El proyecto permite que los afiliados al sistema de capitalización individual retiren hasta el 10% de los fondos acumulados ahorrados en su cuenta de cotizaciones obligatorias, de manera voluntaria y por única vez.
¿Quiénes pueden acceder al retiro de fondos de pensiones?
Todas las personas que hayan ahorrado alguna vez en AFP pueden acceder al retiro de fondos, con excepción de quienes tienen una renta vitalicia. De esta manera, pueden retirar sus ahorros los afiliados que tengan saldo en su cuenta individual y que aún no se pensionan, ya sea porque hicieron cotizaciones obligatorias o voluntarias; así como también quienes actualmente se encuentren pensionados por retiro programado o renta temporal, en todas sus versiones, es decir, pensión de vejez, pensión anticipada, por invalidez, o quienes actualmente reciben una pensión de sobrevivencia.
¿Qué pasa si recibo una pensión de sobrevivencia y además tengo ahorros míos?
Si una persona hoy recibe una pensión de sobrevivencia, y además tiene acumulado saldo en su cuenta individual, el retiro lo podrá hacer en ambos fondos. Eso sí, probablemente tendrá que presentar dos solicitudes por separado. Esto significa que podrán retirar el 10% de cada uno de esos fondos, y el tope se calcula por separado. Hay que tener en cuenta que cuando existe más de un beneficiario de esta pensión de sobrevivencia, el retiro del 10% podrá hacerse solo respecto del saldo que le corresponde a cada uno.
Monto y límites del retiro
Todos podrán escoger cuánto es el dinero que quiere retirar, siempre y cuando corresponda al 10% de los fondos que tiene acumulados en su AFP, con un mínimo de $1 millón, y máximo $4,3 millones. Eso sí, cuando una persona tiene en el total de sus ahorros menos de $1 millón, podrá retirarlo todo.
Los afiliados podrán elegir si quiere retirar todo lo que le corresponde por su 10%, o también puede escoger que sea menos de eso. En este último caso, el regulador determinó que no podrán volver a hacer una solicitud por el dinero restante.
¿Cuándo y dónde se va a poder hacer la solicitud?
Desde el jueves 30 de julio, y durante los próximos 365 días, las personas podrán hacer la solicitud directo en el sitio web que haya creado cada AFP con este propósito. Para encontrar el sitio web, hay que ir a la página normal de cada AFP y buscar un banner que guiará a la gente a este sitio nuevo. En una primera etapa, las solicitudes solo se podrán hacer por internet. Más adelante se permitirá hacer el trámite de forma presencial, pero hay que tener en cuenta que las AFP no pueden entregar dinero en efectivo en sucursales.
Requisitos para la solicitud
No será necesaria la clave de la AFP para poder hacer la solicitud, por lo que el llamado es a no ir a sucursales. Solo se requiere el carnet de identidad.
En el formulario que estará disponible desde el jueves en cada sitio web de las AFP, habrá que poner el nombre completo del afiliado, RUT y su serie o número de documento (que está en el mismo carnet de identidad), teléfono y correo electrónico. En el mismo formulario el afiliado definirá cuánto es el monto que quiere retirar, y cuál es el método de pago que prefiere para que le entreguen los recursos.
Métodos de entrega del dinero
Las opciones son: una cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2 en la AFP), el depósito en una cuenta bancaria, o en una cuenta de cajas de compensación o cooperativa. Para ello, los afiliados deberán informar el número de cuenta, tipo de cuenta (corriente, o vista, por ejemplo) y nombre del banco o de la caja de compensación. También podrá optar por el pago mediante un vale vista nominativo para ser cobrado en una entidad financiera, o entidades como Servipag y Sencillito.
Medidas de seguridad
La AFP deberá notificar al afiliado que ha recibido la solicitud de retiro en un máximo de cuatro días hábiles, enviándola al correo electrónico, celular u otro, que haya registrado cada persona en la base de datos. Si una persona no ha solicitado retirar sus fondos, y de todas maneras recibe esta notificación, debe comunicarse con la AFP, porque significa que podría ser una estafa, y alguien podría estar intentando retirar su dinero.
Plazos de entrega del dinero
El pago se hará en dos cuotas. Desde que el afiliado ingresa la solicitud, hay un máximo de 10 días hábiles para que la persona reciba el 50% del monto solicitado. El 50% restante, se entregará en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro. Cada pago tendrá un límite de 75 UF, ya que el máximo a retirar son 150 UF.
El regulador estableció que, para quienes retiren menos de $1 millón en total, el pago pueda ser hecho en una sola cuota, y no en dos.
Protección de los fondos retirados
Estos fondos no podrán ser cobrados por los bancos para pagar deudas de forma automática, por ejemplo, ni ningún otro tipo de cobranza. Solo hay una excepción: deudas originadas por obligaciones alimentarias o compensación económica en juicio de divorcio. Además, las AFP no podrán cobrar nada a los afiliados por hacer este traspaso de dinero. Asimismo, los fondos retirados no pagarán impuestos.
¿Cómo evitar estafas?
Han circulado varias estafas con motivo del retiro del 10%. Tampoco hay que ingresar a algún link que reciban por estas vías. Se espera que un alto flujo de cotizantes realice el trámite.
