El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un beneficio monetario que el Estado chileno entrega a empleadores que contratan mujeres, y directamente a las trabajadoras, buscando fomentar la inserción laboral femenina.
¿Qué es el Bono al Trabajo de la Mujer?
El Bono al Trabajo de la Mujer, es otorgado por el Gobierno, como un apoyo económico a trabajadoras dependientes e independientes, que sean parte del 40% del Registro Social de hogares y cumplan con el resto de los requisitos.
El Sence es el organismo encargado de entregar los pagos, que se realizan mensual o anualmente en el mes de agosto de cada año.
Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.
Para miles de chilenas, el Bono Mujer Trabajadora representa un importante alivio económico.
También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados.
Requisitos para Postular al Bono Mujer Trabajadora
Para postular al Bono Mujer Trabajadora, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Edad: Tener entre 25 y 59 años con 11 meses.
- Situación Laboral: Ser trabajadora, ya sea de manera dependiente o independiente.
- Registro Social de Hogares: Pertenecer al 40% del Registro Social de Hogares.
Requisitos Adicionales para ser Beneficiaria
Para ser beneficiaria y recibir el pago, debes:
- Mantener tus cotizaciones al día.
- No trabajar en una Institución del Estado (esto incluye a los municipios) o en una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
- No recibir el Ingreso Mínimo Garantizado en el período de renta procesado.
- Si eres trabajadora independiente, debes emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta en el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Para el pago anual se solicita recibir una renta bruta anual inferior a $7.948.180 (valor de referencia para 2025, sujeto a actualización).
Para el pago mensual se pide recibir una renta bruta mensual inferior a $662.348 (valor de referencia para 2025, sujeto a actualización).
Es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables.
Pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
Acreditar una renta bruta mensual inferior a $570.824 o una renta bruta anual inferior a $6.850.000 (valores de referencia para 2025, sujetos a actualización).
No ser beneficiaria del Subsidio al Empleo Joven (SEJ) al mismo tiempo.
¿Cómo Postular al Bono Mujer Trabajadora?
El proceso de postulación al Bono Mujer Trabajadora es completamente en línea y se realiza a través del sitio web oficial de Sence.
- Accede con tu Clave Única: Haz clic en el botón "Postular" o "Acceso Trabajador/a" y utiliza tu RUT y Clave Única para ingresar. Si no la tienes, solicítala.
- Completa el formulario de postulación: Una vez dentro, deberás rellenar un formulario con tus datos personales y laborales.
- Selecciona la modalidad de pago: Podrás elegir si deseas recibir el pago mensual (anticipo) o el pago anual.
- Indica tu medio de pago: Puedes optar por depósito bancario (indicando tu banco, tipo de cuenta y número de cuenta) o pago en efectivo a través de Banco Estado o Banco Estado Express (lo cual requiere que acudas a cobrar con tu cédula de identidad). Se recomienda optar por depósito bancario que pago en efectivo.
- Confirma y envía la solicitud: Revisa toda la información antes de enviar.
Para solicitar este beneficio, las trabajadoras y sus empleadores deberán generar esta contraseña, recuperarla, modificarla, o bien, actualizar sus datos cuando sea necesario.
Una vez generada, modificada o actualizada su Clave Sence, ya puede postular.
Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).
Modalidades de Pago
Existen dos modalidades de pago para el Bono Mujer Trabajadora:
- Pago Mensual: Se realiza a fines de cada mes, con un desfase de tres meses respecto a la renta que se considera. Por ejemplo, el pago de julio de 2025 considerará las rentas de abril de 2025. Este pago es un anticipo y corresponde al 75% del cálculo anual.
- Pago Anual: Se efectúa una vez al año, generalmente en el mes de agosto, y considera las rentas percibidas durante todo el año calendario anterior (enero a diciembre). El Pago Anual se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
Existe un desfase de tres meses. Por ejemplo, el pago que recibas a fines de julio de 2025 corresponderá a tus rentas de abril de 2025.
En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348 (valor de referencia para 2025, sujeto a actualización).
Reliquidación del Bono Mujer Trabajadora
Lo primero que debemos saber, es que la reliquidación del Bono Mujer Trabajadora, es el saldo a favor o en contra, que resulta producto del cálculo total del subsidio, en esto se incluyen los descuentos de pagos mensuales al pago anual.
Este proceso consolida las rentas y cotizaciones previsionales del año anterior, para determinar si las beneficiarias tienen saldo a favor, o bien, si deberán reintegrar al Estado los montos pagados en exceso.
Por lo tanto, las beneficiarias que tengan modalidad de pago mensual, pueden estar sujetas a tener que devolver montos pagados en exceso, producto del cálculo anual.
El Sence lo explica, de la siguiente forma: “Este proceso consolida las rentas y cotizaciones previsionales del año anterior, para determinar si las beneficiarias tienen saldo a favor, o bien, si deberán reintegrar al Estado los montos pagados en exceso“.
¿Por qué se debe devolver dineros pagados en exceso?
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Renuncia al Bono al Trabajo de la Mujer
Para renunciar al Bono al Trabajo de la Mujer, debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiaria del subsidio.
Renuncia por parte del empleador
“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
¿Qué hacer en caso de fallecimiento de la beneficiaria?
Para solicitar los montos de una beneficiaria fallecida del BTM, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde, se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible de la usuaria fallecida y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido).
Incompatibilidades con otros beneficios
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiaria para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por BTM quedará suspendido.
Información Adicional
Si el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).
TAG: #Trabajo

