Si estás afiliado al sistema de AFP en Chile, tienes la opción de cambiar de AFP mediante un proceso formal. Este proceso se lleva a cabo a través de la suscripción de una Orden de Traspaso Irrevocable (OTI).

¿Qué es la Orden de Traspaso Irrevocable?

La Orden de Traspaso Irrevocable es el documento mediante el cual un afiliado manifiesta su voluntad de transferir los fondos de las cuentas que tiene vigentes a una AFP distinta a la que se encuentra incorporado.

¿En qué consiste el traspaso de fondos?

El traspaso consiste en el procedimiento por el cual se transfieren los fondos de la Cuenta Obligatoria y/o voluntarias de un afiliado de una AFP a otra. Si además tiene Cuenta de Indemnización se traspasan en forma conjunta a la nueva AFP.

Asimismo puedes transferir los fondos correspondientes a tu Cuenta 2, Cuenta APV y Cuenta de Depósitos Convenidos si lo deseas, indicando la opción en el formulario al momento de efectuar la suscripción.

¿Quiénes pueden solicitar un traspaso?

Pueden suscribir un traspaso:

  • Los trabajadores activos, sean dependientes (con contrato o cesantes) o independientes.
  • Los afiliados pensionados en la AFP, que estén recibiendo Retiro Programado o con saldo en la Cuenta Individual.
  • Los trabajadores que sólo tienen una Cuenta de Indemnización en la AFP, sin pertenecer a dicho sistema previsional para otros efectos.
  • Los afiliados voluntarios que tienen una cuenta vigente en el sistema de AFP.

¿Cuándo NO se puede suscribir una Orden de Traspaso?

No puedes suscribir una Orden de Traspaso en los siguientes casos:

  • Si iniciaste los trámites para pensionarte, hasta que te encuentres percibiendo el pago de la pensión definitiva.
  • Si solicitaste tu desafiliación al sistema y la solicitud está en proceso de resolución.
  • Si hay un reclamo normativo pendiente por problemas de afiliación, multi afiliación, falsificación de firma y/o regularización de saldos.

Si has cumplido la edad legal para pensionarte pero que no has presentado la solicitud correspondiente, puedes suscribir la Orden de Traspaso si dispones de saldo en tu Cuenta Obligatoria de Capitalización Individual y/o Cuenta de Afiliado Voluntario.

Si la resolución rechaza la solicitud, puedes suscribir una Orden de Traspaso, dado que continúas en la AFP.

¿Cómo se efectúa el traspaso?

Para realizar el traspaso, debes seguir estos pasos:

  1. Suscribir una Orden de Traspaso Irrevocable (OTI) ante un representante de la nueva AFP a la cual deseas cambiarte.
  2. Simultáneamente, con la suscripción de la Orden de Traspaso, puedes suscribir los formularios: Solicitud Convenio para Distribución y/o Traspaso futuro de recursos previsionales, Autorización de Descuento de la Cuenta de Ahorro Voluntario y Selección de Alternativas de Ahorro Previsional (Ley 19.768) para el inicio del Ahorro Previsional Voluntario (APV).
  3. Además, debes suscribir un documento adicional denominado: “Declaración Jurada”.

Previo al proceso de la suscripción de la Orden de Traspaso, los trabajadores deberán ser informados acerca de las comisiones que cobran las AFP a través de la entrega del documento informativo (Anexo Nro. 9) vigente a la fecha de la suscripción de la Orden de Traspaso, cuya copia debidamente firmada deberás adjuntar al ejemplar de la Orden de Traspaso destinado a la AFP antigua.

¿Se puede hacer el trámite online?

Sí, algunas AFP permiten solicitar el traspaso a través de sus sitios web. Por ejemplo, en AFP Cuprum, puedes realizar el trámite ingresando a su sitio web y siguiendo los pasos indicados. Una vez ingresados tus datos personales y los de tu empleador, debes indicar la clave de seguridad adicional que tienes en tu actual AFP.

Requisitos para suscribir una Orden de Traspaso

Para suscribir una Orden de Traspaso, necesitarás:

  • Tu Cédula de Identidad vigente (se tomará una copia con la leyenda "Uso exclusivo AFP").
  • La razón social, RUT y domicilio de tu empleador.

