En esta oportunidad, nos interesa ahondar en algunos aspectos de gran relevancia que han transformado la institución del finiquito laboral, tratado en el artículo 177 del Código del Trabajo. La digitalización de procesos es fundamental en las empresas, sobre todo, en el área de Recursos Humanos en donde se concentran diversos trámites entre empleador y trabajadores. Uno de ellos es el finiquito laboral electrónico.

¿Qué es el Finiquito Laboral Electrónico?

El finiquito laboral electrónico es el documento que certifica la finalización de la relación laboral entre un colaborador y la empresa. Este documento detalla diferentes conceptos y montos que la organización debe pagar al trabajador con motivo de dicho término.

Algunos de los tipos de finiquitos que se presentan según las condiciones del término de la relación laboral:

  • Por renuncia voluntaria
  • Por término de contrato
  • Por terminación anticipada de contrato
  • Por despido justificado
  • Por jubilación
  • Por defunción
  • Por terminación de obra o faena

Este trámite se puede realizar en el Portal MI DT, donde además la Dirección del Trabajo certificará el acuerdo entre las partes y que el pago se realice mediante la plataforma de manera adecuada. Para firmar un finiquito ya no es necesario ir a una notaría o a la Dirección del Trabajo. Ahora esto puede ser realizado por medio de internet.

Marco Legal y Modernización

Al respecto, la Ley 21.361 vino a adecuar el Código del Trabajo en materia de documentos electrónicos, todo ello en concordancia con las facultades otorgadas por la ley 21.327 sobre Modernización de la Dirección del Trabajo. Ha sido la intención del legislador poner al día la normativa laboral, integrando componentes tecnológicos para que la Dirección del Trabajo pueda ejercer de forma más eficiente su función fiscalizadora, como asimismo, permitir a empleadores, trabajadores y organizaciones sindicales acceder a realizar trámites, actuaciones, requerimientos y solicitudes a través de medios tecnológicos. Es así como ya, es cada vez más usual, realizar el trámite del finiquito, de manera telemática, en el portal de la Dirección del Trabajo, permitiendo el pago de las prestaciones adeudadas a través de la Tesorería General de la República.

Al respecto, la Ley 21.361 incorporó un nuevo inciso al artículo 162 al Código del Trabajo, señalando que en la comunicación de término de contrato - carta de despido - el empleador debe informar al trabajador si otorgará y/o pagará el finiquito de forma electrónica, estipulando que se deja a voluntad del trabajador el aceptar, firmar y recibir el pago en forma electrónica, pudiendo siempre firmar y ratificar el finiquito de manera presencial. Por su parte, la ley también modificó el artículo 177 del Código del Trabajo, agregando un inciso 3º que señala que el finiquito electrónico se considera como un finiquito otorgado ante el Inspector del Trabajo, en la medida que se cumpla con la normativa legal en su otorgamiento. Como consecuencia de esta nueva norma, se dictó la resolución exenta 1340 del Ministerio del Trabajo, que regula estos nuevos procedimientos.

Sobre la materia es importante destacar que además de regularse los requisitos de forma y contenido del Finiquito Laboral Electrónico, los que se pueden otorgar, aceptar o rechazar en su caso, por el empleador y trabajador, utilizando su Clave Única, en el Portal de la Dirección del Trabajo, evitando los costos y las pérdidas de tiempo derivadas del trámite presencial que se realiza normalmente en una Notaría.

Proceso del Finiquito Laboral Electrónico

En primer lugar el empleador debe generar la propuesta de finiquito. Luego el trabajador debe ingresar al portal y aceptarla (con o sin reserva de derechos) o rechazarla. Para ambos casos, deben autenticarse cada uno con su Clave Única. Tras aceptarla, el empleador deposita el monto adeudado en la TGR y ésta se lo entera al exempleado en 5 días hábiles.