- El plazo para realizar la solicitud de retiro es de 365 días desde el 30 de julio de 2020, desde las 9:00 horas.
- Hasta el 2 de agosto el proceso será digital y los afiliados deberán solicitar su retiro a través de la página web de la AFP, sólo con su RUT y el número de serie del carnet de identidad. A partir de esa fecha, las sucursales de AFP atenderán a los afiliados que requieran solicitar su retiro de acuerdo con un orden establecido por cada Administradora, con el objetivo de cumplir con las medidas y recomendaciones sanitarias en las sucursales.
- La Ley permite el retiro de hasta 10% de los fondos ahorrados.
- Se establece que el mínimo a retirar será 35 UF (aproximadamente $1.000.000) y el máximo 150 UF ($4.300.000).
- Si un afiliado tiene menos de 35 UF, podrá retirar el total del fondo ahorrado en su cuenta.
- Todas las personas que tengan saldo en su cuenta de capitalización individual pueden acceder al retiro. Esto incluye a los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia. Además, este es un retiro universal, es decir, que todos los afiliados en las AFP, sin exclusión, pueden optar a esta alternativa.
- Pueden retirar fondos los pensionados por vejez, invalidez o sobrevivencia que reciban su pensión bajo las modalidades de Renta Temporal o Retiro Programado, luego del retiro su pensión será recalculada considerando el menor saldo.
- El afiliado debe ingresar una solicitud de retiro en la web de la AFP a la que está afiliado. En la solicitud de retiro, el afiliado debe indicar sus datos personales, si desea retirar la totalidad del monto permitido u otro monto, si tiene deuda por pensión alimenticia y la modalidad de pago (transferencia a la Cuenta 2, a su cuenta bancaria, cuenta de Caja de Compensación, cuenta de Cooperativa de Ahorro y Crédito o mediante pagos presenciales a ser retirados en Servipag o vale vista). Por motivos de seguridad, se transferirá el pago sólo a cuentas cuyo RUT de titular sea el RUT del afiliado solicitante.
- Trabajadores extranjeros: Los trabajadores extranjeros que no tengan su RUT definitivo podrán solicitar el retiro con el NIC (Número Identificatorio para Cotización) junto a su clave de AFP si realizan el trámite de manera remota. Tres días hábiles después de realizar esta solicitud, los afiliados recibirán una respuesta de aprobación o rechazo por parte de su administradora. En caso de ser aprobada, los solicitantes recibirán el primer pago por el 50% del monto total del retiro en 10 días hábiles desde la solicitud.
- En caso de pago de efectivo, se puede incorporar servicios como Servipag.
- La ley establece que el primer pago debe entregarse en un plazo máximo de 10 días hábiles contado desde la fecha de la presentación de la solicitud de retiro a la administradora.
- El proceso de retiro es gratuito para el afiliado. No tiene ningún costo.
- No. El proceso online de solicitud de retiro no requiere clave para realizarlo.
- El pago se hará vía transferencia a una Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2), a una cuenta bancaria, de Caja de Compensación o de Cooperativa de Ahorro y Crédito, para lo que el afiliado deberá informar el número y tipo de cuenta además del nombre de la entidad que la administra. El afiliado también podrá optar por el pago mediante un vale vista nominativo para ser cobrado en una entidad financiera o el pago presencial a ser retirado en Servipag. Los afiliados que no tengan abierta una Cuenta 2, pueden recibir los fondos igualmente en ella, ya que se abrirá automáticamente con el depósito del retiro.
- El dinero retirado de la AFP no paga ningún tipo de impuestos o comisiones por parte de las administradoras.
- No. El retiro de fondos solo se puede retirar a través de la AFP de cada afiliado. No se requieren intermediarios. Por eso, no entregues tus datos a ninguna persona que te contacte ofreciendo asesoría o mediación.
- Los montos por retirar son referenciales y expresados en cuotas y pesos, a la fecha de la comunicación que realice la administradora al afiliado.
- La ley establece que, al llenar el formulario de solicitud, el afiliado debe informar si desea retirar el monto máximo permitido (100%).
- Los afiliados que retiren el 10% de su ahorro previsional y tengan deuda de pensión alimenticia deberán informarlo en la solicitud de retiro. Las Administradoras que reciban la liquidación de deuda por pensión alimenticia y su respectiva sentencia, retendrán automaticamente el monto adeudado y se traspasará a la parte demandante.
- Sí.
- Sí.
- En caso de hacerlo de manera online, los trabajadores extranjeros deben ingresar su RUT y número de serie de su cédula de identidad. Para aquellos que lo pedirán de manera presencial y no tienen cédula de identidad, deben hacerlo con pasaporte o documento de identidad de su país de origen.
- Sólo en aquellos casos que se pidan de manera presencial. El mandato debe estar autorizados ante notario o Registro Civil.
- Los menores de 18 años que sean beneficiarios de pensión de sobrevivencia sí pueden acceder a este retiro.
- El retiro de fondos será depositado a una cuenta cuyo RUT deberá ser el mismo del afiliado que solicita el retiro. Esto se suma, además, a que no se permite el depósito de fondos a cuentas bipersonales (con más de un titular) ni en cuentas digitales con procesos de apertura no presenciales.
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