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Para acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS), se requiere:

  • Tener un mínimo 12 cotizaciones registradas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses antes del despido.
  • Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo desde el día siguiente de haber solicitado su beneficio del Seguro de Cesantía.

¿Cómo afiliarse al Seguro de Cesantía?

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica. Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

Cobro de fondos para pensionados

Una trabajadora o trabajador de casa particular que ya esté pensionado puede solicitar por única vez el retiro de los fondos de su Cuenta Individual de Cesantía. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

¿Cómo realizar el trámite?

Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.

Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.

Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.

TAG: #Cesantia

Lea también: