Esta herramienta le permitirá conocer en qué administradora de fondos de pensiones (AFP) está afiliada o afiliado y si se encuentra o no incorporado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

Por otra parte, si desea obtener un Certificado de Afiliación, puede dirigirse al procedimiento de Generación de Certificados de Afiliación.

¿A quién está dirigido este trámite?

A todas las personas afiliadas al sistema de pensiones y al seguro de cesantía.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Ningún documento.

Retiro de fondos de AFP en Perú durante la pandemia

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) de Perú emanó este jueves un decreto en el que permite a los peruanos poder retirar hasta S/2.000 (casi US$580) de sus fondos de pensiones como herramienta para paliar los efectos económicos de la pandemia de coronavirus que golpea al mundo.

El retiro será permitido a los afiliados del sistema privado de pensiones (SPP) que cuenten con recursos en su Cuenta Individual de Capitalización de Aporte Obligatorios (CIC) y que al 31 de marzo de 2020 no registren acreditación de aportes obligatorios entre septiembre de 2019 y febrero de 2020.

Los afiliados de las AFP en el país liderado por Martín Vizcarra podrán ingresar su solicitud de retiro bajo los canales y formatos que habiliten las administradoras hasta el próximo 27 de abril.

Por lo mismo, las AFP deberán establecer los mecanismos de ordenamiento para así poder garantizar la disponibilidad de sus canales de atención para todos los ciudadanos peruanos.

De resultar procedente el pedido, las AFP deberán comunicarlo al afiliado por los canales habilitados y así efectuar el desembolso del monto requerido en un plazo no mayor de 3 días hábiles de recibida la solicitud.

En el caso contrario, se deberá comunicar la denegación, guardando constancia, en un plazo no mayor a 5 días hábiles.

La SBS señaló que la medida entrará en vigencia a partir de mañana. El monto solo se entregará una vez , y durante el mes de abril.

Este jueves, el Congreso de Perú aprobó el séptimo retiro de fondos de AFP desde el comienzo de la pandemia.

La ley indica que los afiliados a las AFP tendrán 90 días para presentar la solicitud del retiro de sus fondos, a partir del día que entre en vigencia el reglamento para este proceso.

La primera devolución de los fondos será de hasta 1 UIT, 30 días después de presentar la solicitud de retiro.

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