La Cuenta 2 o Cuenta de Ahorro Voluntario es una cuenta de ahorro que se contrata en las AFP y cuyos fondos son invertidos por ellas. Es una alternativa de ahorro flexible, rentable y de bajo costo.
¿Cómo Funciona la Cuenta 2?
Desde el momento del depósito, este comienza a obtener la rentabilidad del fondo de pensiones elegido, permitiendo al afiliado optar por un fondo más riesgoso o con mayor proporción de renta variable. A partir del 1 de octubre de 2008, las comisiones por la administración de las cuentas de ahorro voluntario solo podrán ser establecidas como un porcentaje del saldo mantenido en ellas.
Se pueden efectuar depósitos en forma directa en la AFP o por intermedio del empleador. En este último caso, se le autoriza para que descuente mensualmente por planilla una cantidad fija o un porcentaje de su remuneración imponible. Procesada la información, la AFP hará llegar una copia de dicho formulario al empleador.
Por normativa, los depósitos de ahorro voluntario son acreditados en la respectiva cuenta y se encuentran disponibles para ser retirados a contar del día 11 hábil del mes siguiente al de la fecha del depósito.
Requisitos para Realizar Retiros
Para realizar un retiro necesitarás tu clave de seguridad o clave SMS. Si no la tienes, solicítala online en la sección “Claves”, tras ingresar con tu RUT y clave de acceso al sitio web de tu AFP.
Es importante actualizar tus datos de contacto, puesto que en ciertos casos se realizará una validación telefónica de tu retiro de dinero y, en caso de no poder contactarte, la solicitud será bloqueada.
Una vez realizado un giro de tu Cuenta 2, no podrás solicitar otro hasta el cuarto día hábil siguiente, ya que el giro anterior aún estará en trámite.
Modalidades de Retiro
Puedes realizar hasta 24 giros en 1 año calendario desde tu Cuenta 2 mediante una Solicitud de Retiro. Los retiros de ahorro pueden realizarse en cualquier sucursal, centro de servicios, sucursal móvil de la administradora o a través de su sitio web. La solicitud debe especificar, entre otros datos, el monto en pesos o cuotas del saldo disponible de la Cuenta de Ahorro Voluntario que se desea retirar y el régimen tributario del que se realizarán los retiros. También es posible realizar retiros mediante poder notarial a terceros, siempre que esta persona no sea funcionaria de la AFP.
Giro Rápido
Para montos iguales o inferiores a $5.000.000 y hasta un 80% de tu cuenta por fondo y subsaldo de cada uno de ellos, el depósito será realizado en tu cuenta bancaria dentro del día hábil siguiente a la solicitud de retiro. No podrás realizar giros dentro de 4 días hábiles.
Giro Normal
Si el monto supera los $5.000.000 o al 80% del saldo de tu cuenta por fondo y subsaldo de cada uno de ellos, el depósito se realizará al quinto día hábil.
Consideraciones Tributarias
En cada retiro de Ahorro Voluntario que se realice, la administradora determinará la parte de capital y de rentabilidad real que se ha retirado. Luego, al inicio del año siguiente, la administradora debe enviar al afiliado un certificado anual con todos los movimientos realizados para los efectos de la Declaración de Impuesto a la Renta. Sin embargo, los trabajadores dependientes con un solo empleador que solo tengan ingresos provenientes del trabajo, así como los pequeños contribuyentes (mineros, talleres artesanales, suplementeros, etc.), estarán exentos del Impuesto Global Complementario.
Esta exención estará vigente solo para depósitos realizados entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016.
Otras Consideraciones
- El saldo de la Cuenta de Ahorro Voluntario de un afiliado fallecido constituye herencia, a menos que se hubiese pensionado y hubiera optado por traspasar dicho saldo a su Cuenta de Capitalización Individual.
- El afiliado podrá traspasar todo o parte de los fondos de su Cuenta de Ahorro Voluntario a su Cuenta de Capitalización Individual, con el objetivo de cumplir los requisitos para pensionarse. Asimismo, los pensionados podrán utilizar todo o parte del saldo de su Cuenta de Ahorro Voluntario para incrementar el monto de su pensión. Estos traspasos no se considerarán dentro de los 24 giros disponibles a realizar en un año.
- A través de un mandato especial, el afiliado independiente puede autorizar a la Administradora para que esta realice retiros mensuales de su Cuenta de Ahorro Voluntario, con el fin de cubrir sus cotizaciones obligatorias para el Fondo de Pensiones y el 7% de salud (Fonasa o Isapre). Esos retiros están exentos de impuesto y no se contabilizan dentro de los 24 giros disponibles a realizar durante un año.
- Luego, se procede a abonar las cuentas personales respectivas, en el tipo de fondo en que se encuentra la cuenta, utilizando el valor cuota del día anteprecedente a la fecha de acreditación.
¿Cómo actuar ante el robo o extravío de la cédula de identidad?
Debe solicitarse el bloqueo temporal de la cédula de identidad, por teléfono o por vía electrónica, a través de la web del Servicio de Registro Civil e identificación. Ese bloqueo estará vigente durante dos días hábiles posteriores. Por otra parte, se puede solicitar un bloqueo definitivo a través de la misma entidad, que no podrá ser revertido. Concretado esto, el trabajador debe dar aviso por escrito a la administradora.
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