El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un aporte en dinero dirigido a jóvenes trabajadores y trabajadoras de las familias más vulnerables. Este subsidio varía de acuerdo con la renta que recibes y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud.
¿Quiénes Pueden Postular?
- Trabajadores y trabajadoras dependientes e independientes.
- Empleadores y empleadoras de trabajadores dependientes que cumplan con los requisitos.
Requisitos Clave
- Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
- Si optas por pagos provisionales mensuales, debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
¿Cómo y Cuándo Postular?
Puedes postular durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.
Postular al Subsidio al Empelo Joven es muy fácil, pero te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
Modalidades de Pago
Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.
Pago Mensual
- Son anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
- El pago mensual es un adelanto del pago anual y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
Pago Anual
- El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
¿Cómo se Calcula el Monto del Subsidio?
El monto del subsidio que recibirás se calcula en base a:
- Anticipos del pago anual.
- A mayor renta, el monto disminuye.
Extensión del Subsidio
Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio.
Extensión por Estudios
- El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
- Debes presentar un documento que certifique los semestres cursados.
Extensión por Maternidad
- Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, puedes postular a la extensión del SEJ.
¿Dónde Solicitar la Extensión del SEJ?
Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.
En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
¿Qué es la Reliquidación?
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
¿Cómo Solicitar Pagos Caducados?
Si necesitas solicitar un pago caducado hace 5 años o menos, debes realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
Compatibilidad con el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG)
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ o BTM quedará suspendido.
Renuncia al Subsidio
Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven o Bono al Trabajo de la Mujer, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
Además, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° e inciso tercero del artículo 4° del decreto N°3, de 2012, que aprueba el Reglamento del artículo 21° de la ley N°20.595, las trabajadoras dependientes e independientes podrán acceder al subsidio por una sola vez, por un plazo de 4 años continuos.
Renuncia por Trabajadores (Empleadores)
Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
¿Cómo Solicitar Montos de un Beneficiario Fallecido?
Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ o BTM, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio.
En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido).
Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven o Bono al Trabajo de la Mujer, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ o BTM quedará suspendido.
Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.
¡Evita Problemas o Retrasos con tu Pago!
Si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.