La Orden de Traspaso debe ser realizada en persona frente a un representante de AFP Cuprum.

Se requerirá tu firma y la impresión de tu huella dactilar del pulgar derecho, además de la firma del representante de AFP Cuprum, lo que debe registrarse en el mismo acto, uno en presencia del otro.

Información importante a considerar

  • El formulario denominado Orden de Traspaso Irrevocable, es el documento que autoriza el traspaso de los saldos de las cuentas personales a la nueva AFP.
  • Esta Orden de Traspaso puede ser anulada como consecuencia de un proceso de revisión en el que se detecten antecedentes erróneos o faltantes (como por ejemplo: la omisión del tipo de fondo de pensiones en la nueva AFP).
  • Este formulario también será anulado si a la fecha de notificación a la nueva AFP se encuentra pendiente la materialización de un cambio de fondo.
  • El rechazo de la Orden de Traspaso o su aceptación, y la fecha a contar de la cual estará incorporado en la nueva AFP, será informada por la AFP seleccionada al domicilio consignado en el formulario o a tu correo electrónico.

Comisiones por el traspaso

No. Las AFP no pueden cobrar por el traspaso de saldos de ninguna de tus cuentas.

¿Cuándo puedes volver a cambiar de AFP?

Sólo puedes hacerlo a contar del mes siguiente al de la afiliación a la nueva AFP.

¿Cómo afecta el traspaso a los retiros de las cuentas?

El proceso de traspaso de fondos te inhabilita para solicitar retiros de indemnización o cobrar excedentes de libre disposición. Este impedimento se prolonga desde la fecha en que esta orden es aceptada por la AFP antigua y hasta el día hábil siguiente al de la acreditación de tus fondos.

Si en la Orden de Traspaso has optado por transferir sus saldos de ahorro voluntario, cotizaciones voluntarias o depósitos convenidos, quedas afecto a las restricciones antes señaladas a causa de ellos.

Plazos para el traspaso

Luego de firmar la orden de traspaso, la AFP actual debe aprobar el cambio y traspasar los saldos.

La nueva AFP informará a tu empleador, mediante el envío de una carta al domicilio consignado en la Orden de Traspaso, de tu cambio de AFP.

Este aviso se comunicará dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha en que la Orden de Traspaso haya sido aceptada, y en ella se indicará el mes en que debe pagar las cotizaciones, depósitos y aportes previsionales en la nueva AFP.

La última cotización en la antigua AFP se paga dentro de los primeros 10 días del mes siguiente a la firma de la Orden de Traspaso.

Quedas incorporado a tu nueva AFP a contar del primer día del mes siguiente en que firmaste la Orden de Traspaso.

La primera cotización se debe pagar en la nueva AFP dentro de los primeros 10 días del tercer mes, contando como mes primero aquel en que firmó la Orden de Traspaso.

Por ejemplo: si firmaste en septiembre, el pago en la nueva AFP se debe hacer en noviembre, sobre las remuneraciones de octubre.

El traspaso de tus fondos se produce el primer día hábil del mes siguiente (si suscribes la Orden de Traspaso entre el 1 y el 15), o el día 15 del mes siguiente (si suscribes la Orden de Traspaso entre el 16 y el último día del mes).

Si estás pensionado, el primer mes de pago de tu mensualidad en la nueva AFP será en el mismo mes del traspaso de los fondos.

Si firmas una solicitud de pensión dentro del mismo mes de suscripción de la Orden de Traspaso, este último documento será anulado por la AFP.

Disponibilidad de fondos para pensión de alimentos

Si el tribunal de familia encuentra cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario e instrumentos de inversión o financieros, dictará una resolución ordenando a las instituciones bancarias o financieras que informen sobre los saldos, movimientos y toda la información que se considere relevante para el pago de la deuda de pensión de alimentos.

Una vez notificada la resolución de pago, la respectiva entidad bancaria o financiera tendrá un plazo de 15 días hábiles para realizar la transferencia ordenada por el tribunal.

Adicionalmente, puedes solicitar al tribunal que active el procedimiento especial cuando existan tres mensualidades de pensión de alimentos adeudadas, totales o parciales, continuas o discontinuas, y el deudor no cuente con fondos en los bancos o instituciones financieras, o estos no son suficientes para saldar el total de la deuda.

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