El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) ofrece el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) y el Bono Trabajo de la Mujer (BTM) con el fin de contribuir a la empleabilidad de las personas trabajadoras pertenecientes al 40% más vulnerable del país.
Estos subsidios entregan un aporte monetario que mejora los ingresos de las personas trabajadoras, dependientes e independientes, y a sus empleadores, estimulando la contratación de estos grupos y su formalización en el mercado del trabajo.
¿Cómo Funciona el Pago del SEJ?
Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.
Modalidades de Pago
- Pago Mensual: Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago). En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta brutal mensual inferior a $662.348.
- Pago Anual: El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior. El pago anual 2023 se realizará el jueves 29 de agosto de 2024.
La forma de pago dependerá de la opción que la persona indicó al momento de postular o que actualizó recientemente en el sistema, es decir, mediante depósito en la cuenta bancaria, o pago en efectivo, el que se puede cobrar con su cédula de identidad vigente en sucursales del BancoEstado o BancoEstado Express.
¿Qué es el pago anual del Subsidio al Empleo Joven (SEJ)?
El pago anual es un proceso que se realiza una vez al año, el cual recopila la información de las personas trabajadoras beneficiarias durante el año calendario y con estos antecedentes se verifica el cumplimiento de los requisitos y se calcula el monto total anual de subsidio.
El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.
¡Evita problemas o retrasos con tu pago! * El plazo máximo para cobrar el Pago Anual 2023 de ambos subsidios es el miércoles 27 de noviembre 2024.
Requisitos para Postular al SEJ
Se entrega directamente a trabajadores/as dependientes e independientes que tengan una relación laboral vigente al momento de postular, entre 18 y menos de 25 años y que su RSH Registro Social de Hogares no supere el 40%.
Si él o la joven son mayores de 21 años deben tener Licencia de Educación Media.
Durante todo el año a través del sitio web del Sence.
Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio. Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.
Extensión del Subsidio
Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.
- Extensión por Estudios: Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria. El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
- Extensión por Maternidad: Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
¿Dónde Solicitar la Extensión?
Revisa el instructivo de solicitudes de extensión. Durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica.
Reliquidación y Devolución de Dineros Pagados en Exceso
¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso?
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Cómo Renunciar al SEJ
- Si eres trabajador/a: Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
- Si eres empleador: “Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
Consideraciones Adicionales
- Si ya eres beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.
- En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.
Información Adicional
- Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).
- Para solicitar un pago caducado hace 5 años o menos, debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
Bono al Trabajo de la Mujer (BTM)
El Bono al Trabajo de la Mujer es otro beneficio importante. Pueden postular trabajadoras dependientes e independientes que tengan entre 25 y 60 años y su RSH Registro Social de Hogares no debe ser superior al 40%.
Debe acreditar una renta bruta mensual inferior a $501.545 o renta anual inferior a $6.018.539.- en el año calendario en que se solicita el bono, no trabajar en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%.
| Beneficio | Requisitos | Forma de Pago |
|---|---|---|
| Subsidio al Empleo Joven (SEJ) | Trabajadores de 18 a 24 años, RSH no superior al 40%, relación laboral vigente. | Mensual o anual, según elección. |
| Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) | Mujeres de 25 a 60 años, RSH no superior al 40%, renta bruta mensual inferior a $501.545. | Mensual o anual, según elección. |
Un llamado a informarse y cobrar estos beneficios a quienes hayan postulado al Bono Trabajo Mujer y Subsidio Empleo Joven, hizo el Seremi del Trabajo y Previsión Social(s) de Aysén y Director Regional del IPS - Chile Atiende de Aysén, Carlos Rodríguez, quien mencionó “El perfeccionamiento de estos incentivos que constituyen parte de la agenda de los beneficios que está entregando el Gobierno del Presidente Piñera en materia laboral, buscan apoyar económicamente tanto a jóvenes como a mujeres, para incentivar la formalización del empleo y también mejorar la calidad de vida, ya que sabemos que quienes se encuentran con mayor complejidad al momento de buscar opciones laborales son justamente, mujeres y jóvenes. Es por eso, que realizamos un llamado a que se puedan informar sobre estos beneficios, los cuales ascienden a montos superiores a los $500 mil pesos en algunos casos, dependiendo de la modalidad de pago.

