Firmar el finiquito es una etapa crucial en la relación laboral, marcando el término de esta y detallando las condiciones bajo las cuales se produce. Sin embargo, una pregunta común entre los trabajadores es: ¿puedo reclamar o demandar si ya firmé mi finiquito? La respuesta es sí, en ciertos casos es posible, y en este artículo te explicaremos cómo y cuándo puedes hacerlo.
¿Qué es el Finiquito?
El finiquito es un documento que acredita el fin de la relación laboral entre el trabajador y el empleador. En él se detallan los conceptos pagados al trabajador como indemnización, vacaciones no tomadas, bonos, entre otros. Firmar el finiquito implica generalmente la conformidad del trabajador con lo recibido y la renuncia a futuras reclamaciones.
Condiciones para Reclamar o Demandar tras Firmar el Finiquito
Aunque firmar el finiquito implica una aceptación de las condiciones acordadas, hay situaciones en las que es posible impugnarlo:
- Coacción o engaño: Si el trabajador fue presionado, coaccionado o engañado para firmar el finiquito, puede presentar una demanda. La firma bajo presión o mediante engaños no tiene validez legal.
- Errores en los cálculos: Si se detectan errores en los cálculos de los montos pagados (por ejemplo, omisiones de bonos, indemnizaciones o vacaciones no tomadas), el trabajador puede reclamar las diferencias.
- Cláusulas abusivas: Si el finiquito contiene cláusulas que son consideradas abusivas o ilegales, estas pueden ser impugnadas. Las leyes laborales protegen a los trabajadores de condiciones injustas.
- Conceptos no pagados: Si el empleador omitió pagar algún concepto que legalmente corresponde al trabajador, este tiene derecho a reclamar. Esto incluye, pero no se limita a, horas extras no pagadas, vacaciones no remuneradas, etc.
Procedimiento para Demandar si ya Firmé mi Finiquito
Para reclamar o demandar después de firmar el finiquito, se deben seguir ciertos pasos:
- Revisión del finiquito: Es fundamental revisar detalladamente el finiquito y asegurarse de que todos los conceptos estén correctamente reflejados y calculados.
- Recopilación de evidencias: Recolectar toda la documentación y evidencia que respalden la reclamación (correos electrónicos, mensajes, testigos, etc.).
- Asesoría legal: Es recomendable buscar asesoría legal especializada en derecho laboral para evaluar la viabilidad de la demanda y seguir los procedimientos legales adecuados.
- Presentación de la demanda: Presentar la demanda ante los tribunales laborales correspondientes. El proceso puede variar según la jurisdicción, pero generalmente implica la presentación de una queja formal y la participación en audiencias.
¿Qué Sucede si Firmé mi Finiquito y Aún no me lo Han Pagado?
Cuando ya has firmado el finiquito y el empleador incumple con el pago, la vía más eficaz es interponer una demanda ante el tribunal de cobranza laboral. Es fundamental contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho laboral, ya que, una vez firmado el finiquito, la Inspección del Trabajo pierde competencia y únicamente un tribunal puede obligar al empleador a cumplir mediante un juicio ejecutivo laboral.
Este procedimiento tiene efectos similares a una sentencia judicial y, por lo general, es relativamente rápido.
Despido o Renuncia: ¿Qué Hacer si Pasaron Más de 10 Días sin Pago?
Tras la terminación de la relación laboral -ya sea por despido o renuncia- el empleador tiene un plazo de 10 días hábiles para poner a disposición del trabajador el finiquito. Si este plazo se excede y no recibes el pago, lo ideal es presentar un reclamo ante la Inspección del Trabajo.
Es importante recordar que, salvo que exista un acuerdo de pago en cuotas entre las partes, el finiquito debe abonarse en un solo acto.
Sin Contacto a los 10 Días: ¿Qué Implica no Recibir la Llamada para Firmar el Finiquito?
Si, transcurridos 10 días desde la finalización de tu contrato, el empleador no se pone en contacto para formalizar la firma del finiquito, debes actuar de inmediato. Iniciar un reclamo a la brevedad es esencial, ya que los plazos para ejercer acciones legales comienzan a contar desde ese momento.
¿Puedo Rechazar que me Paguen el Finiquito en Cuotas?
La ley te respalda para rechazar el pago fraccionado de tu finiquito. Si el empleador intenta ofrecer el pago en cuotas, no estás obligado a aceptarlo.
¿Qué Hacer si ya Firmé el Finiquito en Cuotas y no Recibo el Pago?
En caso de que ya hayas firmado el finiquito con la modalidad de pago en cuotas y el empleador incumpla, la acción recomendada es interponer una demanda ante el Juzgado de Cobranza Laboral correspondiente.
El Finiquito y la Reserva de Derechos
Si usted firma el finiquito sin escribir una Reserva de derechos, podrá demandar solamente aquello que no conste en el finiquito. La reserva de derechos es una declaración unilateral y escrita que efectúa el trabajador en el mismo documento del finiquito, en la que manifiesta que no está conforme con ciertos aspectos del despido y que se reserva el derecho a demandar aquellos conceptos o montos que considere indebidos o insuficientes.
Si no incluiste una reserva de derechos en el finiquito, el tema de pone un poco más complejo, ya que sólo podrás demandar por excepción, cuándo la cláusula de renuncia a acciones no es suficientemente específica y no contempla la renuncia a aquello que quieres demandar. Por ello, es una práctica recomendada si tienes dudas.
Plazos para el Pago del Finiquito
Según el Artículo 177 del Código del Trabajo, el finiquito debe ser entregado y puesto a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación o despido (recordando que los días hábiles excluyen domingos y feriados).
Pago en Cuotas
Cabe destacar que sólo procede el pago en cuotas del finiquito ante un acuerdo entre ambas partes.
Consideraciones Importantes
- El finiquito debe ser firmado bajo acuerdo de las dos partes. En el caso en que el trabajador no se encuentre conforme con lo estipulado dentro del finiquito, éste puede abstenerse de firmar hasta lograr un nuevo acuerdo o redacción del finiquito, si es tu caso, busca un Abogado Laboral.
- La firma del finiquito se debe realizar frente a un ministro de fe, te recomendamos la Inspección del Trabajo, pero en Notaría también es válido.
- El empleador debe de estar al día con el pago de las cotizaciones de AFP, de salud y cesantía del trabajador. Si no es así, el fin del contrato no puede realizarse y aplica la LEY BUSTOS.
Elementos que se Deben Pagar en el Finiquito
- Remuneraciones pendientes.
- Feriado Legal
- Feriado Proporcional
- Feriado Progresivo (si correspondiere)
- Años de Servicio.
- Aviso Previo.
- Beneficios Sindicales (si correspondiere)
- Otras Indemnizaciones
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