Este artículo proporciona información detallada sobre las pensiones y beneficios disponibles para el personal de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI), incluyendo la pensión de retiro, la pensión de montepío y el desahucio.
Tipos de Pensiones y Beneficios
Pensión de Retiro
La Pensión de Retiro es el beneficio previsional que adquiere el personal de la Policía de Investigaciones al cumplir 20 años de servicios efectivos (Art. Nº 82 DFL.
Pensión de Montepío
Es la pensión que se otorga a los beneficiarios del personal de la Policía de Investigaciones que fallece en servicio activo o pasivo, con derecho a pensión de retiro. La pensión de montepío se pagará a contar de la fecha de fallecimiento del causante, una vez totalmente tramitada la resolución de pensión de montepío.
Beneficiarios de la Pensión de Montepío
Los beneficiarios de la pensión de montepío se clasifican en el siguiente orden:
- En 1° grado: La viuda o el viudo, que hubiere contraído matrimonio con él o la causante, con al menos tres años de anterioridad al fallecimiento.
- Ser solteros menores de 18 años de edad, o mayores de 18 y menores de 24 si son estudiantes de cursos regulares de enseñanza básica, media, técnica o superior.
- Ser soltero inválido o incapaz absoluto, cualquiera sea su edad.
- *Asignataria especial del artículo 24 de la Ley N° 15.386 (Madre de hijos no matrimoniales).
- Vivir a expensas del causante.
Desahucio
El Desahucio es una indemnización que tiene derecho a percibir el personal de planta de la Policía de Investigaciones quien, cumpliendo los requisitos, se retira de la Institución con derecho a pensión.
Desahucio para Personal Ingresado antes del 23 de Septiembre de 1989
Este personal se rige por el antiguo estatuto administrativo (D.F.L. 338 de 1960). En servicio activo se cotiza un 6% de la remuneración imponible. Se computa tiempo institucional y se agrega el tiempo de Conscripción Militar. El equivalente es un mes de sueldo imponible por cada año de servicio, con tope de 24 mensualidades.
Desahucio para Personal Ingresado a Contar del 23 de Septiembre de 1989
Este personal se rige por el artículo N° 133 del D.F.L. (INV) N° 1/80, Estatuto del personal de la PDI. La cotización es de un 5% de la remuneración imponible en servicio activo, retiro o montepío. El personal que se haya retirado de la Institución por causal de invalidez de primera, segunda y tercera clase, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. Personal a Contrata establecido en el Art. N° 1 del DFL.
Devolución de Imposiciones del Fondo de Desahucio
En caso de retirarse sin derecho a pensión, el funcionario podrá solicitar la devolución de imposiciones del fondo de desahucio, acercándose a la División de Gestión y Modernización de las Policías, cumpliendo los requisitos establecidos en la legislación vigente. Para esto, es necesario haber cotizado, al menos, 3 años al fondo de Desahucio.
¿Cómo y dónde realizar los trámites?
La solicitud debe ser presentada en la División de Gestión y Modernización de las Policías, ubicada en calle Agustinas N°1235, piso 8, Santiago, personalmente o remitirla por carta certificada. Si la envía mediante carta certificada, la remite a la División de Gestión y Modernización de las Policías, ubicada en calle Agustinas N°1235, piso 8, Santiago.
Información Adicional y Contacto
Desde el mes de Septiembre del 2020, el Departamento de Retiro de la Policía de Investigaciones de Chile es el encargado de recopilar toda la documentación del funcionario policial que pase a retiro. El Depto.
Informamos que debido a la emergencia sanitaria por el Covid-19, la atención de público está suspendida en forma presencial.
Una vez en el sitio web de Dipreca, ingresa tu RUN y ClaveÚnica.
Si requieres mayor información, llama al Call Center de Dipreca: 600 6135 600 (desde celulares y red fija). También puedes visitar las Oficinas regionales de Dipreca.
Préstamo de Auxilio
El monto máximo a solicitar es de $1.000.000, el que se descontará en 10 cuotas. Si requiere un monto superior al estipulado en la ejecución presupuestaria, debe enviar una carta para solicitar el beneficio.
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