Una vez ingresada la propuesta de finiquito por el empleador, éste queda disponible en la plataforma por el plazo de 10 días hábiles, a la espera de ser aceptado o rechazado por el trabajador. Si la propuesta de finiquito electrónico es rechazada por el trabajador, el empleador está obligado a poner a disposición del trabajador, el finiquito regular, de manera presencial, en el plazo máximo de 3 días a contar de la fecha del rechazo. Por su parte, si el finiquito es aceptado sin reparos por el trabajador, el sistema dará continuidad al proceso de pago de las sumas comprometidas en el finiquito, los que debe efectuarse en el plazo de 5 días hábiles, a través de la Tesorería General de la República.

Requisitos para el Trámite Online

De acuerdo con lo indicado por la Dirección del Trabajo, el trámite en línea tiene los siguientes requisitos:

Requisitos para el Trabajador:

  • Contar con Clave Única del Servicio de Registro Civil e Identificación.
  • Haber sido contratado a partir del 1 de enero del año 2011 o en cualquier fecha posterior.
  • Ser titular de una cuenta bancaria vigente en Chile (cuenta corriente, cuenta vista o Cuenta RUT del Banco Estado). Las cuentas de ahorro no podrán ser utilizadas para este trámite; tampoco las cuentas bipersonales. Si no tiene cuenta no podrá realizar el trámite en el portal Mi DT y deberá dirigirse a una oficina de la Dirección del Trabajo (DT).

Requisitos para el Empleador:

  • Contar con ClaveÚnica del Servicio de Registro Civil e Identificación.
  • Constituidos como persona jurídica: Tener habilitado uno o más representantes laborales electrónicos en el portal Mi DT.
  • Haber efectuado el pago íntegro y oportuno, a través de Previred, de las cotizaciones previsionales del trabajador o trabajadora del cual se otorga el finiquito.

Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo. Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes). El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple). El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido. El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.

¿Quién debe iniciar el trámite?

El trámite del finiquito laboral electrónico debe iniciarlo el exempleador y si es persona jurídica deberá hacerlo el Representante Laboral Electrónico. El trámite se realiza en su sesión del Portal Mi DT.

¿Existe diferencias con el finiquito presencial?

El finiquito laboral electrónico produce el mismo efecto jurídico que un finiquito que es ratificado de manera presencial. Con el objeto de facilitar el procedimiento de firma y ratificación de finiquitos, la Dirección del Trabajo ha creado un trámite mediante el uso de una herramienta computacional que se encuentra disponible en la página web de la DT (Portal Mi DT), llamado Finiquito Laboral Electrónico.

El Finiquito Electrónico Laboral permite a las partes dejar la constancia del término de la relación laboral, las obligaciones que emanan del mismo, los pagos relacionados y cualquier otro pacto derivado del término de la relación laboral y una vez completado el proceso le permitirá al empleador y trabajador obtener una copia del Finiquito debidamente ratificado por la Dirección del Trabajo y la inspección.

El trámite realizado mediante el Finiquito Electrónico Laboral no permite al empleador fraccionar de manera alguna el pago que deba realizar y tampoco permite realizar reserva de derechos, casos en que de requerirse deberá realizar el trámite de manera presencial en la Inspección del Trabajo.

Los datos ingresados en la página se entenderán autorizados para su tratamiento en el marco de lo dispuesto en la Ley 19.628 sobre protección de la vida privada, pudiendo ser utilizados para el cumplimiento de los fines de la institución y siempre dentro de la competencia, atribuciones y deberes de la Dirección del Trabajo.

