El retiro de fondos desde las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) ha sido un tema relevante en los últimos tiempos, especialmente con la promulgación de leyes que han permitido a los afiliados acceder a parte de sus ahorros previsionales. A continuación, se detalla información clave sobre el seguimiento del retiro en AFP Capital, así como los requisitos en casos de herencia y pensiones de invalidez.

Seguimiento del Tercer Retiro

El tercer retiro del 10% fue promulgado para ayudar a las familias afectadas por la crisis económica. Los solicitantes pueden realizar el seguimiento del tercer retiro a través de la página web de AFP Capital.

En caso de haber sido aprobada, las vías de notificación fueron a través de correo electrónico, mensaje de texto o a través de los sitios oficiales online. Tras la solicitud, podría ocurrir que esta sea rechazada. Sin embargo, la AFP no puede negar el pago de un beneficio como este.

La AFP podría rechazar la solicitud si el ingreso de la solicitud estuvo mal hecho, o porque una persona puso un RUT y el número de serie del Rut no correspondía, o número de serie y RUT están correctos pero la Cuenta RUT o cuenta bancaria ingresada no corresponde a esa persona.

Herencia de Fondos AFP

Es el saldo de la Cuenta de Ahorro Obligatorio que queda tras el fallecimiento de una persona afiliada sin beneficiarios de pensión. Los requisitos dependen del monto de la herencia y del parentesco que existía entre el afiliado y los herederos.

En el caso del cónyuge, si el fallecimiento se produjo antes de octubre del 2008, puede generar herencia; y si es posterior a esa fecha, es beneficiario de Pensión de Sobrevivencia.

Requisitos si la Herencia es Menor a 5 UTA

Si la Herencia es por menos de 5 Unidades Tributarias Anuales (UTA), los requisitos varían según los herederos:

Si los herederos son los padres, deben presentar:

  • Certificado de Defunción del afiliado.
  • Certificado de Nacimiento del afiliado con el nombre de los padres.
  • Certificado de Matrimonio de los Padres del afiliado, si están casados, o de lo contrario se debe clarificar el estado civil de la madre del afiliado.
  • Declaración jurada notarial en la que se indique la calidad de soltero y sin hijos del afiliado.
  • Declaración Jurada en la cual se aclara si los padres eran o no cargas familiares de su hijo (si eran carga familiar deben presentar solicitud de Sobrevivencia).
  • Poder para Cobrar y Percibir dado a uno de los herederos (debe ser para AFP Capital).
  • Declaración Jurada Notarial de la no existencia de más herederos.

Si los herederos son los hijos, deben presentar:

  • Certificado de Defunción del afiliado.
  • Certificado de Nacimiento de los hijos con el nombre de los padres.
  • Certificado de Defunción de los padres.
  • Certificado de Defunción del cónyuge o certificado de matrimonio con la anulación, o la declaración notarial de soltería del afiliado.
  • Poder para Cobrar y Percibir dado a uno de los herederos (debe ser para AFP Capital).
  • En Caso de Ley 16.744 Resolución de Pensión.
  • Declaración Jurada Notarial de la no existencia de beneficiarios, hijos inválidos.

Si existen hijas, se debe acreditar el estado civil notarial con dos testigos.

Pensión de Invalidez

La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende.

Las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión. Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin.

Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años. La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.

Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez. Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).

Proceso de Solicitud de Pensión en AFP Capital

  1. Comienza tu proceso de solicitud de pensión de la manera que más te convenga. Puedes acercarte a nuestras sucursales con tu carnet de identidad para recibir atención personalizada. Nuestras sucursales estás disponibles para brindarte atención presencial si así lo prefieres.
  2. Emitiremos un certificado con el resumen de tus ahorros acumulados durante tu vida laboral. Este certificado tiene una vigencia de 35 días y será requerido para solicitar el Certificado de Ofertas SCOMP.
  3. Este documento contiene las opciones de pensión ofrecidas por distintas AFP y Compañías de Seguros.
  4. Selecciona una de las modalidades presentadas en el Certificado de Ofertas SCOMP para el pago de tu pensión.
  5. Pasados 10 días desde que elijas tu modalidad de pensión, te notificaremos que tu primer pago está listo para ser retirado.

Los plazos e instancias descritas son parte de la pensión por cumplimiento de edad legal (65 años hombres y 60 mujeres). Estas pueden variar dependiendo del tipo de trámite de pensión que estés iniciando.

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