Pasos para el Empleador

  1. Usted deberá ingresar al sitio www.dt.gob.cl, Portal MI DT a través de su clave única.
  2. Usted deberá revisar detalladamente sus datos de identificación y contacto, en particular su teléfono de contacto y casilla de correo electrónico.
  3. Usted deberá ingresar al enlace “finiquito electrónico laboral”, y llenar los datos que se indican en el formulario electrónico “PROPUESTA DE FINIQUITO LABORAL”, aquí usted tiene el modelo de finiquito.
  4. Recuerde que para tales efectos, deberá contar con la información de individualización de contacto y bancario del trabajador a quien se hará la oferta de finiquito.
  5. Asimismo, verifique previamente que el pago de las cotizaciones previsionales del trabajador se encuentran al día.
  6. Aceptada la propuesta por el trabajador, usted recibirá una notificación a su correo electrónico que le informará las acciones para proceder al pago.
  7. Usted tendrá un plazo de 5 días hábiles desde que el trabajador ha aceptado la propuesta de finiquito, para efectuar el pago de lo acordado. Para ello deberá acceder al portal MI DT, perfil empleador, trámite finiquito laboral electrónico y pinchar el botón “Ir al Pago”, efectuando transferencia electrónica vía Tesorería General de la República.
  8. Usted recibirá notificación una vez informado el depósito por la TGR a la Dirección del Trabajo, a través de la cual se le informará que se encuentra disponible en su perfil el documento “FINIQUITO LABORAL ELECTRÓNICO”, emitido exitosamente.
  9. En caso de detectarse deuda previsional o cotizaciones, rechazo de la propuesta por el trabajador, ausencia de respuesta a la propuesta o no pago del monto en acuerdo, el proceso de finiquito laboral electrónico se cerrará sin acuerdo.

Pasos para el Trabajador

  1. Usted recibirá notificación a su correo electrónico informado al empleador, mediante el cual se le comunicará que su empleador le ha enviado una PROPUESTA DE FINIQUITO ELECTRÓNICO.
  2. Usted deberá ingresar al sitio web www.dt.gob.cl finiquito, portal MI DT, perfil trabajador y clickear el enlace a finiquito laboral.
  3. Usted es responsable de leer detalladamente el contenido de la oferta del empleador, así como el monto total propuesto en relación a los montos y haberes adeudados, los cuales han sido formulados por el empleador, siendo de su absoluta responsabilidad.
  4. Usted es libre de aceptar o rechazar la propuesta del empleador. Si usted no está de acuerdo con toda o parte del finiquito propuesto por el empleador, podrá entonces rechazarla. En caso de aceptar la propuesta de finiquito, usted es responsable de verificar que los datos bancarios y de contacto sean los correctos, siendo relevante tal información pues la TGR efectuará el pago de la suma depositada por empleador, conforme los datos que hayan sido informados y corroborados por el trabajador durante el proceso.
  5. Una vez que usted ha aceptado la propuesta de finiquito remitida por el empleador, se entiende que se ha logrado acuerdo entre las partes.
  6. Por el contrario, si usted rechaza la propuesta de finiquito, el proceso termina sin un acuerdo, dejando vigentes cualquier instancia de conciliación ante la Dirección del Trabajo, ingresando un reclamo Administrativo por Término de la Relación Laboral, así como la posibilidad de suscribir un finiquito por los medios presenciales ante los ministros de fe que corresponda.
  7. Desde la aceptación de la propuesta, la TGR procederá a informar el depósito efectuado por el empleador y efectuar el pago en su cuenta corriente o mediante cheque remitido a su domicilio tributario, según corresponda.
  8. Junto con la información del pago, desde la Dirección del Trabajo se enviará correo electrónico informando que en su perfil se encuentra disponible el documento FINIQUITO LABORAL ELECTRÓNICO, conforme lo cual el proceso electrónico remoto ha concluido exitosamente.
  9. En caso de detectarse deuda previsional, rechazo de propuesta por el trabajador, ausencia de respuesta a la propuesta o no pago del acuerdo, el proceso de finiquito laboral remoto se cerrará sin acuerdo, quedando usted habilitado para el ejercicio de los derechos y acciones que le faculta la ley.
  10. En el caso de no pago del acuerdo, el sistema emitirá el acta correspondiente y certificación de no pago, documentos mediante los cuales usted podrá requerir el pago ante un tribunal de cobranza laboral.

Consideraciones Adicionales

Anteriormente hemos conversado acerca de las fiscalización de la dirección del trabajo, es importante notar que todos los papeles y obligaciones deben estar en regla para evitar problemas en el cierre de este proceso. Este procedimiento permite ratificar (firmar ante un ministro de fe) en la Dirección del Trabajo el finiquito que formaliza el término de la relación laboral entre el ex trabajador y su ex empleador.

TAG: #Finiquito

Lea también: